STSJ Andalucía 978/2008, 11 de Septiembre de 2008

PonenteMARIA LUISA ALEJANDRE DURAN
ECLIES:TSJAND:2008:7080
Número de Recurso2078/2003
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución978/2008
Fecha de Resolución11 de Septiembre de 2008
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA

Ilmo. Sr. Presidente:

DON JULIÁN MANUEL MORENO RETAMINO.

Ilmo. Sres. Magistrados:

DOÑA MARÍA LUISA ALEJANDRE DURAN.

DON EUGENIO FRÍAS MARTÍNEZ.

En la ciudad de Sevilla, a once de septiembre de dos mil ocho. La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo

del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla ha visto el recurso núm. 2078/2003, interpuesto por SISTEMAS CONSTRUCTIVOS 2002, S.L., representada por la Procuradora SRA. DOÑA MARÍA ÁNGELES JIMÉNEZ SÁNCHEZ, y defendido por el Letrado, contra resolución de la CONSEJERÍA DE EMPLEO Y DESARROLLO TECNOLÓGICO, representado y defendido por Letrado de sus servicios jurídicos.

La cuantía del presente procedimiento es de MIL QUINIENTOS DOS EUROS CON CINCUENTA Y CUATRO CÉNTIMOS (1502'54 euros).

ANTECEDENTES
PRIMERO

El recurso se interpuso el día 13 de Noviembre de 2.003, contra la Resolución que se citará en el Fundamentos Jurídico Primero.

SEGUNDO

En la demanda, la parte actora solicitó de la Sala se dicte Sentencia anulando la resolución impugnada, con los demás pronunciamientos de constancia.

TERCERO

Dado traslado del escrito de demanda, la Administración demandada contestó en tiempo y forma oponiéndose a la misma y suplicando se dictara Sentencia confirmatoria de los acuerdos recurridos.

CUARTO

No habiéndose solicitado por las partes celebración de vista, recibimiento a prueba o presentación de conclusiones, ni estimarlo necesario la Sala, fue declarada conclusa la discusión escrita.

QUINTO

Se ordenó traer los Autos a la vista con citación de las partes para Sentencia y se señaló para votación y fallo el día 8 de septiembre del presente año, siendo Ponente la Ilma. Sra. MagistradaDOÑA MARÍA LUISA ALEJANDRE DURAN.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Se debate en este proceso la conformidad a Derecho de la Resolución del Director General de Trabajo y Seguridad Social de 10 de Septiembre de 2.003 por la que se estima parcialmente el recurso de alzada planteado contra la dictada por el Delegado Provincial en Sevilla de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico recaída en expediente 67/2003 por la que se impone la sanción de 1502'54 euros, por infracción en materia de Prevención de Riesgos Laborales.

SEGUNDO

El citado expediente se inició por Acta de la Inspección de Trabajo de 26 de Noviembre de 2.002, tras visita al Centro de Trabajo de la entidad actora, el 14 anterior, en la C/ Virgilio Mattoni, nº 13 al 17 donde se estaba llevando a cabo la construcción de 12 vivienda y tras el examen de la documentación requerida (Libro Visitas, Plan de Seguridad y Salud, Constitución Servicio Prevención, etc...).

En la citada Acta se hizo constar:

Que examinado el plan de seguridad y salud (copia del Estudio de Seguridad) se desprende:

1) No se realiza una valoración de riesgos, sino tan sólo una descripción de los mismos y una enumeración de las medidas preventivas a realizar.

2) No incluye recursos humanos dedicados a la actividad preventiva.

No se establecen las medidas de emergencia, no se planifica formación de los trabajadores, no está recogida la vigilancia de la salud y no se especifica el procedimiento...

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