STSJ Andalucía 2374/2005, 20 de Octubre de 2005
Ponente | FRANCISCO JAVIER VELA TORRES |
ECLI | ES:TSJAND:2005:1711 |
Número de Recurso | 1305/2005 |
Procedimiento | SOCIAL |
Número de Resolución | 2374/2005 |
Fecha de Resolución | 20 de Octubre de 2005 |
Emisor | Sala de lo Social |
SENTENCIA
En el recurso de Suplicación interpuesto por el Instituto Nacional de Empleo contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número de Málaga, ha sido ponente el Iltmo. Sr. D. FRANCISCO JAVIER VELA TORRES.
Que según consta en autos se presentó demanda por D. Carlos Jesús sobre desempleo siendo demandado el Instituto Nacional de Empleo y el Instituto Nacional de la Seguridad Social habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 29.6.2004 en los términos que se recogen en su parte dispositiva.
En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:
Por resolución del INSS de fecha 9.4.01 se denegaron a D. Carlos Jesús prestaciones por invalidez permanente.
Por sentencia del Juzgado de lo Social nº 3 de Málaga de fecha 17.1.02 se declaró a D. Carlos Jesús en situación de incapacidad permanente total para su profesión habitual, siendo los efectos económicos de
6.2.01.
El actor interpone recurso de suplicación contra la anterior resolución judicial que fue desestimado porsentencia de la Sala de lo Social en Málaga del TSJA de fecha 3.5.02 .
El actor que había permanecido en situación de Incapacidad Temporal fue dado de alta en fecha
9.04.01.
El actor solicitó del INEM prestaciones por desempleo que le fueron reconocidas por un total de 300 días, correspondientes al periodo 18.4.01 a 17.2.02, con arreglo a una base reguladora diaria a 7.155 ptas.
Por resolución del INSS de fecha 27.6.02 se procedió al reconocimiento de pensión en virtud de sentencia, efectuándose el abono de la Invalidez Permanente Total por el periodo 6.2.01 a 30.6.02 por importe de 3.879,85 y un descuento del I.T. del período 6.2.01 por 2.442,51 €.
Por resolución del INEM de fecha 9.6.03 se comunica al actor la percepción indebida de prestaciones por desempleo por importe de 8.118,47 € correspondiente al periodo 18.4.01 a 17.02.02, por motivo de: percibir pensión de incapacidad permanente total, incompatible con prestación por desempleo.
Con fecha 4.7.03 el actor formuló petición de acuerdo en valor de reclamación previa.
La demanda se presentó el día 3.9.03.
Que contra dicha sentencia anunció Recurso de Suplicación el Instituto Nacional de Empleo, recurso que formalizó, siendo impugnado de contrario por D. Carlos Jesús . Recibidos los autos en este Tribunal se proveyó el pase de los mismos a ponente para su examen y resolución.
La sentencia de instancia de instancia estima la demanda promovida por el actor y declara el derecho del mismo a optar por las...
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