STSJ Canarias 1110/2007, 29 de Junio de 2007

PonenteEDUARDO JESUS RAMOS REAL
ECLIES:TSJICAN:2007:3267
Número de Recurso310/2007
Número de Resolución1110/2007
Fecha de Resolución29 de Junio de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el rollo de suplicación interpuesto por D. Jose Miguel contra la sentencia de fecha 2 de noviembre de 2006, dictada por el JUZGADO de lo SOCIAL Nº 1 de los de Las Palmas de Gran Canaria en los autos de juicio 342/2006 sobre despido, ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. D. EDUARDO RAMOS REAL.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos se presentó demanda por D. Jose Miguel contra la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias (Consejería de Empleo y Asuntos Sociales del Gobierno de Canarias), contra el Excmo. Cabildo Insular de Gran Canaria y contra las Entidades "COMISIÓN ESPAÑOLA de AYUDA al REFUGIADO" (CEAR) y "FUNDACIÓN CANARIA SOCIO SANITARIA" (FCSS) y que en su día se celebró la vista, dictándose sentencia con fecha 2 de noviembre de 2006 por el JUZGADO de lo SOCIAL Nº 1 de los de Las Palmas de Gran Canaria .

SEGUNDO

En la sentencia de instancia y como hechos probados se declararon los siguientes:

PRIMERO

El actor ha prestado sus servicios, sin solución de continuidad, para la Comisión Española de Ayuda al Refugiado, con antigüedad del 21-03-02, categoría Director Cames, y salario de 53,33 Euros/día conforme al siguiente iter contractual: - contrato de obra o servicio determinado, suscrito el

21.03.02, siendo su objeto cubrir puesto de trabajo como Subdirector de Cames en cualquiera de los centros de acogida a menores extranjeros CAMES, gestionados por CEAR, especialmente el CAME III, de acuerdo al Convenio de prestación de servicios entre el Cabildo de Gran Canaria y CEAR-Canarias, para la gestión de los CAMES 2002, de acuerdo al proyecto educativo presentado con tal finalidad. La duración del contrato se extenderá desde el 21.03.02, hasta la finalización del programa que, inicialmente se prevé para el 31.12.02 o el agotamiento de la subvención o convenio concedida por el Cabildo de GC a CEAR-Canarias para su ejecución. - contrato de obra o servicio determinado, suscrito el 21.03.02, siendo suobjeto cubrir puesto de trabajo como Subdirector en cualquiera de los centros de acogida a menores extranjeros CAMES, gestionados por CEAR, de acuerdo al Convenio de prestación de servicios entre el Cabildo de Gran Canaria y CEAR-Canarias, para la gestión de los CAMES 2002, de acuerdo al proyecto educativo presentado con tal finalidad. La duración del contrato se extenderá desde el 21.03.02, hasta la finalización del programa que, inicialmente se prevé para el 31.12.02 o el agotamiento de la subvención o convenio concedida por el Cabildo de GC a CEAR-Canarias para su ejecución. - Contrato de obra o servicio determinado, suscrito el 01.01.03, siendo su objeto cubrir puesto de trabajo como director adjunto en cualquiera de los centros de acogida a menores extranjeros CAMES, gestionados por CEAR, de acuerdo al Convenio de prestación de servicios entre el Cabildo de Gran Canaria y CEAR-Canarias, para la gestión de los CAMES 2003, de acuerdo al proyecto educativo presentado con tal finalidad. La duración del contrato se extenderá desde el 01.01 .03, hasta la finalización del programa que, inicialmente se prevé para el 31.12.03, o el agotamiento de la subvención concedida por el Cabildo de G.C. a CEAR-Canarias para su ejecución. Contrato de obra o servicio determinado, suscrito el 01.01.04, siendo su objeto cubrir puesto de trabajo como Director en cualquiera de los centros de acogida a menores extranjeros CAMES, gestionados por CEAR, de acuerdo al Convenio de

prestación de servicios entre el Cabildo de Gran Canaria y CEAR-Canarias, para la gestión de los CAMES 2004, de acuerdo al proyecto educativo presentado con tal finalidad. La duración del contrato se extenderá desde el 01.01.04, hasta la finalización del programa que, inicialmente se prevé para el 31.12.04 o el agotamiento de la subvención concedida por el Cabildo de GC a CEAR- Canarias para su ejecución. Contrato de obra o servicio determinado, suscrito el 01.01.05, siendo su objeto cubrir puesto de trabajo como Director en cualquiera de los centros de acogida a menores extranjeros CAMES, gestionados por CEAR, de acuerdo al Convenio de prestación de servicios entre el Cabildo de Gran Canaria y CEAR-Canarias, para la gestión de los CAMES 2005, de acuerdo al proyecto educativo presentado con tal finalidad. La duración del contrato se extenderá desde el 01.01.05, hasta la finalización del programa que, inicialmente se prevé para el 31.12.05 o el agotamiento de la subvención concedida por el Cabildo de G.C. a CEAR-Canarias para su ejecución.

