SAP Murcia 174/2006, 17 de Junio de 2006
Ponente | JUAN ANTONIO JOVER COY |
ECLI | ES:APMU:2006:1381 |
Número de Recurso | 8/2006 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 174/2006 |
Fecha de Resolución | 17 de Junio de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Murcia, Sección 4ª |
SENTENCIA Nº 174
En la ciudad de Murcia, a diecisiete de junio de dos mil seis.
La Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial ha visto en grado de apelación los autos de Juicio Verbal procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Murcia y seguidos ante el mismo con el nº 498/05 , -rollo nº 8/06-, entre las partes, actora, Dª Cecilia , mayor de edad, casada, vecina de Murcia, con domicilio en Javalí Viejo, CALLE000 , nº NUM000 - NUM001 , con D.N.I. nº NUM002 , representada por el Procurador Sr. Jiménez-Cervantes Hernández-Gil y dirigida por el Letrado Sr. Pérez Mäs; y demandada, Caja Rural Intermediterránea S.C.C. (Cajamar), con domicilio social en Almería, Plaza de Barcelona nº 5, con C.I.F. nº F- 04.00147-5, representada por el Procurador Sr. Jiménez Martínez y dirigida por el Letrado Sr. Marín Mota.
Versando sobre reclamación de cantidad.Los referidos autos penden ante esta Audiencia Provincial en virtud de recurso de apelación interpuesto por Dª. Cecilia contra la sentencia de 19 de septiembre de 2005, dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Murcia ; siendo ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Juan Antonio Jover Coy, que expresa el parecer de la Sala.
La expresada resolución contiene el siguiente fallo:
"Estimando en parte la demanda interpuesta por Dª. Cecilia contra Caja Rural Intermediterránea debo:
-
) Condenar y condeno a la demandada que pague a la actora la cantidad de 785,86 euros.
-
) Cada parte pagará sus costas y las comunes por mitad".
Contra dicha sentencia interpuso Dª. Cecilia recurso de apelación, que tras tenerse por preparado fue formalizado conforme a lo dispuesto en los artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuic. Civil .
Seguidamente se remitieron las actuaciones a esta Audiencia Provincial, donde se formó el correspondiente rollo, con el nº 8/06, y se señaló el 16 de junio de 2006 para que tuviera lugar la votación y fallo del recurso, tras lo cual quedó éste visto para sentencia.
En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.
Se aceptan los de la sentencia apelada.
Dª. Cecilia interpuso demanda de Juicio Verbal solicitando que se condenara a la mercantil Caja Rural Intermediterránea S.C.C. (Cajamar) a pagar a la actora la cantidad de 1.935,45 euros, más intereses legales, al fijar en dicha cantidad la totalidad de los perjuicios sufridos por la Sra. Cecilia a consecuencia del incumplimiento por Cajamar de las obligaciones derivadas del préstamo hipotecario nº NUM003 a través de la oficina de la calle Saavedra Fajardo, de Murcia, formalizado en escritura otorgada ante el Notario D. César Pascual de la Parte con el nº 1928 de protocolo.
La cantidad reclamada correspondía a intereses del préstamo (756,27 euros), intereses de demora (30,38 euros), impuesto de cancelación (219,37 euros), registro de cancelación (84,90 euros), gestión de cancelación (102,17 euros), plusvalía (363,48 euros), gastos de registro de herencia (108,04 euros) y gastos de Notaría (270,84 euros).
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