STSJ Galicia , 24 de Junio de 2003
Ponente | LUIS FERNANDO DE CASTRO FERNANDEZ |
ECLI | ES:TSJGAL:2003:3552 |
Número de Recurso | 4682/2002 |
Procedimiento | SOCIAL |
Fecha de Resolución | 24 de Junio de 2003 |
Emisor | Sala de lo Social |
MARÍA ASUNCIÓN BARRIO CALLE, SECRETARIA DE LA SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE GALICIA, CERTIFICO: Que en el recurso del que luego se hará mención, se ha dictado por esta Sala la siguiente Resolución:
Recurso n° 4682/02 MFV-A ILMO. SR. D. LUIS F. DE CASTRO FERNÁNDEZ PRESIDENTE ILMA SRA. Dª. ROSA Mª RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ ILMA SRA. Dª. Mª TERESA CONDE PUMPIDO A Coruña, a veinticuatro de junio de dos mil tres La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, compuesta por los señores magistrados citados al margen y EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el recurso de Suplicación n° 4682/02 interpuesto por Dª. Ana María contra la sentencia del Juzgado de lo Social Núm. TRES de PONTEVEDRA siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. LUIS F. DE CASTRO FERNÁNDEZ.
Que según consta en autos n° 199/02 se presentó demanda por Dª. Ana María en reclamación de INCAPACIDAD siendo demandado el INSTITUTO SOCIAL DE LA MARINA e INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL en su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado sentencia con fecha 24 de junio de 2002 por el Juzgado de referencia que desestimó la demanda.
Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes: "1.- La actora, nacida el día 20.09.51, siendo la última profesión trabajada la de Mariscadora. Está afiliada al
Régimen Especial de Trabajadores del Mar de la Seguridad Social. La base reguladora mensual de la prestación es de 529,24 euros y la fecha de efectos el día 10-01-02 (folios 40 y 18). 2.- La contingencia determinante de la invalidez solicitada es la de enfermedad común. 3.- El EVI reconoció a la actora en fecha 15-10-01 y determinó el siguiente cuadro clínico residual (folio 40) HERNIA DISCAL L5-S1 CON CAMBIOS DEGENERATIVOS A NIVEL L4-L5.- CAMBIOS DEGENERATIVOS SEVEROS A NIVEL DE COLUMNA CERVICAL. MÍNIMA GONARTROSIS DERECHA. De la exploración del aparato locomotor resulta: "No contracturas musculares. Cifosis dorsal. Movilidad columna servicial, lumbar, hombros, caderas y rodillas, completa. Fuerza y ROTS conservados en MMSS e II. Lasegue derecho + a 60°, elongación nervio ciático derecho +. Flexión dorsal y plantar pies y dedos conservada. Marcha punta-talón conservada. Hace puño y pinza con fuerza.". 4.- En base a dicho cuadro clínico residual, fue reconocida a la actora una invalidez permanente en grado de total para la profesión habitual (folio 18).
Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente: "Fallo:
Que desestimo la demanda interpuesta por Dª. Ana María contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, sobre INVALIDEZ PERMANENTE ABSOLUTA PARA TODO TRABAJO, a quien absuelvo de todos los pedimentos de la demanda.".
En fecha 30 de Julio de 2002 se dictó Auto de Aclaración en el sentido de que: "a) Incluir en el antecedente 3° de la resolución del LSM., representado por el Letrado JUAN CARLOS RODRÍGUEZ VÁZQUEZ. b) Incluir en el fallo de la sentencia al INSTITUTO SOCIAL DE LA MARINA cuya absolución expresamente se declara.".
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la parte demandante no siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a este Tribunal, se dispuso el pase de los mismos al Ponente.
ÚNICO.- 1.- Recurre la beneficiaria la desestimación de su demanda en reclamación de IPA, instando -por el cauce del art. 1911...
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