STSJ La Rioja 73/2010, 25 de Marzo de 2010

PonenteMIGUEL AZAGRA SOLANO
ECLIES:TSJLR:2010:188
Número de Recurso67/2010
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución73/2010
Fecha de Resolución25 de Marzo de 2010
EmisorSala de lo Social

T.S.J.LA RIOJA SALA SOCIAL

LOGROÑO

SENTENCIA: 00073/2010

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA RIOJA

SALA DE LO SOCIAL

N.I.G.: 26089 34 4 2010 0100076

MODELO: 46000

TIPO Y RECURSO Nº: RECURSO SUPLICACION 0000067 /2010

Materia: DESPIDO

Recurrente/s: Carmelo

Recurrido/s: MAQUINZA SERVICIOS SA

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JDO. DE LO SOCIAL nº 001 de LOGROÑO DEMANDA 0000262 /2009

Sent. Nº 73/10

Rec. 67/10

Ilmo. Sr. D. Miguel Azagra Solano. :

Presidente. :

Ilmo. Sr. Cristóbal Iribas Genua :

Ilma. Sra. Mercedes Oliver Albuerne :

En Logroño, a veinticinco de marzo de dos mil diez.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen y

EN NOMBRE DEL REY Ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de Suplicación nº 67/10 interpuesto por D. Carmelo, asistido por el letrado D. Ricardo Velasco García, contra la sentencia nº 413/09 del Juzgado de lo Social nº Uno de La Rioja de fecha tres de septiembre de dos mil nueve, y siendo recurrido MAQUINZA SERVICIOS, S.A. asistido por la Letrada Dña. Sara Bendito Marqueta, ha actuado como PONENTE EL ILMO. SR. DON Miguel Azagra Solano.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, por D. Carmelo se presentó demanda ante el Juzgado de lo Social nº Uno de La Rioja, contra MAQUINZA SERVICIOS, S.A., en reclamación de DESPIDO.

SEGUNDO

Celebrado el correspondiente juicio, recayó sentencia con fecha tres de septiembre de dos mil nueve, cuyos hechos declarados probados y fallo son del siguiente tenor literal:

"HECHOS PROBADOS:

PRIMERO

D. Carmelo ha venido prestando servicios para la empresa Maquinza Servicios, S.A., empresa que se dedica a la actividad de alquiler y venta de maquinaria de construcción, con categoría profesional de Oficial de 2ª, desde el 15 de octubre de 2003, percibiendo un salario diario bruto de 51,42 euros, incluyendo pagas extraordinarias. No ostenta ni ha ostentado cargo de representante de los trabajadores.

SEGUNDO

En fecha 18 de marzo de 2009 D. Carmelo recibe comunicación de la empresa por la que ésta le notifica, con efectos de esa misma fecha, la extinción de su contrato de trabajo por causas objetivas productivas y económicas que se expresan así:

"Las causas productivas y económicas se concretan en un descenso de los alquileres, es decir, de las ventas de la empresa, que al cierre del ejercicio se ha reflejado en un decrecimiento de los ingresos de explotación del 14,28% con respecto al cierre del año 2007. Siendo todavía más acusado este descenso en el año 2008, ya que a fecha 28/02/09 los ingresos con respecto a la misma fecha del ejercicio anterior son un 71,28% menos.

Asimismo las previsiones para el año 2009 son todavía peores ya que, con carácter general, el sector de la construcción y de la industria va a disminuir su actividad en al menos un 40%. Dichas previsiones tienen especial incidencia en nuestra empresa, puesto que los pedidos de maquinaria para 2009 en el área de influencia de su centro de trabajo han decrecido a día de hoy más de un 50%.

La disminución de la demanda tiene su origen principalmente en:

El parón del sector de la construcción, especialmente en el ámbito geográfico en el que usted opera. Muestra de todo ello ha sido y es la entrada en concurso de acreedores de la empresa alquiladora más potente de la Rioja, Mavyal, S.L., y la bajada de la actividad industrial.

Además hay que añadir a la disminución de pedidos de los clientes, el porcentaje de los mismos que la empresa se ve obligada a rechazar por la falta de liquidez de los clientes.

Así los principales clientes de la empresa: Cubiertas Logroño, Vip-Ex, Grúas Pomar, Obras San Antón, Obras y proyectos Valle del Oja, están sufriendo la actual situación de crisis general y algunas de ellas, han entrado en situación de concurso de acreedores.

Es evidente que las cuentas contables de la empresa están reflejando la continua disminución de la actividad, así de este modo, por ejemplo, el resultado de explotación al cierre del ejercicio disminuyó en 2008 un 150% en comparación con el valor de dicha magnitud en el año anterior (2007).

El deterioro se hace todavía más evidente si consideramos las conclusiones que se desprenden de las cifras con las que cuenta la empresa a 28 de enero de 2009, puesto que tal como se ha indicado antes, se han reducido los ingresos de explotación en lo que va de año en un 71,28% con respecto al mismo periodo transcurrido del año 2008. La situación negativa es una realidad, así como también es una realidad la concurrencia de la causa productiva, es decir, de una causa que se manifiesta en la esfera o ámbito de los productos que la empresa coloca en el mercado.

