STSJ Galicia , 9 de Noviembre de 2005

PonenteLUIS FERNANDO DE CASTRO FERNANDEZ
ECLIES:TSJGAL:2005:4465
Número de Recurso1178/2005
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 9 de Noviembre de 2005
EmisorSala de lo Social

Recurso núm. 1178/05

MCR

ILMO. SR. D. LUIS F. DE CASTRO FERNÁNDEZ

PRESIDENTE

ILMO. SR. D. MIGUEL A. CADENAS SOBREIRA

ILMA. SRA. Dª ROSA RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ

A Coruña, a nueve de noviembre de dos mil cinco

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, compuesta por los Sres.

Magistrados citados al margen y

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA

En el recurso de Suplicación núm. 1178/05 interpuesto por Paloma contra la

sentencia del Juzgado de lo Social núm. 2 de A Coruña siendo Ponente el ILMO. SR. D. LUIS F. DE CASTRO FERNÁNDEZ .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos número 342/04 se presentó demanda por Paloma en reclamación de revisión incapacidad siendo demandado INSS en su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado sentencia con fecha 17 de enero de 2005 por el Juzgado de referencia que desestimó la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

Primero. Que Dª Paloma figura afiliada a la Seguridad Social, teniendo acreditadas cotizaciones suficientes para causar pensión y siendo su profesión habitual transportista./ Segundo. Que solicitó de la Entidad gestora demandada revisión de la prestación de incapacidad permanente derivada de enfermedad común, la cual fue desestimada a propuesta del EVI de fecha 06-02-04, según expediente administrativo que se reproduce en su integridad./ Tercero. Contra la anterior decisión se interpuso reclamación administrativa previa que fue desestimada./ Cuarto. Que en su estado clínico actual presenta: hemorragia subaracnoidea por aneurisma comunicante anterior, practicándose clipaje aneurisma 8-00. Artrosis generalizada con algias mecánicas. Quinto. El estadio que presentaba cuando se declaró la incapacidad permanente total era: lumbalgia y gonalgia mecánica con mínimos cambios degenerativos. Fibromialgia. HTA. Litiasis biliar.

TERCERO

Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente:

FALLO: Que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por doña Paloma contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, absolviendo al organismo demandado de los pedimentos contenidos en la misma.

CUARTO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la parte demandante no siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a este Tribunal, se dispuso el paso de los mismos al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.- 1.- Recurre el beneficiario la desestimación de su demanda en reclamación de IPA por agravación, instando -por el cauce del art. 191.b LPL - la modificación del cuadro de dolencias declarado probado, y denunciando -vía art. 191.c LPL - la infracción por inaplicación del art. 137.5 LGSS .

  1. - Se admite en parte la modificación propuesta, porque los añadidos aceptados tienen apoyo en los informes oficiales del Servicio de Angiología y...

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