STSJ Galicia 765/2009, 13 de Febrero de 2009
Ponente | LUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO |
ECLI | ES:TSJGAL:2009:258 |
Número de Recurso | 4038/2008 |
Número de Resolución | 765/2009 |
Fecha de Resolución | 13 de Febrero de 2009 |
Emisor | Sala de lo Social |
RECURSO SUPLICACION 0004038 /2008IP
ILMOS/AS. SRES/AS. MAGISTRADOS D./Dña.
ANTONIO OUTEIRIÑO FUENTE
JOSE ELIAS LOPEZ PAZ
LUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO
A CORUÑA, trece de febrero de dos mil nueve.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, compuesta por los Sres. Magistrados citados al margen y
EN NOMBRE DEL REY
ha dictado la siguiente
SENTENCIA
En el recurso de Suplicación número 0004038 /2008 interpuesto por Paula contra la
sentencia del JDO. DE LO SOCIAL nº 002 de OURENSE siendo Ponente el/a Ilmo/a. Sr/a. D/Dña. LUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO.
Que según consta en autos se presentó demanda por Paula en reclamación de INCAPACIDAD PERMANENTE siendo demandado INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL . En su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado en autos núm. 0000256 /2008 sentencia con fecha catorce de Mayo de dos mil ocho por el Juzgado de referencia que estimó la demanda.
Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:
La actora D`. Paula nacida el 29-10-1972, figura afiliada a la Seguridad Social con el n° NUM000 encuadrada en el Régimen General con la profesión habitual de operaria de empresa de telemarketing.
Iniciado expediente de invalidez se dicto resolución por la Dirección Provincial del INSS el I7-32008 denegando la prestación solicitada por no encontrarse la actora en situación de invalidez permanente en ninguno de sus grados. Interpuesta reclamación previa, fue asimismo desestimada por resolución de 31-3-2008, por la cual se confirme la impugnada.
La actora presenta objetivadas las siguientes lesiones: -TRASTORNO ADAPTATIVO MIXTO CON AFECTACIÓN DE EMOCIONES (ANSIOSO-DEPRESIVO) Y DEL COPORTAMIENTO -F43.25-ICD-10-FIBROMIALGIA. -ESCOLIOSIS LUMBAR, ALTERACIONES DE REFRACCION NORMAL OCULAR.
La base reguladora mensual de la prestación de incapacidad permanente es de 810,18.-e.
Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente:
FALLO
Que estimando en su pretensión subsidiaria la demanda interpuesta por D. Paula contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y LA TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL debo declarar y declaro que la actora se encuentra afecta de invalidez permanente en grado de incapacidad permanente total para su profesión habitual de operaria de telemarketing y en consecuencia, condeno a los demandados a estar y pasar por dicha declaración y a abonar a la actora una pensión vitalicia en cuantía del 55% de la base reguladora mensual de 810,18.-€, con efectos económicos de 3-3-2008 y con aplicación de las mejoras y revalorizaciones que puedan producirse.
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la parte demandada siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a este Tribunal, se dispuso el paso de los mismos al Ponente.
ÚNICO.- 1.- Recurre la trabajador el rechazo de su demanda en reclamación de IPA, aquietándose al relato de los hechos declarados probados y denunciando -vía artículo 191.c) LPL - la infracción por inaplicación del artículo 137 LGSS .
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