STSJ Asturias 823/2010, 12 de Marzo de 2010

PonenteJESUS MARIA MARTIN MORILLO
ECLIES:TSJAS:2010:991
Número de Recurso196/2010
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución823/2010
Fecha de Resolución12 de Marzo de 2010
EmisorSala de lo Social

T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL

OVIEDO

SENTENCIA: 00823/2010

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS

SALA DE LO SOCIAL (C/ SAN JUAN Nº 10)

N.I.G: 33044 34 4 2010 0100199, MODELO: 46050

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0000196 /2010

Materia: CESION ILEGAL

Recurrente/s: CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE

Recurrido/s: Luis Pedro, TRAGSA TRANSFORMACION AGRARIA S.A., ASTURIANA DE

SERVICIOS AGRARIOS S.A.

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JDO. DE LO SOCIAL N. 1 de OVIEDO de DEMANDA 0000725 /2009

SENTENCIA Nº: 823/10

ILTMOS. SRES.

D. JOSE ALEJANDRO CRIADO FERNANDEZ

Dª MARIA VIDAU ARGÜELLES

D. JESUS MARIA MARTIN MORILLO

En OVIEDO a doce de Marzo de dos mil diez, habiendo visto el recurso de suplicación de los presentes autos de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los Iltmos. Sres. citados, de acuerdo con lo prevenido en el

artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY ha dictado la siguiente

SENTENCIA

En el RECURSO SUPLICACION 0000196/2010, formalizado por el LETRADO DE LA COMUNIDAD, en nombre y representación de la CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE, contra la sentencia de fecha veintisiete de noviembre de dos mil nueve, dictada por el JDO. DE LO SOCIAL N. 1 de OVIEDO en sus autos número DEMANDA 0000725/2009, seguidos a instancia de Luis Pedro, representado por el Letrado FELIX ARNAEZ CRIADO, frente a la CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE, TRAGSA TRANSFORMACION AGRARIA S.A., representada por el ABOGADO DEL ESTADO, y ASTURIANA DE SERVICIOS AGRARIOS S.A., parte demandada representada por el Liquidador Bienvenido, en reclamación de CESION ILEGAL, siendo Magistrado-Ponente el Ilmo. Sr. D. JESUS MARIA MARTIN MORILLO, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos del mencionado Juzgado de lo Social se dictó sentencia de fecha veintisiete de noviembre de dos mil nueve por la que se estimaba la demanda.

SEGUNDO

En la mencionada sentencia y como hechos declarados probados figuran los siguientes:

  1. ) Luis Pedro, cuyas circunstancias personales constan en el encabezamiento de su demanda, suscribió los siguientes contratos con la empresa Tragsa:

    - Contrato de duración determinada iniciado el día 19 de marzo de 1.996, con la categoría profesional de peón especial, en el centro de trabajo ubicado en Avalle Parres para la realización de los trabajos propios de su categoría y especialidad dentro de la unidad de obra "Servicios de control y mantenimiento del centro de incubación y alevinaje de Aspro Avalle (Parres) dentro de la anualidad del 96", estando sujeta la relación laboral al Convenio colectivo de la empresa Tragsa. Ese contrato se extendió hasta el día 31 de diciembre de 1.996

    - Contrato de duración determinada iniciado el día 8 de enero de 1.997, con la categoría profesional de peón especializado obras, en el centro de trabajo ubicado en Parres para la realización de los trabajos propios de su especialidad y categoría dentro de la unidad de obra "control y mantenimiento centro de incubación y alevinaje de Aspro Avalle (Parres) año 1.997", estando sujeta la relación laboral al Convenio colectivo de la empresa Tragsa. Ese contrato se extendió hasta el día 31 de diciembre de 1.997

    - Contrato de duración determinada iniciado el día 14 de enero de 1.998, con la categoría profesional de peón especializado obras, en el centro de trabajo ubicado en Parres para la realización de los trabajos propios de su especialidad y categoría dentro de la unidad de obra "servicio control y mantenimiento centro de incubación y alevinaje de Aspro Avalle (Parres) Primer trimestre del año 1.998", estando sujeta la relación laboral al Convenio colectivo de la empresa Tragsa. Ese contrato se extendió hasta el día 18 de febrero de 1.998

    - Contrato de duración determinada iniciado el día 21 de mayo de 1.998, con la categoría profesional de peón especializado obras, en el centro de trabajo ubicado en Parres para la realización de los trabajos propios de su especialidad y categoría dentro de la unidad de obra "servicio control y mantenimiento centro de incubación y alevinaje de Aspro Avalle (Parres) año 1.998", estando sujeta la relación laboral al Convenio colectivo de la empresa Tragsa. Ese contrato se extendió hasta el día 31 de diciembre de 1.998

    - Contrato de duración determinada iniciado el día 11 de enero de 1.999, con la categoría profesional de peón especializado obras, en el centro de trabajo ubicado en Parres para la realización de los trabajos propios de su especialidad y categoría dentro de la unidad de obra "control y mantenimiento centro de incubación y alevinaje de Aspro Avalle (Parres) anualidad 1.999", estando sujeta la relación laboral al Convenio colectivo de la empresa Tragsa. Ese contrato se extendió hasta el día 31 de diciembre de 1.999

