SAP Badajoz 123/2009, 30 de Marzo de 2009

PonenteJUANA CALDERON MARTIN
ECLIES:APBA:2009:195
Número de Recurso10/2009
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución123/2009
Fecha de Resolución30 de Marzo de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Badajoz, Sección 3ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BADAJOZ

SECCIÓN TERCERA

MÉRIDA

S E N T E N C I A NÚM. 123/09

ILMOS. SRES.

PRESIDENTE: DON JOSÉ MARÍA MORENO MONTERO.

MAGISTRADOS:

DOÑA JUANA CALDERÓN MARTÍN (Ponente).

DON JESÚS SOUTO HERREROS.

===================================================

Recurso Civil núm. 10/2009

AUTOS: JUICIO VERBAL núm. 283/2005.

Juzgado de Primera Instancia núm. 3 de Mérida.

En Mérida, a treinta de Marzo de dos mil nueve.

VISTOS en trámite de apelación ante la Sección Tercera de esta Audiencia Provincial los Autos nº 283/2005, procedentes del Juzgado de Primera Instancia núm. 3 de Mérida, siendo partes: como apelante, DON Jesús Luis, representado por la Procuradora Sra. Sánchez Moreno, y defendido por el Letrado Sr. Cortés Villalobos; como apelados, DOÑA Belinda, representada por el Procurador Sr. García Luengo, y defendida por el Letrado Sr. Contreras Cervantes, y el AYUNTAMIENTO DE OLIVA DE MÉRIDA, representado por el Procurador Sr. Riesco Martínez y defendido por el Letrado Sr. Caldera Morales.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan en cuanto son relación de trámites y antecedentes los de la sentencia apelada que con fecha 21 de noviembre de 2007 dictó la Sra. Magistrado-Juez de Primera Instancia núm. 3 de Mérida .

SEGUNDO

La referida sentencia contiene el siguiente FALLO: "Venir a desestimar la demanda presentada por el Procurador Sr. García Gordillo, en nombre y representación de D. Jesús Luis, que dio lugar a los autos de juicio verbal seguidos ante este Juzgado, bajo el número 283/05 resultando demandados Doña Belinda, representada por el Procurador Sr. García Luengo, el Excmo. Ayto. de Oliva de Mérida, representado por el Procurador Sr. Riesco Martínez y Doña Sara, D. Ovidio y D. Jose Ignacio, Doña Fermina, Doña Penélope y Doña Adriana, Doña Gloria, D. Eloy, D. Isidoro y D. Patricio, todos ellos declarados rebeldes, absolviendo a los demandados de las pretensiones obradas de contrario, con imposición de costas a la parte actora."

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación de DON Jesús Luis, que fue admitido en ambos efectos, dándose traslado a la parte contraria para su impugnación o adhesión; por la representación de DOÑA Belinda y por la del AYUNTAMIENTO DE OLIVA DE MÉRIDA se presentaron los correspondientes escritos de impugnación del recurso y se interesó la confirmación de la sentencia impugnada, tras lo cual se remitieron los autos a este Tribunal, donde se formó el rollo de Sala, que fue seguido por sus trámites.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales

VISTO siendo ponente la Ilma. Sra. Magistrado DOÑA JUANA CALDERÓN MARTÍN, que expresa el parecer de la Sala

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

La sentencia apelada desestima la demanda planteada por el Sr. Jesús Luis, y que, en ejercicio de una acción confesoria de servidumbre de acueducto, interesaba la declaración de existencia de tal servidumbre, de la que sería predio dominante la finca rústica propiedad del actor y descrita en el hecho primero de su demanda, y predio sirviente el de los demandados. Tal desestimación se debe, según la sentencia, a la ausencia de prueba acerca de la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR