SAP Murcia 256/2010, 7 de Mayo de 2010
Ponente | JUAN ANTONIO JOVER COY |
ECLI | ES:APMU:2010:1193 |
Número de Recurso | 578/2009 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 256/2010 |
Fecha de Resolución | 7 de Mayo de 2010 |
Emisor | Audiencia Provincial - Murcia, Sección 4ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4
MURCIA
SENTENCIA: 00256/2010
Rollo nº 578/09
Iltmos. Sres.:
D. Carlos Moreno Millán
Presidente
D. Juan Martínez Pérez
D. Juan Antonio Jover Coy
Magistrados
En la ciudad de Murcia, a siete de mayo de dos mil diez.
La Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial ha visto en grado de apelación los autos de Juicio Verbal sobre designación de árbitro, procedentes del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Murcia y seguidos ante el mismo con el nº 123/08, - rollo nº 578/09-, entre las partes, actora, D. Urbano, mayor de edad, vecino de Totana (Murcia), con domicilio en CAMINO000, DIRECCION000 NUM000 ., con D.N.I. nº NUM001, y D. Casimiro, mayor de edad, vecino de Murcia, con domicilio en CALLE000 nº NUM002, NUM003 NUM004, con D.N.I. nº NUM005, representados por la Procuradora Sra. Díaz Vicente y dirigidos por la Letrada Sra. Tudela Martínez; y demandada, Pozo Albaricoqueros, S.L., con domicilio social en Aledo (Murcia), calle Marqués nº 16, bajo, con C.I.F. nº B-73.482.481, representada por la Procuradora Sra. Núñez Herrero y dirigida por el Letrado Sr. López Martínez.
Los referidos autos penden ante esta Audiencia Provincial en virtud de recurso de apelación interpuesto por D. Urbano y D. Casimiro contra la sentencia de 9 de septiembre de 2008, dictada por el Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Murcia; siendo ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Juan Antonio Jover Coy, que expresa el parecer de la Sala.
La referida resolución contiene el siguiente fallo: "FALLO: Que desestimo la demanda promovida por la representación procesal de D. Urbano y D. Casimiro, contra POZO DE LOS ALBARICOQUEROS S.L. Se imponen a los actores las costas procesales causadas".
Contra dicha sentencia interpusieron D. Urbano y D. Casimiro recurso de apelación, que tras tenerse por preparado fue formalizado conforme a lo dispuesto en los artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuic . Civil.
Seguidamente se remitieron los autos a esta Audiencia Provincial, donde se formó el correspondiente rollo, con el nº 578/09, y se señaló el 6 de mayo de 2010 para que tuviera lugar la votación y fallo del recurso, tras lo cual quedó éste visto para sentencia.
En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.
Se aceptan los de la sentencia apelada.
D. Urbano y D. Casimiro interpusieron demanda de Juicio Verbal solicitando que se designara un árbitro en relación con el convenio arbitral contenido en el artículo 27 de los Estatutos Sociales de la sociedad Pozo Albaricoqueros, S.L., formando una lista con tres nombres y procediendo al nombramiento por sorteo celebrado por el Secretario del Juzgado de lo Mercantil, con citación de las partes.
Exponía la representación de los actores que el artículo 27 de los estatutos sociales de la mercantil Pozo Albaricoqueros S.L., de la que los Sres. Urbano y Casimiro eran socios fundadores, contenía una cláusula compromisoria en virtud de la cual cuantas cuestiones o diferencias pudieran suscitarse durante la vida de la sociedad, o en el período de liquidación entre la sociedad y los socios o entre éstos entre sí, con relación a sus derechos u obligaciones como tales, serían dirimidos por árbitros de equidad en número de tres, con...
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