STSJ Galicia 2975/2009, 16 de Junio de 2009

PonenteLUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO
ECLIES:TSJGAL:2009:5346
Número de Recurso322/2009
Número de Resolución2975/2009
Fecha de Resolución16 de Junio de 2009
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de Suplicación número 0000322 /2009 interpuesto por D. Blas contra la

sentencia del JDO. DE LO SOCIAL nº 001 de FERROL siendo Ponente el Ilmo. SR. D. LUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por D. Blas en reclamación de INCAPACIDAD PERMANENTE siendo demandado INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. En su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado en autos núm. 0000463 /2008 sentencia con fecha veintidós de Octubre de dos mil ocho por el Juzgado de referencia que estimó subsidiariamente la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

PRIMERO

El demandante D. Blas , nacido el 07/03/1945, con DNI núm.: NUM000 , afiliado al Régimen General de la Seguridad Social, con el número NUM001 , de profesión habitual Carpintero de Madera, solicitó de la entidad gestora demandada prestación por incapacidad permanente derivada de enfermedad común./

SEGUNDO

Tramitado el correspondiente expediente, por resolución del INSS de fecha 26/03/2008, previo dictamen propuesta del E.V.I. de 27/02/2008, se deniega la prestación a la demandante al estimar que no alcanzan las lesiones que padece un grado suficiente de disminución para ser constitutivas de incapacidad permanente. Disconforme con la anterior resolución el demandante interpuso reclamación administrativa previa el 05/05/2008 que, asimismo, fue tácitamente desestimada./TERCERO.- El demandante padece: glaucoma crónico simple con AV 1 OD y 1 OI S/C, campo visual defectos arciformes en el área de Bjerrum más acentuados OD; hipoacusia perceptiva bilateral IPC 25% leve; diagnósticado de asma bronquial leve persistente con pruebas funcionales normales; escoliosis dorsolumbar de covexidad izquierda, a la exploración movilidad dolorosa a nivel lumbar para flexión principalmente, con hernia discal L5S1 derecha con componente preforaminal sobre L5 derecha y con radiculopatía motora crónica a nivel L4-L5 bilateral de intensidad leve izquierda y moderada derecha sin signos de evolutividad./ CUARTO.- La base reguladora asciende a la suma de 867,75 euros/mes./ QUINTO.- El demandante acredita 7.286 días de cotización.

TERCERO

Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente:

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por D. Blas contra el INSS, en cuanto a la pretensión deducida con carácter subsidiario, debo declarar y declaro que el demandante se encuentra en situación constitutiva de invalidez permanente en el grado de total para su profesión habitual de Carpintero de Madera por contingencia de enfermedad común, con derecho a pensión vitalicia en cuantía correspondiente al 75% de la base reguladora de 867,75 euros al mes, 14 veces al año, condenando a la parte demandada a abonársela con los aumentos, mejoras, y revalorizaciones correspondientes, y con efectos iniciales de devengo de 27/02/2008.

CUARTO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la parte demandante no siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a este Tribunal, se dispuso el paso de los mismos al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Recurre el trabajador la desestimación de su demanda en reclamación de IPA, instando -por el cauce del artículo 191.b) LPL - la modificación del cuadro de dolencias declarado probado, y denunciando -vía artículo 191.c) LPL - la infracción por inaplicación del artículo 137 LGSS .

SEGUNDO

Ninguna de las alteraciones fácticas puede acogerse, porque en algún caso lo que se quiere añadir no coincide con el documento habilitante (f. 22); en otros, carece de la especialidad necesaria para tales fines...

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