STSJ Comunidad de Madrid 675/2001, 9 de Octubre de 2001

PonenteJOSE MALPARTIDA MORANO
ECLIES:TSJM:2001:12497
Número de Recurso2207/2001
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución675/2001
Fecha de Resolución 9 de Octubre de 2001
EmisorSala de lo Social

D. José Malpartida MoranoD. José Hersilio Ruiz LanzuelaD. Manuel Poves Rojas

Recurso núm. 2207/01-58 (J.B)

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN 5ª

MADRID

Ilmo. Sr. D. José Malpartida Morano,

Presidente,

Ilmo. Sr. D. José Hersilio Ruiz Lanzuela,

Ilmo. Sr. D. Manuel Poves Rojas.

En Madrid, a nueve de octubre de dos mil uno.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los Ilmos. Sres citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

Ha dictado la siguiente

SENTENCIA núm 675

En el recurso de Suplicación número 2207/01 interpuesto por las empresas DIRECCION000 ) y DIRECCION002 ., representadas por el Letrado Doña RAQUEL MUÑIZ FERRER, y F.L. SMIDTH, S.A., representada por el Letrado D. JOSE LUIS ALVAREZ DE LEON, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 18 de Madrid en autos número 581/00, siendo recurrido D. Plácido representado por el Letrado D. ALBERTO FERNANDEZ DE BLAS. Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. Don José Malpartida Morano.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el Juzgado de lo Social de procedencia tuvo entrada demanda suscrita por D. Plácido frente a DIRECCION000 y 2 más, en reclamación de DERECHOS, en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el suplico de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio, se dictó sentencia con fecha 16-11-2000 en los términos que figuran en el Fallo de dicha resolución.

SEGUNDO

En dicha sentencia, y como hechos probados, se declaraban los siguientes:

PRIMERO

D. Plácido comenzó a prestar servicios como Oficial la el 8.6.89 para la empresa DIRECCION000 .

La retribución que percibe en nómina en el mes de agosto de 2000 fue: salario base 132.680 ptas., antigüedad 5.168 ptas., incentivos 3.3121 ptas., plus locomoción 6.210 ptas., dietas 50.307 ptas., locomoción 50.307 ptas. (folio 181 ).

SEGUNDO

El actor, en el año 1990, fue destinado por la empresa DIRECCION000 a prestar -en en la empresa FL SMIDTH -& CIA. ESPAÑOLA, S. A: en el centro de trabajo situado en Las Rozas - Madrid - Carretera de la Coruña, Km. 17,800.

El actor venia percibiendo su retribución de la empresa DIRECCION000 , constando en nómina los abonos por horas extraordinarias, dietas, gastos de locomoción, etc.

TERCERO

En el ayo 1997 comenzaron a expedirse las nóminas por la empresa DIRECCION002 . y es dado de alta en septiembre 1997 en Seguridad Social por esta empresa, siendo dadode baja en DIRECCION000 (folio 171 ); se hace constar como causa de esta baja y alta "cambio razón social".

CUARTO

La empresa DIRECCION000 se constituyó, el 21 de octubre de 1973, por D. Iván , D. Ángel Jesús , D. Ramón . El capital social lo representaba 400 acciones de 500 ptas.

El objeto social es "la realización de estudios y proyectos técnicos, la ejecución por contrata, por administración u otro sistema, de obras de montajes e instalaciones eléctricas; el comercio por cuenta propia, o por representación o comisión, de material eléctrico; las operaciones conexas, complementarias, derivadas o relacionadas en cualquier aspecto con las antes anunciadas, ,

El Sr. Iván suscribe 170 acciones, el Sr. Ramón 120, y el Sr. Ángel Jesús 120. - Se designa Administrador a D. Iván El Administrador Unico desde el 25.3.99 es D. Fermín y el saliente en esta fecha es D. Iván (folios 23 y 24 ).

Está domiciliada en c/ DIRECCION001 n° NUM000 .

QUINTO

La empresa DIRECCION002 ., con domicilio en c/ DIRECCION001 n° NUM000 , se constituyó con la denominación " DIRECCION003 . " el 4.3.96.

El Administrador Unico es D. Diego (folios 19 y 20 ).

SEXTO

El 23 de julio de 1997, L; Diego , en representación de DIRECCION000 , y D. Fermín , en representación de DIRECCION002 ., acuerdan que DIRECCION000 vende a DIRECCION002 . la rama de actividad de mantenimiento industrial incluidos todos los elementos esenciales de la empresa que permitan la continuidad de la actividad empresarial.

Se dan por reproducidos los folios 136 a 138.

SÉPTIMO

DIRECCION000 factura a FL SMIDTH & CIA. ESPAÑOLA, S. A. por el suministro de materiales y trabajos de instalación eléctrica.

Así abona por estos trabajos realizados: diciembre 1998, 379.320 ptas. (folio 220 ), 392.217 ptas por los realizados cada uno de. los meses de enero a diciembre 1999 (folios 205 a 219 ), 403.984 Ptas en los meses de enero a agosto del año 2000 (folios 194 y SS. ).

OCTAVO

El 1 de septiembre de 2000, FL SMIDTH & CIA. ESPAÑOLA, S. A. comunica a DIRECCION000 que deciden suprimir los servicios de mantenimiento eléctrico en sus oficios (folio 185 ).

NOVENO

Al actor le comunican que deja de prestar servicios en FL SMIDTH & CIA. ESPAÑOLA, S. A. desde 1 de septiembre, y desde el 4 de septiembre al 3 de octubre de 2000 disfruta vacaciones.

