SAP Santa Cruz de Tenerife 130/2005, 11 de Marzo de 2005

PonenteCONCEPCION MACARENA GONZALEZ DELGADO
ECLIES:APTF:2005:534
Número de Recurso75/2005
Número de Resolución130/2005
Fecha de Resolución11 de Marzo de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Santa Cruz de Tenerife, Sección 3ª

SENTENCIA NÚM. 130/05

Iltmos. Sres.

Presidente:

D. José Antonio González González Magistrados:

Dª. Macarena González Delgado (Ponente)

Dª. Maria del Carmen Padilla Marquez

En Santa Cruz de Tenerife, a once de marzo de dos mil cinco

Visto por los Ilmos. Sres. Magistrados arriba expresados, en grado de apelación, el recurso interpuesto por la parte demandante y codemandada, contra la Sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia núm.cuatro de La Laguna, en autos de Juicio de Menor Cuantia nº 409 , seguidos a instancias del Procurador Doña Rosario Hernandez Hernandez bajo la dirección del Letrado Don Carlos Alvarez Diaz en nombre y representación de " DIRECCION000 " , contra la E. M. American Properties, S.A. , representado por el Procurador Doña Carmen Luisa Cruz Nuñez , bajo la dirección del Letrado Don Martin A. Fajardo Arroyo, contra Don Juan , representado por el Procurador Don Claudio Garcia del Castillo y bajo la direccion del Letrado Don Martin A. Fajardo Arroyo y contra Don Everardo , representado por la Procuradora Doña Pilar Reboso Machin y bajo la direccion del Letrado Don Martin A. Fajardo Arroyo han pronunciado, en nombre de S.M. el Rey, la presente Sentencia, siendo Ponente la Ilma. Sra. Doña Macarena González Delgado Magistrado de esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, con base en los siguientes,

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En los autos y por el referido Juzgado se dictó Sentencia de fecha , cuya parte dispositiva, -literalmente copiada-, dice así: " Que debo estimar y estimo parcialmente la demanda interpuesta porla Procuradora Doña Rosario Hernandez Hernandez, actuando en nomre y representacion de la Comunidad de Propietarios Edificio La Palmera, contra la E. M. American Properties, S.A. , contra don Juan y contra don Everardo declarando que la entidad mercantil American Properties, S,A, está obligado a realizar a su costa las obras de reparacion oportunas con inspeccion tecnica, para subsanar el problema de costa las obras de reparacion oportunas con inspeccion técnica , para subsanar el problema de humedades, fisuras, etc. descritos en el informe arquitectonico que se adjunto como documento num. 3 de la demanda, y en consecuencia se le condena a realizarlas garantizando su trabajo; y , alternativamente con la condena anterior, caso de no verificar el arreglo a su costa, se le condena a indemnizar a la comunidad de propietarios actora por el importe a que asciende el total arreglo del edificio, el cual se determinará en ejecucion de sentencia; absolviendo a don Juan y a don Everardo de todos los pedimentos formulados en su contra.

En cuanto a las costas procesales causadas en esta primera instancia, respecto de la demanda interpuesta por la Comunidad de Propietarios del Edificio La Palmera contra la entidad mercantil American Properties, S.A., se condena a ésta última a su integro pago; y respecto de la demanda interpuesta por lacitada comunidad de propietarios contra Don Juan y contra don Everardo , se condena a aquella a que satisfaga las costas causadas a los mismos..".

SEGUNDO

Notificada la sentencia a las partes en legal forma, se interpuso recurso de apelación por la representación de la parte demandante y codemandada E.

M. American Properties, S.A. ; tramitándose conforme a lo previsto en los artículos 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil , presentando escrito de oposicion la representacion de la "Comunidad de Propietarios Edif. La Palmera" , y remitiéndose con posterioridad los autos a esta Audiencia Provincial, con emplazamiento de las partes por término de treinta días.

TERCERO

Que recibidos los autos en esta Sección Tercera se acordó formar el correspondiente Rollo, y se designó como Ponente a la Ilma. Sra. Magistrado Dª Macarena González Delgado; personándose oportunamente la parte apelante " Comunidad de Propietarios Edif. La Palmera,S.A." por medio del Procurador Doña Gloria Oramas Reyes, bajo la dirección del Letrado Don Carlos Alvarez Diaz , y sin que se haya personado el otro apelante " American Properties, S.A." ni la parte apelada ; señalándose para votación y fallo el día siete de marzo del corriente año.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales que le rigen.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Contra la sentencia que estima la demanda parcialmente se alza el recurso de la demandada impugnado los pronunciamientos referidos a la estimación de la demanda respecto de la misma así como el recurso de la actora que impugna el pronunciamiento referido a la imposición de las costas del procedimiento.

En el recurso interpuesto por la representación de la entidad American Properties SA se solicita la nulidad de actuaciones alegándose la vulneración de los arts. 680 y 684 de la LEC de 1881 al tenerse por precluido el derecho a contestar la demanda sin que se hubiera emplazado al demandado Sr. Juan , alegando que el citado art. 684 establece un plazo común para contestar la demanda, debiendo estimarse remitido al art. 529 de la LEC de 1881 , por lo que el plazo de contestación debía de comenzar a contarse desde el día siguiente al del último emplazamiento de los demandados. Cierto es que la doctrina jurisprudencial viene decantándose por esa solución y...

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