SEGUNDO

Por Decreto 159/97, de 11 de julio , se transfiere a los Cabildos Insulares la materia de prestación de servicios especializados en cuestiones de prevención de ejecución de las medidas de amparo que se establecen en la Ley 1/97 de 7 de febrero de Atención Integral a los Menores; y asesoramiento y cooperación técnica, jurídica y económica a las entidades municipales, de acuerdo con establecido en la legislación de régimen local. El Cabildo de Gran Canaria tiene atribuida la gestión de los servicios especializados de ámbito insular, de conformidad con lo previsto en el Art. 12 de la Ley 9/87 de 28 de abril, de Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de Canarias . La Comisión Española de Ayuda al Refugiado, creada a fin de llevar a cabo las actividades derivadas de Extranjería en función de las características del menor: repatriación, derecho de asilo y legalización (cédula de pasaporte, etc.) y el Cabildo Insular de Gran Canaria suscribieron Convenios anual es de Colaboración desde el año 1999 que constan en autos y se dan por reproducidos siendo el objeto del último de 1 de Marzo de 2004 el programa de CAME Altavista, La Isleta y Arucas, con un total de 35 plazas y coste anual de 852.220,25 #, más IPC acumul ado. El Convenio Suscrito en fecha 01.03.04 establece un período de vigencia hasta el 31.12.07. TERCERO .- Mediante Decreto núm. 149/05 , dictado por la Sra. Consejera de Política Social y Sociosanitaria el

Cabildo de Gran Canaria se procede a aprobar la denuncia del Convenio de Colaboración suscrito con fecha 1 de marzo de 2004 con la entidad Cear-Canarias para el programa de CAME Altavista, La Isleta y Arucas, con un total de 35 plazas y coste anual de 852.220,25 #, más IPC acumulado. Dicha denuncia se realiza en virtud de lo establecido en la Cláusula Séptima del mismo Convenio, la cual ha de notificarse por escrito y con efectos a tres meses desde tal notificación, adjudicando la gestión del centro CAME Arucas, con 16 plazas de menores extranjeros no acompañados, a la entidad Fundación Canaria Socio sanitaria, con CIF G 35773530, por existir razones justificativas de emergencia. Esta entidad adjudicataria deberá asumir la gestión en el término máximo de un mes desde la notificación de este acto y hasta el 21 de septiembre de 2005 inclusive. En el BOP de Las Palmas de 1 de Agosto de 2005 se da publicidad al procedimiento urgente de concurrencia para la formalización de Convenios de Colaboración y correspondientes Addendas según modelos vigentes en materia de programas sociales, cuyo objeto es la realización de los siguientes Proyectos: 1. Centro de Acogida para menores extranjeros conflictivos (10 plazas); 2. Dos Centros de Acogida para menores extranjeros CAME (25 plazas, siendo el máximo de menores de 20 plazas por centro). Mediante escrito del Área de Política Social y Socio-Sanitaria del Cabildo Insular de Gran Canaria dirigido a CEAR se dice que la denuncia del citado Convenio de Colaboración tiene efectos a los tres meses de su notificación, es decir, el 21 de octubre próximo sin que ello sea óbice para el desarrollo del procedimiento de concurrencia de los CAMEs ni para su apertura, fecha confirmada en escrito de fecha 19 de septiembre de 2005. CUARTO.- Cear-Canarias, con efectos 21.10.2005 procede a resolver los contratos de trabajo de duración determinada, modalidad Obra o servicio determinado, al finalizar su gestión de los centros CAME como consecuencia de la denuncia precedentemente reseñada. QUINTO.- Laentidad COMISIÓN ESPAÑOLA DE AYUDA AL REFUGIADO continuó en su prestación de servicios de conformidad al convenio de colaboración suscrito con el Cabildo Insular de Gran Canaria en los CAME Altavista Y CAME La Isleta hasta el día 21.10.05. El Centro de Acogida de Menores Extranjeros CAME-Arucas, de conformidad con la propia literalidad del ya referenciado Decreto 149/05 , por razones de emergencia se adjudicó a la entidad FUNDACIÓN CANARIA

SOCIO SANITARIA con efectos 21.09.05. Por parte de la Fundación canaria sociosanitaria y el Cabildo Insular de Gran Canaria se suscribió convenio el 6-10-05 para la promoción y desarrollo de programas concerta dos en el marco de los servicios sociales y sociosanitarios que consta en autos y se da por reproducido cuyo objeto es la gestión de un Centro de Acogida para menores extranjeros conflictivos con 10 plazas) y dos Centros de Acogida para menores extranjeros CAME de 10 y 15 plazas. Habiéndose contratado por la Fundación cinco trabajadores que prestaban sus servicios para CEAR. La plantilla de CEAR, al momento de la extinción contractual, la constituían 58 trabajadores. SEXTO.- Los inmuebles que dan acogida a los respectivos CAME son: el de Altavista de la Calle Mariucha es arrendado por CEAR pero ahora se destina al programa de menores conflictivos; el de La Isleta es dominio del Cabildo Insular de GC; el de Arucas está en arrendamiento y el de Piletillas es dominio de la Fundación Canaria Socio Sanitaria. El Centro de Acogida de Menores Extranjeros CAME Arucas fue trasladado a la zona de Piletillas del término municipal de Telde. Los proyectos determinados en el convenio son nuevos, diferenciándose los perfiles de los chicos, la estructura de personal de los CAME, las normas de convivencia, los privilegios de los menores, etc. El CAME de La...

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