STSJ Castilla y León 1541/2006, 18 de Octubre de 2006
Ponente | JOSE MANUEL RIESCO IGLESIAS |
ECLI | ES:TSJCL:2006:5030 |
Número de Recurso | 1541/2006 |
Número de Resolución | 1541/2006 |
Fecha de Resolución | 18 de Octubre de 2006 |
Emisor | Sala de lo Social |
SENTENCIA: 01541/2006
C/ANGUSTIAS S/N
N.I.G: 47186 34 4 2006 0101566 MODELO: 46050
RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0001541 /2006
Materia: DESEMPLEO
Recurrente: INSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO
Recurrido: Benjamín
JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JDO. DE LO SOCIAL N. 1 de ZAMORA DEMANDA 0000143 /2006
Ilmos. Sres.:
D. GABRIEL COULLAUT ARIÑO
Presidente
D. MANUEL Mª BENITO LOPEZ
D. JOSE MANUEL RIESCO IGLESIAS
En VALLADOLID, a dieciocho de octubre de dos mil seis.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sede de Valladolid, compuesta por los Ilmos. Sres. anteriormente citados, ha dictado la siguiente
SENTENCIA
En el Recurso de Suplicación núm. 1.541/2006, interpuesto por INSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO-SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL contra la Sentencia del Juzgado de lo Social de Zamora, de fecha 6 de Junio de 2.006, (Autos núm. 143/2006), dictada a virtud de demanda promovida por DON Benjamín contra la Entidad recurrente, sobre DESEMPLEO.
Ha actuado como Ponente el Iltmo. Sr. DON JOSE MANUEL RIESCO IGLESIAS.ANTECEDENTES DE HECHO
Con fecha 24 de enero de 2.006 se presentó en el Juzgado de lo Social de Zamora demanda formulada por la parte actora, en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el Suplico de la misma. Admitida la demanda y celebrado el juicio, se dictó Sentencia estimando referida demanda.
En referida Sentencia y como Hechos Probados figuran los siguientes: "PRIMERO.- El actor, D. Benjamín , nacido en 22/12/61 y afiliado a la Seguridad Social bajo el nº NUM000 , e incluido en el Régimen General, fue declarado afecto de Incapacidad Permanente PARCIAL, para su profesión de Peón Forestal, derivada de accidente de trabajo, por Resolución de la Dirección Provincial del INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, de fecha 27/9/01, conformada por Sentencia de 23/10/02 , con las oportunas consecuencias económicas, y con cargo a la MUTUA DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES Nº 275 (FRATERNIDAD-MUPRESPA); Con posterioridad, el interesado solicitó la revisión por agravamiento del referido grado, que le sería denegada en sede administrativa, y por Sentencia de este Juzgado de 30/6/03 (Autos 203/04 ), a su vez, revocada por la Sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia, de 19/11/04 , que declaraba al interesado afecto de Incapacidad Permanente total, derivada de accidente de trabajo, con efectos del 27/11/03 y derecho al percibo de una pensión vitalicia, en cuantía mensual básica del 55% de una base reguladora de 688,58 Euros.- SEGUNDO.- tras su inicial declaración de Incapacidad Permanente, el actor estuvo prestando servicios por cuenta del EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALCAÑICES, como peón de oficios varios, desde el 26/7 al 23/10/01; del 26/6 al 25/9/02; del 14/10 al 20/12/02; del 27/12/02 al 26/3/03; del 4/8 al 1/11/03; y, del 12/7 al 11/12/04, al término de cuyo contrato solicitó el subsidio por desempleo, al reunir más de 6 meses de cotización, que le fue reconocido, con efectos del 12/12/04, y, sobre un período ocupacional cotizado de 243 días, posteriormente revocado, por Resolución de 25/2/05, al superar los ingresos procedentes de la pensión de Incapacidad del 75% del SMI, restituyendo el interesado lo percibido en concepto de subsidio desde el 12/12/04 al 31/1/05.- TERCERO.- Empleado nuevamente por el Ayuntamiento de Alcañices, como peón de oficios varios, desde el 30/6 al 29/11/05, el interesado solicitó la prestación por desempleo, que le sería denegada por Resolución de la Dirección Provincial del INSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO-SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL, de...
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