STSJ Murcia 290/2010, 26 de Abril de 2010
Ponente | RUBEN ANTONIO JIMENEZ FERNANDEZ |
ECLI | ES:TSJMU:2010:796 |
Número de Recurso | 225/2010 |
Procedimiento | RECURSO SUPLICACION |
Número de Resolución | 290/2010 |
Fecha de Resolución | 26 de Abril de 2010 |
Emisor | Sala de lo Social |
T.S.J.MURCIA SALA SOCIAL
MURCIA
SENTENCIA: 00290/2010
ROLLO Nº: RSU 0225/2010
46050
SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE MURCIA
En la ciudad de Murcia, a veintiséis de abril de dos mil diez.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Murcia formada por el Iltmo. Sr. Presidente D. RUBÉN ANTONIO JIMÉNEZ FERNÁNDEZ, y los Iltmos. Sres. Magistrados,
D. JOSÉ LUIS ALONSO SAURA y D. JOAQUÍN ÁNGEL DE DOMINGO MARTÍNEZ, ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente:
SENTENCIA
En el recurso de suplicación interpuesto por el Instituto Nacional de la Seguridad Social, contra la sentencia número 42/2010 del Juzgado de lo Social número 5 de Murcia, de fecha 25 de enero, dictada en proceso número 815/2009, sobre Incapacidad, y entablado por Doña Isabel frente a Instituto Nacional de la Seguridad Social; Tesorería General de la Seguridad Social.
Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. RUBÉN ANTONIO JIMÉNEZ FERNÁNDEZ, quien expresa el criterio de la Sala.
La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figuran declarados los siguientes hechos probados: "PRIMERO.- La demandante Dª. Isabel, con DNI NUM000, nacida el 08/01/1977, se encuentra afiliada en el Régimen General de la Seguridad Social por los servicios prestados como limpiadora. SEGUNDO.- Fue iniciado expediente para la declaración de incapacidad permanente, dictándose resolución el 24/02/2009 en la que era denegada dicha declaración por no reunir las lesiones que padecía la Sra. Isabel un grado suficiente de disminución de la incapacidad. TERCERO.- Interpuso reclamación administrativa previa, la que fue desestimada por resolución de 29/04/2009. CUARTO.- La base reguladora para la incapacidad permanente total asciende a 458,45 Euros y para la incapacidad permanente parcial a 497,24 Euros. QUINTO.- La demandante padece cofosis de oído derecho e hipoacusia neurosensorial severa en oído izquierdo del 80 por 100; y cuadro depresivo ansioso-reactivo. SEXTO.- Por el Juzgado de lo Social nº 2 de Murcia fue dictada sentencia con fecha 03/07/2006 en la que fue denegada a la demandante tanto la incapacidad permanente total como la parcial, al no considerar a la misma incapacitada para realizar las tareas fundamentales de su profesión, ni tampoco con una disminución de la capacidad laboral igual o superior al 33 por 100. Declarando probado dicha sentencia como hecho probado cuarto que "la actora padece pérdida de audición binaural del 79 por 100". Por sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Murcia de fecha 06/11/2006 fue confirmada la sentencia anteriormente referida."; y el fallo fue del tenor siguiente: "Desestimar la petición principal de la demanda promovida por Dª. Isabel y estimar la petición subsidiaria, y en consecuencia, procede declarar a dicha señora incapaz permanente parcial para su profesión habitual de limpiadora por causa de enfermedad común, con derecho a percibir una indemnización única ascendiente a 11.933,76 Euros. Condenando al Instituto Nacional de la Seguridad Social a estar y pasar por la presente sentencia".
Contra dicha...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba