STSJ Castilla y León 1935/2010, 26 de Enero de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución1935/2010
Fecha26 Enero 2011

T.S.J.CASTILLA-LEON SOCIAL

VALLADOLID

SENTENCIA: 01935/2010

T.S.J.CASTILLA-LEON SOCIAL

C/ANGUSTIAS S/N

Tfno: 983413204-208

Fax:983.25.42.04

NIG: 47186 44 4 2009 0100486 J.M.

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0001935 /2010

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEM: 0000453 /2009 del JDO. DE LO SOCIAL nº: 001 DE VALLADOLID

Recurrente/s: MUTUAL MIDAT CYCLOPS

Abogado/a: FRANCISCO ROJO CUESTA

Procurador:

Graduado Social:

Recurrido/s: Hilario, INSS Y T.G.S.S., ACCIONA FACILITY SERVICES S.A.

Abogado/a: DIONISIO LUIS MARTIN CASADO, LETRADO SEGURIDAD SOCIAL, MARIA NOTARIO

Procurador:,,

Graduado Social:,,

Iltmos. Sres.: Rec. 1.935/2010

D. Emilio Alvarez Anllo

Presidente de la Sección

D. José Manuel Riesco Iglesias

Dª. Carmen Escuadra Bueno /

En Valladolid a veintiseis de Enero de dos mil once.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sede de Valladolid, compuesta por los Ilmos. Sres. anteriormente citados, ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el Recurso de Suplicación núm. 1.935/2010, interpuesto por MUTUAL MIDAT CYCLOPS contra la Sentencia del Juzgado de lo Social núm. Uno de Valladolid, de fecha 8 de julio de 2.010, (Autos núm. 453/2009), dictada a virtud de demanda promovida por DON Hilario contra la Mutua recurrente; INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y ACCIONA FACILITY SERVICES, S.A., sobre I.P.T. de A.T.

Ha actuado como Ponente el Iltmo. Sr. DON José Manuel Riesco Iglesias.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 22 de abril de 2.009 se presentó en el Juzgado de lo Social núm. Uno de Valladolid demanda formulada por la parte actora, en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el Suplico de la misma. Admitida la demanda y celebrado el juicio, se dictó Sentencia estimando, referida demanda.

SEGUNDO

En referida Sentencia y como Hechos Probados figuran los siguientes: "Primero.- La actora, don Hilario, nacido el 26 de abril de 1.953, figura afiliado a la Seguridad Social con el número NUM000, siendo su profesión habitual la de Oficial de Primera de Mantenimiento, grupo de cotización 8 en la empresa Acciona Facility Services, S.A., empresa que tiene concertado el riesgo de accidentes de trabajo con la Mutua Midat Ciclops.- Segundo.- Con fecha 20 de enero de 2.008, cuando el demandante se encontraba prestando servicios para la empresa codemandada, sufrió un accidente de trabajo cuando transitaba por la fábrica, golpeándose con una puerta, rompiéndose las gafas y clavándose uno de los trozos en el ojo derecho, pasando a la situación de incapacidad temporal en la que ha permanecido hasta el 2 de febrero de 2.009, en que fue dado de alta con propuesta para valoración de secuelas, presentando el siguiente cuadro residual: Traumatismo directo sobre ojo derecho con resultado de déficit severo de la agudeza visual de dicho ojo.- Tercero.- En el ejercicio de las funciones propias de su categoría el demandante es el encargado del mantenimiento de líneas de producción dedicadas a la fabricación de alimentos. Engrase y revisión de rodamiento de apoyo, ejes de transmisión. Engrase y revisión de cadenas. Revisión y estado de correas, poleas, engranajes y coronas dentadas. Cambios de aceite en motores, reductores, calderas de cocción, sistemas hidráulicos, compresores y bombas de agua.- Cuarto.- El salario regulador anual para determinar la base reguladora asciende a 23.010,27 Euros, salvo error u omisión.- Quinto.- Iniciado expediente de invalidez a instancia de la Mutua, recayó resolución de la Dirección Provincial del I.N.S.S., de fechas 26 dfe enero de

2.009, declarando al demandante afecto de invalidez permanente en grado de parcial, con derecho al percibo de la cantidad de 37.324,80 euros, equivalente a 24 mensualidades de la base reguladora de 1.555,20 Euros, siendo responsable de su abono la Mutua Midat Ciclops.- Sexto.- Formulada reclamación previa, en tiempo y forma, fue desestimada por resolución de la Dirección Provincial del I.N.S.S. de fecha 6 de marzo de 2.009, interponiendo demanda ante el Juzgado Decano el día 21 de abril de 2.009, siendo turnada a este Juzgado el día siguiente.-".

TERCERO

Interpuesto recurso de Suplicación contra dicha sentencia por la Mutua codemandada, fue impugnado por la parte demandante, y elevados los Autos a esta Sala, se designó Ponente acordándose la participación a las partes de tal designación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El Letrado de la Mutua recurrente, MUTUAL MIDAT CYCLOPS, incluye en su escrito de interposición dos motivos de recurso contra la sentencia del Juzgado de lo Social Nº 1 de Valladolid, que declaró a DON Hilario afecto de incapacidad permanente total para su profesión habitual de Oficial de Primera de Mantenimiento.

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