STSJ Cataluña 5980/2010, 21 de Septiembre de 2010

PonenteFRANCISCO BOSCH SALAS
ECLIES:TSJCAT:2010:5955
Número de Recurso7217/2009
ProcedimientoRECURSO DE SUPLICACIóN
Número de Resolución5980/2010
Fecha de Resolución21 de Septiembre de 2010
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA

CATALUNYA

SALA SOCIAL

NIG : 08121 - 44 - 4 - 2009 - 0007042

ECR

ILMA. SRA. ASCENSIÓ SOLÉ PUIG

ILMO. SR. FRANCISCO BOSCH SALAS

ILMA. SRA. LIDIA CASTELL VALLDOSERA

En Barcelona a 21 de septiembre de 2010

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A núm. 5980/2010

En el recurso de suplicación interpuesto por Luis Antonio frente a la Sentencia del Juzgado Social 2 Mataró de fecha 30 de junio de 2009 dictada en el procedimiento nº 195/2009 y siendo recurridos Instituto Catalán de Evaluaciones Médicas e INSS. Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. FRANCISCO BOSCH SALAS.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 5 de marzo de 2009 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Altas médicas, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 30 de junio de 2009 que contenía el siguiente Fallo:

"Que desestimando la demanda interpuesta por D. Luis Antonio contra el INSTITUTO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL y contra el INSTITUTO CATALÁN DE EVALUCIONES MÉDICAS, debo absolver y absuelvo de las pretensiones contenidas en la misma a las demandadas con todos los pronunciamientos que les sean favorables, declarando ajustada a las prescripciones legales el alta médica impugnada de 23/10/2008." SEGUNDO.- En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

Primero

El demandante D. Luis Antonio con DNI NUM000 se encuentra afiliado a la Seguridad Social con el número NUM001 y en situación de alta (Expediente administrativo).

Segundo

El actor inició una situación de incapacidad temporal el 14/07/2008 derivada de enfermedad común por lumbago dolor lumbar síndrome lumbar-lumbalgia.(folio 110-expediente admninistrativo)

Tercero

El 23 de octubre de 2008 la Doctora Inmaculada dio el alta médica al actor en informe emitido por el ICAM que dice que el actor sufre lumbalgia mecánica estabilizada con funcionalismo correcto en el momento actual sin radiculopatía, habiendo acordado el alta por inspección.

Cuarto

El actor interpuso reclamación previa frente a la resolución del ICAM de 23/10/2008 que fue desestimada en fecha de 26 de enero de 2009 al entender que el alta médica fue procedente ya que del estudio de la documentación y valoración psiquiátrica y funcional se desprende que en el momento del alta médica el trabajador no presentaba limitación funcional laboral.

Quinto

Las lesiones que sufre el actor son lumbalgia mecánica estabilizada con funcionalismo correcto en el momento actual sin radiculopatía.

Sexto

La base reguladora es de 39,27 euros al 70% desde el 21/07/2008 y el 60% desde el 17/01/2009, habiendo mostrado el actor su conformidad con los datos del INS

Séptimo

La profesión del actor es de Operario de Mantenimiento de Piscinas.

TERCERO

Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte actora Luis Antonio, que formalizó dentro de plazo, y que la parte contraria, a la que se dió traslado no lo impugnaron, elevando los autos a este Tribunal dando lugar al presente rollo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Recurre el trabajador contra la sentencia que en materia de altas médicas ha desestimado la demanda...

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