DÉCIMO

DIRECCION002 . le envía al regresar de vacaciones a una fábrica de cemento, iniciando en el mes. de octubre un proceso de incapacidad temporal.

DÉCIMO

PRIMERO. El actor, cuando prestaba servicios en FL SMIDTH & CIA. ESPAÑOLA, S. A., al principio le abonaba DIRECCION000 las horas extraordinarias.

En los primeros años de la década de los años noventa recibe la, orden de no reflejar las horas extras y -FL SMIDTH & CIA. ESPAÑOLA, S. A comenzó a abonarle 100.000 ptas en 12 pagas, anuales y desde hace aproximadamente dos años le abonan 14 pagas anuales dé una cantidad que, en el último año, era de 135.000, ptas cada paga.

DÉCIMO

SEGUNDO. El 30.6.90, se llegó al siguiente acuerdo:

"En el siguiente, acta de reunión entre la Dirección de FL SMIDTH y D. Plácido . LLegan al siguiente acuerdo: Plácido será considerado, para todos efectos como cualquier otro trabajador de esta Cía. Cumpliendo por su parte con el acuerdo de acta entre Comité y Dirección el pasado día 30.3.90.

También se encargará de reparaciones por averías en días de fiesta o fuera de horario establecido en todo nuestro edificio, por lo cual se gratifica su trabajo percibiendo la cantidad de cien mil ptas directamente pagadas en caja y Vst. B de WiK".

DÉCIMO

TERCERO. En la empresa FL SMIDTH & CIA. ESPAÑOLA, S.A. hay un comedor que es utilizado por el actor gratuitamente en los 30 minutos que tiene como el resto del personal para la comida.

DÉCIMO

CUARTO.El actor realizaba el mismo horario que el personal de FL SMIDTH & CIA. ESPAÑOLA, S. A.

DÉCIMO

QUINTO. Durante y el tiempo que ha estado en FL SMIDTH & CIA. ESPAÑOLA, S. A., ningún empleado de DIRECCION000 o de DIRECCION002 . ha supervisado su trabajo.

El actor realizaba el trabajo encomendado por los directivos c mandos de FL SMIDTH & CIA. ESPAÑOLA, S. A., si bien gozaba de autonomía en cuanto personal cualificado como electricista para desempeñar su cometido según los conocimientos de su oficio.

DÉCIMO

SEXTO. El actor compraba material eléctrico o de telefonía para FL SMIDTH & CIA. ESPAÑOLA, S. A., mantenía contactos con Telefónica e Iberdrola como mandatario de FL SMIDTH & CIA. ESPAÑOLA, S. A. (folios 62 a 75

DÉCIMO

SÉPTIMO. En una ocasión, se desplaza a Barcelona, en unión de un conductor de FL SMIDTH & CIA. ESPAÑOLA, S. A. para instalar un equipo, bajó la supervisión de un técnico danés de FL SMIDTH & CIA. ESPAÑOLA, S. A.

Ha realizado funciones de conductor de personal de FL SMIDTH & CIA. ESPAÑOLA, S. A. e. ocasiones.

DÉCIMO

OCTAVO. El actor tenía una cuenta personal con FL SMIDTH & CIA. ESPAÑOLA, S. A. y ésta le enviaba el extracto para que presentase la conformidad u objeciones (folios 60 y 61 ).

DÉCIMO

NOVENO. En las declaraciones anuales de operaciones, DIRECCION000 declara como clientes, entre otros, a FL SMIDTH & CIA. ESPAÑOLA, S. A., por 412.004.842 ptas. (folio 120 ). -

VIGÉSIMO

En el Impuesto de Sociedades del ejercicio 1999, DIRECCION002 . declara que tiene 6 empleados fijos y 3 no fijos como promedio en el ejercicio (folio 153 ) y que la participación social es la siguiente: D. Diego el 47,5 % D. Darío el 5 %, D. Fermín el 47,5 % (folio 154 ).

VIGÉSIMO

PRIMERO. El actor ha estado en incapacidad laboral por accidente de trabajo nueve días desde el 24 de febrero de 2000.

TERCERO

Frente a dicha sentencia interpusieron recurso de Suplicación la parte demandada, siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a esta Sala de lo Social, se dispuso el pase de los mismos a Ponente para su examen y resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La propia dinámica comercial de la sociedad moderna, caracterizada por su complejidad y estimulante competitividad ha creado entre otras muchas figuras jurídicas, los denominados grupos de empresas, con notables incidencias en varias ramas jurídicas: civil, mercantil, laboral, tributario, etc.

Esto evidencia, una vez más, que el Derecho siempre actua a remolque de la, realidad social, que suele desbordarle en imaginación y plasticidad, por lo que un gran número de instituciones jurídicas preexisten a su regulación, que, en gran parte, ha de limitarse a respetar su configuración y tratar de delimitar y encauzar las relaciones en ella surgidas.

No otra cosa ha ocurrido con los denominados grupos de empresas que revisten modos sumamente complejos y variados, a causa de la riqueza de motivaciones de la vida real, tales como la necesidad de fortalecer la implantación en el mercado, introducirse en él "ex novo", juntar esfuerzos o experiencias o conocimientos de todo tipo en un quehacer común más o menos amplio y más o menos dilatado en el tiempo, uniformar producciones con la rebaja consiguiente de gastos e infraestructuras o, con la intención de cubrir una serie de necesidades u obligaciones, incluso legales, que una determinada empresa tiene.

Habitualmente, la doctrina más destacada en el estudio...

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