STSJ Galicia 5085/2009, 24 de Noviembre de 2009

PonenteLUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO
ECLIES:TSJGAL:2009:10397
Número de Recurso2667/2006
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución5085/2009
Fecha de Resolución24 de Noviembre de 2009
EmisorSala de lo Social

RECURSO SUPLICACION 0002667 /2006 BC

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS D.

ANTONIO OUTEIRIÑO FUENTE

JOSE ELIAS LOPEZ PAZ

LUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO

A CORUÑA, veinticuatro de noviembre de dos mil nueve.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, compuesta por los Sres. Magistrados citados al margen y

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA

En el recurso de Suplicación número 0002667 /2006 interpuesto por INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

contra la sentencia del JDO. DE LO SOCIAL nº 005 de VIGO siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. LUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por D. Ildefonso en reclamación de ACCIDENTE siendo demandados INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, MUTUA GALLEGA y MECANIZADOS COSVER S. C.G. En su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado en autos núm. 0000800 /2005 sentencia con fecha catorce de Marzo de dos mil seis por el Juzgado de referencia que estimó la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

Primero

D. Ildefonso, nacido el día 27 de octubre de 1953, y con DNI NUM000, se encuentra afiliado al Régimen General de la Seguridad Social, con el número NUM001 . Desde 1988 ha venido trabajan como tornero mecánico por cuenta de la entidad MECANIZADOS COSVER S.C.G., la cual tiene concertada las contingencias profesionales con MUTUA GALLEGA. En su actividad laboral ha estado en constante contacto con cobalto, cromo y derivados, así como taladrina y aceite de coche. Durante los año 2004 y 2005, la base cotización de D. Ildefonso era de 1.221,65 euros./

Segundo

El día 18 de junio de 2004, D. Ildefonso causó baja por dermatitis de contacto, calificándose el origen de la enfermedad de profesional. Este periodo de incapacidad temporal finalizó el día 5 de agosto de 2004, fecha que recibió el alta. El día 24 de agosto de 2004 volvió a causar baja por dermatitis de contacto calificándose su origen de profesional, recibiendo el alta el día 28 de octubre de 2004./ Tercero.- El día 28 de octubre de 2004, el Doctor Teodulfo, de MUTUA GALLEGA, decidió elevar propuesta al Instituto Nacional de la Seguridad Social, de incapacidad permanente total por dermatitis de contacto de origen profesional. La propuesta tuvo entrada en el INSS el día 7 de diciembre de 2004./ Cuarto.- Iniciado expediente administrativo, el día 6 de mayo de 2005, el Equipo de Valoración de Incapacidades emitió informe diagnosticando una dermatosis hipertrófica i en las manos y una dermatitis de origen extralaboral, estimando que D. Ildefonso se encuentra incapacitado para actividades que requieran utilización de aceites lubricantes, irritativas, no estimando la concurrencia de datos de contingencia laboral./ Quinto.- El día 3 de junio de 2005 el INSS dictó resolución reconociendo a D. Ildefonso...

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