STSJ Galicia 5828, 27 de Septiembre de 2005
Ponente | LUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO |
ECLI | ES:TSJGAL:2005:5828 |
Número de Recurso | 5911/2004 |
Procedimiento | SOCIAL |
Número de Resolución | 5828 |
Fecha de Resolución | 27 de Septiembre de 2005 |
Emisor | Sala de lo Social |
Recurso núm. 5911/04 RMR ILMO.SR.D.ANTONIO J. OUTEIRIÑO FUENTE PRESIDENTE ILMO. SR. D. JOSE ELIAS LÓPEZ PAZ ILMO. SR. D. LUIS F. DE CASTRO MEJUTO A Coruña, veintisiete de septiembre de dos mil cinco La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, compuesta por los Sres.
Magistrados citados al margen y EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el recurso de Suplicación núm. 5911/04, interpuesto por D. Juan Miguel contra la sentencia del Juzgado de lo Social núm. 2 de Ourense, siendo Ponente el ILMO. SR. D. LUIS F. DE CASTRO MEJUTO.
Que según consta en autos se presentó demanda por D. Juan Miguel en reclamación de REVISIÓN DE INCAPACIDAD, siendo demandado INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y LA TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, en su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado en autos núm. 611/04 sentencia con fecha 27 de octubre de 2004, por el Juzgado de referencia , que desestimó la demanda.
Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:
"PRIMERO.- El actor D. Juan Miguel , nacido el 12-11-1939, figura afiliado a la Seguridad Social con el nº
NUM000 encuadrado en el Régimen General.- SEGUNDO.- Por Resolución de la D.P. del INSS, de fecha 14-4-1997, fue declarado afecto de una invalidez permanente en grado de incapacidad permanente total para su profesión habitual, por padecer las siguientes lesiones: CAMBIOS DEGENERATIVOS ESPONDILOARTROSIS DISCALES CON NODULOS DE SHMORL A DIVERSOS NIVELES. - PROTUSIONES DISCALES DIFUSAS EN L3- L4, L4-L5, L5-S1, ASOCIADOS A ESTENOSIS DEL CANAL RAQUIDEO MAS IMPORTANTE EN L4-L5 DONDE SE EVIDENCIA HIPERTROFIA DE LIGAMENTOS AMARILLOS Y ESTENOSIS BILATERAL DE AGUJEROS DE CONJUNCIÓN, TAMBIEN MAYOR A NIVEL
L4-L5.- TERCERO.- Solicitada revisión de invalidez el 26-3-2004, fue desestimada por resolución de 24-5-2004, por considerar que no existe agravación de sus lesiones. Interpuesta reclamación previa fue asimismo desestimada por resolución de 2-7-2004 por la cual se confirma la impugnada.- CUARTO.- La actora presenta en la actualidad objetivadas las siguientes lesiones: -CAMBIOS DEGENERATIVOS ESPONDILOARTROSIS DISCALES CON NODULOS DE SHMORL A DIVERSOS NIVELES.- PROTUSIONES DISCALES DIFUSAS EN L3-L4, L4-L5, L5-S1, ASOCIADOS A ESTENOSIS DEL CANAL RAQUIDEO MAS IMPORTANTE EN L4-L5 DONDE SE EVIDENCIA HIPERTROFIA DE LIGAMENTOS AMARILLOS Y ESTENOSIS BILATGERAL DE AGUJEROS DE CONJUNCIÓN, TAMBIÉN MAYOR A NIVEL L4-L5.- TERCERO.- Solicitada revisión de invalidez el 26-3-2004, fue desestimada por resolución de 24-5-2004, por considerar que no existe agravación de sus lesiones. Interpuesta reclamación previa fue asimismo desestimada por resolución de 2-7-2004 por la cual se confirma la impugnada.- CUARTO.- La actora presenta en la actualidad objetivadas las siguientes lesiones: -CAMBIOS DEGENERATIVOS ESPONDILODISCALES CON NODULOS DE SCHOMÖRL A DIVERSOS NIVELES.- PROTUSIONES DISCALES DIFUSAS ENTRE L3 Y S1.- ASOCIADOS A ESTENOSIS DE CANAL QUE ES MÁS ACUSADA A NIVEL L4-L5 DONDE SE ASOCIA A HIPERTROFIA DE LIGAMENTOS AMARILLOS Y ESTENOSIS BILATERAL DE AGUJEROS DE CONJUNCIÓN.- QUINTO.- La base reguladora mensual de la prestación de incapacidad permanente es de 445,27 ".
Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente: "Fallo:
Que desestimando la demanda interpuesta por D. Juan Miguel contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, sobre revisión de invalidez, debo declarar y declaro no haber lugar a la misma y en consecuencia absuelvo a los demandados de las pretensiones en su contra esgrimidas".
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