STSJ Cantabria 224/2009, 16 de Marzo de 2009

PonenteSANTIAGO EDUARDO PEREZ OBREGON
ECLIES:TSJCANT:2009:184
Número de Recurso87/2009
Número de Resolución224/2009
Fecha de Resolución16 de Marzo de 2009
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA: 00224/2009 Recurso núm. 87/09

Secretaria Sra. Colvée Benlloch

PRESIDENTE

Ilmo. Sr. D. Rubén López Tamés Iglesias

MAGISTRADOS

Ilma. Sra. Dª. Mª Jesús Fernández García

Ilmo. Sr. D. Santiago Pérez Obregón

EN NOMBRE DE SU MAJESTAD EL REY, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria compuesta por

los Ilmos. Sres. citados al margen ha dictado la siguiente

SENTENCIA

En Santander, a dieciséis de Marzo de dos mil nueve. En el recurso de suplicación interpuesto por D. Adolfo contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número Dos de Santander, ha sido nombrado Ponente el Ilmo. Sr. Don Santiago Pérez Obregón, quién expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por D. Adolfo , sobre seguridad social, siendo demandados el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social, y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 6 de noviembre de 2.008 , en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

Que como hechos probados se declararon los siguientes:

  1. - El/la actor/a D. Adolfo nacido el 23 de Marzo de 19S9 se encuentra afiliado/a a la SeguridadSocial y encuadrado/a en el Régimen General. Mutualidad de Trabajadores por cuenta ajena, con el número NUM000 , reuniendo el período de cotización suficiente y siendo su profesión habitual la de Oficial 1ª Producción.

  2. - Por resolución de la Dirección Provincial del INSS 27 de Mayo de 2008 fue declarado en situación de invalidez permanente total para su profesión habitual.

    Esta resolución, dictada estimando la reclamación previa formulada por el actor contra la denegación administrativa inicial de reconocerle cualquier grado de Incapacidad Permanente.

  3. - La Base Reguladora para la incapacidad permanente absoluta es de 2.100,41 euros mensuales con efectos económicos desde el 27 de Mayo de 2008.

  4. - El actor presenta el siguiente cuadro clínico:

    "Aparato circulatorio:

    Diagnosticado de varices en extremidades inferiores, más acusado en extremidad inferior izquierda, usando medias de compresión normal.

    Aparato locomotor:

    Informes revisados: paciente que sufre AT en Dic-05 siendo diagnosticado de fractura múltiple de cabeza de húmero derecho y fractura-impactación de cabeza de húmero izquierdo, tratado mediante inmovilización y RHB, quedando como secuelas dolor en hombro izquierdo a determinados movimientos.

    Afectaciones psíquicas:

    Exploración actual: vive solo. No solo no ha superado la situación sino que se ha puesto peor. Porque cada vez se encuentra más triste y tiene más dolor, se encuentra impotente, creyó que podía con ello y cada vez está peor. No quiere que salga el día, porque tiene miedo a que le llamen por teléfono, le llamen al timbre, le den malas noticias, prefiere la noche aunque no descansa, está más apaciguado, se despierta vuelve a tomar el medicamento y se vuelve a dormir un par de horas. A veces por la noche sale a pasear después de tomarse la medicina hasta que empieza a hacerle efecto y vuelve a casa. Consciente, orientado, colaborador, labilidad emocional, fetor enólico a pesar de que dice no beber. Antecedentes familiares: hermano (32 años) y abuela (se suicidaron, según refiere) sucio, desaliñado, inhibición psicomotriz, apatía. Está mal. Informes revisados USM Everardo : paciente que sigue revisiones periódicas y tratamiento desde abril/06. En octubre/06 tuvo lugar una ruptura de pareja traumática después de 10 años de duración de forma progresiva y a raíz del acontecimiento vital negativo y se ha ido encontrando progresivamente bajo de ánimo. Con dificultad para dormir y ansioso tanto en la vertiente psíquica como somática. La evolución está siendo desfavorable, a pesar de los tratamientos usados.

    Juicio clínico: trastorno mixto ansioso-depresivo, consumo perjudicial de alcohol. En agosto-07 se añade al diagnóstico, otros: trastorno del humor (afectivo) persistente. En exploración: abordable, verbalizador con marcada labilidad emocional y ligero temblor dista1 en extremidades inferiores. Refiere ánimo deprimido mantenido en el tiempo, con merma del impulso y energía, anhedonia, clinofilia, tendencia al aislamiento, Hipoacusia con notable pérdida de peso y dificultades para dormir. Verbaliza signos y síntomas ansiosos tanto en espera psíquica como somática. No clínica psicótica ni ideación autolítica.

    Pronóstico: sombrío por la personalidad basal del enfermo y sus circunstancias de vida. Desde hace 1 mes refiere mantenerse abstemio en cuanto al consumo de alcohol y asegura buen cumplimiento terapéutico.

    Tratamiento: Duloxetina 120 Mg/día, Clonazepam 2 Mg./día, Mirtazapina 30 Mg./día. En informe de MAP de Cazoña de 9-4-2008 y en informe del Servicio Médico de Empresa.

    "D. Adolfo , trabajador de la planta de BIMBO en Solares, se encuentra afectado de un trastorno ansioso-depresivo, en tratamiento con Xeristar 120 mg. cada 24 horas. Vastat Flas 30 mg. cada 24 horas y Rivotril 0,5 mg cada 4 horas, pese a lo...

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