STSJ Galicia 2157/2009, 24 de Abril de 2009

PonenteLUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO
ECLIES:TSJGAL:2009:3178
Número de Recurso5445/2008
Número de Resolución2157/2009
Fecha de Resolución24 de Abril de 2009
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de Suplicación número 5445/2008 interpuesto por el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la TESORERIA GENERAL DE LA

SEGURIDAD SOCIAL contra la sentencia del JDO. DE LO SOCIAL nº 1 de OURENSE siendo Ponente el/a Ilmo/a. Sr/a. D/Dña. LUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por Agustina en reclamación de INCAPACIDAD PERMANENTE siendo demandados el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. En su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado en autos núm. 575/2008 sentencia con fecha treinta de septiembre de dos mil ocho por el Juzgado de referencia que estimó la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

"PRIMERO.- La actora D. Agustina , nacida el 04.09.45, figura afiliada al Régimen General de la seguridad Social con el num. NUM000 , con la categoria profesional de peón-cortadora de pizarra, y una base reguladora de 656,88 eruos mensuales./SEGUNDO.- Por Sentencia de fecha 27.09.04 , la actora fue declarada afecta a una Incapacidad Permanente Total para su profesión habitual por padecer las siguientes dolencias: "Coxartrosis bilateral grado III. Gonartrosis bilateral grado II. Calcificación meniscal rodilla izquierda (ambos meniscos). Rizartrosis izquierda severa. Artrosis acromio-clavicular bilateral.Espondiloarrtrosis L5 (retrolistesis). Espondiloartrosis lubmar con: degeneracigon discal L4-L5. Degeneración discal L5-S1 severa. Cervicoartrosis. Signos degenerativos articulación intercapiana bilateral. Poliartrosis digital. Gammagrafia ósea: signos de patología óesea degenerativa fundamentalmente localizados en región lumboscara, ambos hombros y ambas manos. TAC. de columna lumbar: abombamiento discal L3-L4. Abombamiento discal L4-L5, marcados cambios degenerativos en las articulaciones interapofisarias fundamentalmente entre L4-L5. Además presenta insuficiencia vertebro-vascular. Caderas afectadas, en breve plazo tributarias de prótesis. Rodillas afectadas, y también en corto plazo de tiempo será imprescindible instaurar prótesis./TERCERO.- La actora solicitó revisión de invalidez, emitiéndose dictamen propuesta por el Equipo de Valoración de Incapacidades el 18.02.08 dictándose Resolución por el INSS en fecha 25.03.08 que denegó su petición al considerar que no existe agravación de sus lesiones./CUARTO- En la actualidad la actora padece las siguientes dolencias: Antecedentes de intervención quirúrgica de columna lumbar en tres ocasiones: la.Intervención (13.09.00) realizándole: Rizolisis L3-L4, L4-L5 y L5-Sl. 2a.Intervención (año 2006) realizándole: Lamninectomia L4-L5. Inrtervención (año 2007) realizándole: Artrodesis intersomática y pedicular L4-L5. Radiología simple: Rizartrosis biletaral: Izquierda severa. Derecha importante Aratrosis articulación intercarpiana bilateral (escafoides, trapecio-trapezoide). Artrosis articulación radicocarpiana izquierda. Poliartrosis digital ambas manos. Artrosis articulación acromio-clavicular bilateral. Coxartrosis bilateral grado III-IV (avanzada severa). Gonarrtrosis bilateral grado II. Calcificación meniscal rodilla izquierda (ambos meniscos). Rotula bipartita izquierda. Rotula multipartita derecha. Espondiloartrosis lumbar. Artrodesis L4-L5. Severo hallux rigidus bilateral. Cervicoartrosis. Estudio electromiográfico: Denervación crónica en territorio radicular C8 ambos lados. Más evidente en el lado derecho. Denervación crónica en territorio radicular L4 ambos lados. Denervación crónica en territorio radicular L5 ambos lados. Denervación crónica en territorio radicular Si ambos lados. Más evidente en el lado derecho. Síndrome fibromialgico./QUINTO.- Interpuesta reclamación previa en fecha30.04.08 fue desestimada por Resolución del INSS de 11.06.08 presentando su demanda en fecha 15.07.08".

TERCERO

Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente:

FALLO:

"Que estimando la demanda formulada por D. Agustina , contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, debo declarar y declaro a la actora en una...

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