STSJ Cataluña 6010/2010, 22 de Septiembre de 2010

PonenteGREGORIO RUIZ RUIZ
ECLIES:TSJCAT:2010:5974
Número de Recurso2403/2010
ProcedimientoRECURSO DE SUPLICACIóN
Número de Resolución6010/2010
Fecha de Resolución22 de Septiembre de 2010
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA

CATALUNYA

SALA SOCIAL

NIG : 08019 - 44 - 4 - 2009 - 0023498

JSP

ILMO. SR. GREGORIO RUIZ RUIZ

ILMA. SRA. SARA MARIA POSE VIDAL

ILMO. SR. ADOLFO MATIAS COLINO REY

En Barcelona a 22 de septiembre de 2010

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A núm. 6010/2010

En el recurso de suplicación interpuesto por Azucena frente a la Sentencia del Juzgado Social 14 Barcelona de fecha 20 de noviembre de 2009 dictada en el procedimiento Demandas nº 893/2009 y siendo recurrida INVERSORA BONESVALLS S.L.. Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. GREGORIO RUIZ RUIZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 4 de septiembre de 2009 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Despido en general, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 20 de noviembre de 2009 que contenía el siguiente Fallo: " Que, en la demanda interpuesta por Doña Azucena contra INVERSORA BONESVALLS S.L.; debo, desestimar la demanda y absolver a la sociedad demandada de las pretensiones en su contra formuladas "

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

PRIMERO

La demandante, Doña Azucena ha prestado servicios en beneficio de la demandada INVERSORA BONESVALLS, S.L., en el período 1 a 15 de junio de 2009 desarrollando tareas de camarera en establecimiento bar abierto al público denominado REX, categoría a la que corresponde un salario de 1.182,75 # mensuales (encabezamiento y hecho primero de la demanda en lo aceptado por la demandada en el acto de juicio)

SEGUNDO

La actora afirma haber sido despedida el día 8 de agosto de 2009 al hablar con su "jefa" (folio 1)

TERCERO

Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte demandante, que formalizó dentro de plazo, y que la parte contraria, a la que se dió traslado impugnó, elevando los autos a este Tribunal dando lugar al presente rollo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

Recurre en suplicación Dª. Azucena la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº. 14 de los de Barcelona en fecha 20/11/09 en la que se acuerda absolver a la demandada, Inversora Bonesvalls S.L., de las peticiones contenidas en la demanda por despido presentada por el ahora recurrente y dirigidas a que se declarase la improcedencia de su despido que habría decidido la demandada en fecha 8/8/09. Se refiere en la sentencia que "no acreditada...la existencia de relación laboral entre la parte actora y la parte demandada como empleadora durante el período reclamado....ni haber sufrido un despido en la fecha indicada, la demanda debe ser desestimada".

Segundo

Solicita el recurrente la revocación de la sentencia recurrida bien que, se dirá en el recurso, el mismo "se fundamenta únicamente en el apartado b del art. 191 de la L.P.L .". Lo cierto es que la recurrente no determina expresamente apartado alguno de la relación de hechos de la sentencia cuya revisión interese ni propondrá por ello, en consecuencia,...

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