SAP Murcia 304/2010, 27 de Mayo de 2010

PonenteANDRES PACHECO GUEVARA
ECLIES:APMU:2010:1242
Número de Recurso181/2009
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución304/2010
Fecha de Resolución27 de Mayo de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

MURCIA

SENTENCIA: 00304/2010

Rollo: RECURSO DE APELACION (LECN) 0000181 /2009 SENTENCIA Nº 304/2010

ILMOS SRES

D. Andrés Pacheco Guevara

Presidente

Dª. María Pilar Alonso Saura

D. Cayetano Blasco Ramón

Magistrados

En la Ciudad de Murcia a veintisiete de mayo de dos mil diez. La Sección Primera de la Audiencia Provincial, integrada por los Magistrados expresados, ha conocido en grado de apelación las actuaciones de orden civil, Rollo nº 181/09, dimanante del procedimiento ordinario tramitado en el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Molina de Segura y seguido entre Dña. Nuria como demandante y D. Adolfo y la aseguradora Axa como demandados, ello en virtud del recurso de apelación promovido por la aseguradora codemandada, dirigida en esta alzada por el Letrado Sr. Ridao López, mientras que la apelada lo ha sido por el también Letrado Sr. García Gómez, y siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Andrés Pacheco Guevara, que expresa la convicción de este Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En los autos principales de que el presente rollo dimana, el Juzgado de Primera Instancia con fecha 20/6/08 dictó sentencia, cuyo fallo es del tenor siguiente:"Que estimando sustancialmente la demanda interpuesta por el Procurador Señor Conesa en nombre y representación de Dª Nuria, debo condenar y condeno de forma solidaria a la Compañía de Seguros AXA y D. Adolfo al pago de 18.944,2 # más los intereses legales descritos en el fundamento de derecho cuarto; y todo ello con expresa condena en costas a la parte demandada" SEGUNDO.-Contra la citada resolución y en legal forma se preparó e interpuso recurso de apelación por la representación procesal de la parte antes citada, siendo admitido en ambos efectos, lo que originó, tras la tramitación oportuna, la remisión de los autos originales a esta Sala, señalándose, tras los traslados pertinentes, para deliberación del recurso el día de hoy, quedando los autos pendientes de resolución.

TERCERO

En la tramitación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

De cuantas modificaciones del fallo inicial se instan en el escrito de alzada, solo la concerniente a la secuela psicológica debe atenderse.

La apreciación probatoria operada en la instancia parte del escrutinio de los informes periciales obrantes en lo actuado, sin que la actividad de valoración auspiciada por las distintas reglas del art. 217 de la LEC parezca...

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