Dicha causa productiva consiste en el descenso de los alquileres y de los pedidos/reservas de alquileres, de tal manera que, dicha disminución ha incidido sobre la capacidad de producción de la misma, y por ello la empresa se ve obligada a ajustar dicha capacidad a las exigencias del mercado, puesto que el desequilibrio entre la demanda existente y el volumen de empleo de la empresa compromete la organización de sus recursos, sin que la empresa pueda garantizar la ocupabilidad de todos sus trabajadores a consecuencia de la disminución de los alquileres de maquinaria.

La mala situación por la que se está atravesando desde hace unos meses, y las previsiones de futuro realizadas reflejan que las dificultades no son de carácter coyuntural, sino que en la actualidad el problema es estructural tendiendo a permanecer en el tiempo.

Asimismo como usted sabe, su trabajo de mecánico depende directamente del número de alquileres que se realicen ya que el gasto de taller ha de mantenerse proporcional a la cifra de ventas de alquileres, por tanto a menor número de alquileres, menor número de reparaciones, puestas a punto, revisiones, etc.

Esta situación, es decir, la disminución de la demanda de nuestros productos y servicios está obligando a la Dirección de la Empresa a efectuar una reorganización de los factores productivos existentes en la actualidad, especialmente, del factor de mano de obra, ya que dicha disminución ha derivado, inevitablemente, en que sea menor la mano de obra requerida, es decir, que exista un sobredimensionamiento de plantilla.

Las anteriores causas tienen manifestación concreta en su puesto de trabajo porque la disminución de pedidos y de las ventas, ha ocasionado que su puesto de trabajo carezca de funciones propiamente dichas, es decir no se le puede garantizar la ocupación efectiva y ello por cuanto:

  1. La disminución de la actividad empresarial conlleva inevitablemente una menor necesidad de mano de obra derivada de la menor demanda existente.

  2. La situación de desajuste de volumen de empleo en determinados puntos de la empresa, especialmente dentro de la categoría de mecánico es todavía más acusada por la irremediable incidencia que dicha disminución de las cifras de alquileres está teniendo en esa categoría profesional, ya que, la ocupabilidad de la misma depende e ella, por lo que, ante una disminución del número de alquileres se reduce de forma directa el número de puesto de trabajo requeridos dentro de la categoría de mecánico.

Consecuencia de todo lo anterior es la necesidad de la empresa de adoptar una serie de medidas tendentes a lograr una organización más adecuada y racional de los recursos humanos y materiales de la empresa, que se ajuste a la disminución de alquileres y del volumen de negocio y evitar así un sobredimensionamiento de la plantilla que comprometa tanto a la viabilidad futura de la empresa como su posición competitiva en el mercado.

En aplicación de estas medidas, se ha considerado oportuno y necesario prescindir de su puesto que actualmente usted ocupa de mecánico, por entender que existe un sobredimensionamiento de la estructura necesaria de personal en la categoría profesional que usted ostenta a raíz de la causas anteriormente explicadas.

En definitiva de todo lo anterior resulta evidente que concurren las causas productivas (descenso de ventas y pedidos) para amortizar su puesto de trabajo consiguiendo la adecuación del volumen de la plantilla a los requerimientos de la demanda, así poder garantizar la viabilidad futura de la empresa mediante una mejor organización de sus recursos.

Por todo ello se le informa de la necesidad de proceder a la amortización de su puesto de trabajo considerando que, de esta forma, se podrá contribuir a dotar a la empresa de una estructura de recursos humanos adecuada (siendo suficiente en la actualidad la existencia de tres puestos de trabajo para la reparación de maquinaria y demás tareas propias de taller en la delegación de Logroño) y, en último término, garantizar la viabilidad futura de la empresa y el mantenimiento del resto de puestos de trabajo.....

Que la extinción de su contrato de trabajo surtirá plenos efectos al final de la jornada laboral del día de hoy, 18 de marzo de 2009. Que en este mismo momento ponemos a su disposición la cantidad total de 5.645,92 euros netos correspondiente al importe de la indemnización prevista en el artículo 53.1.b) del ET (equivalente a 20 días de salario por año de servicio), así como la cantidad bruta de 1.542,60 euros en concepto de preaviso, equivalente a 30 días de trabajo...".

TERCERO

La contabilidad de la empresa refiere que el año 2007 tiene un resultado de explotación de 4.948.189,93 y el año 2008 de -1.584.794,59 euros, siendo el importe neto de la cifra de negocios de ventas en el año 2007 de 26.755.327,14 euros, y en el año 2008 de 19.123.921,58 euros; por su parte los gastos de personal también se reducen de 3.240.494,83 euros en el año 2007, a 2.492.649,67 euros en el año 2008. Tales gastos de personal también se van...

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