    - Contrato de duración determinada iniciado el día 3 de enero de 2.000, con la categoría profesional de peón especializado obras, en el centro de trabajo ubicado en Valdés, Parres y Nava para la realización de los trabajos propios de su especialidad y categoría dentro de la unidad de obra "servicio control y mantenimiento centro de incubación y alevinaje de Quiteria (Valdés), Aspro (Avalle-Parres) y Nava anualidad 2.000", estando sujeta la relación laboral al Convenio colectivo de la empresa Tragsa. Ese contrato se extendió hasta el día 19 de abril de 2.000, percibiendo con posterioridad prestaciones por desempleo hasta el día 23 de julio de 2.000

    - Contrato de duración determinada iniciado el día 24 de julio de 2.000, con la categoría profesional de peón especializado obras, en el centro de trabajo ubicado en Valdés, Parres y Nava para la realización de los trabajos propios de su especialidad y categoría dentro de la unidad de obra "servicio control y mantenimiento centro de incubación y alevinaje de Quiteria (Valdés), Aspro (Avalle-Parres) y Nava anualidad 2.000", estando sujeta la relación laboral al Convenio colectivo de la empresa Tragsa. Ese contrato se extendió hasta el día 29 de diciembre de 2.000

    - Contrato de duración determinada iniciado el día 8 de enero de 2.001, con la categoría profesional de peón especializado obras, en el centro de trabajo ubicado en Valdés, Parres e Infiesto para la realización de los trabajos propios de su especialidad y categoría dentro de la unidad de obra "control y mantenimiento de cría de salmones en las piscifactorías de Aspro (Parres), Infiesto y Molino de Quiteria (Valdés) anualidad

    2.001", estando sujeta la relación laboral al Convenio colectivo de la empresa Tragsa. Ese contrato se extendió hasta el día 31 de diciembre de 2.001

    - Contrato de duración determinada iniciado el día 2 de enero de 2.002, con la categoría profesional de peón especializado obras, en el centro de trabajo ubicado en Parres para la realización de los trabajos propios de su especialidad y categoría dentro de la unidad de obra "servicio técnico de control y mantenimiento del centro ictiogénico de Aspro (Parres), según encargo de la Consejería de Medio rural y pesca del Principado de Asturias de fecha 20 de diciembre de 2.001", estando sujeta la relación laboral al Convenio colectivo de la empresa Tragsa. Ese contrato se extendió hasta el día 31 de diciembre de 2.002

    - Contrato de duración determinada iniciado el día 2 de enero de 2.003, con la categoría profesional de peón especializado obras, en el centro de trabajo ubicado en Parres para la realización de los trabajos propios de su especialidad y categoría dentro de la unidad de obra "servicio de control y mantenimiento de los centros ictiogénicos de Aspro, Infiesto y Molino de Quiteria (Parres, Infiesto y Valdés), según encargo de la Consejería de Medio ambiente del Principado de Asturias de fecha 11 de diciembre de 2.002", estando sujeta la relación laboral al Convenio colectivo de la empresa Tragsa. Ese contrato se extendió hasta el día 11 de julio de 2.003, percibiendo posteriormente, desde el día 28 de julio, prestaciones por desempleo hasta el día 14 de septiembre de ese mismo año

    - Contrato de duración determinada iniciado el día 15 de septiembre de 2.003, con la categoría profesional de peón obras, en el centro de trabajo ubicado en Aspro para la limpieza de contadores de salmones del Río Nalón y mantenimiento de la Piscifactoría de Aspro, estando sujeta la relación laboral al Convenio colectivo de la empresa Tragsa. Ese contrato se extendió hasta el día 31 de diciembre de 2.003

    - Contrato de duración determinada iniciado el día 2 de enero de 2.004, con la categoría profesional de peón especializado obras, en el centro de trabajo ubicado en Aspro para la limpieza y mantenimiento del centro Ictiogénico de Aspro, según encargo de la Consejería de medio ambiente, ordenación del territorio e infraestructuras, estando sujeta la relación laboral al Convenio colectivo de la empresa Tragsa. Ese contrato se extendió hasta el día 31 de diciembre de 2.004

    - Contrato de duración determinada iniciado el día 10 de enero de 2.005, con la categoría profesional de peón especializado obras, en el centro de trabajo ubicado en Parres para la limpieza y mantenimiento del centro Ictiogénico de Aspro (Parres), según encargo de la Consejería de medio ambiente y ordenación del territorio de enero de 2.005, estando sujeta la relación laboral al Convenio colectivo de la empresa Tragsa. Este contrato se convirtió en indefinido, por mutuo acuerdo de las partes, el día 18 de diciembre de 2.006.

  2. ) El demandante prestó servicios en esa misma piscifactoría contratado por la empresa Asturiana de servicios agrarios en el periodo comprendido entre el 19 de febrero y el 18 de mayo de 1.998. Actualmente ostenta la categoría profesional de oficial de segunda, percibiendo un salario mensual de 951,50 euros, en concepto de antigüedad 39,14 euros, así como en cuantía variable los conceptos de incentivos por equipos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR