SAP Murcia 117/2005, 3 de Mayo de 2005

PonenteJUAN ANTONIO JOVER COY
ECLIES:APMU:2005:3109
Número de Recurso17/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución117/2005
Fecha de Resolución 3 de Mayo de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 4ª

SENTENCIA: 00117/2005

AUDIENCIA PROVINCIAL Rollo Apelación Civil

SECCION CUARTA nº. 17/2005

MURCIA

Iltmos. Sres.:

D. Carlos Moreno Millán

Presidente

D. Juan Antonio Jover Coy

D. Andrés Pacheco Guevara

Magistrados

SENTENCIA Nº 117

En la ciudad de Murcia, a tres de mayo de dos mil cinco.

La Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial ha visto en grado de apelación los autos de Juicio Verbal procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Totana y seguidos ante el mismo con el nº 397/2003, -rollo nº 17/05-, entre las partes, actora, D. Juan Pedro , mayor de edad, casado, vecino de Librilla, con domicilio en CALLE000 , nº NUM000 , NUM001 , con D.N.I. nº NUM002 , representado en el Juzgado por el Procurador Sr. Rubio Luján y en la Audiencia por la Procuradora Sra. Bañón Arias, y dirigido por el Letrado Sr. Fernández Baraza; y demandados, D. Juan Carlos , mayor de edad, vecino de Barqueros, con domicilio en CALLE001 nº NUM003 , con D.N.I. nº NUM004 , y Groupama, Seguros y Reaseguros S.A., con domicilio social en Madrid, calle Ramírez de Arellano nº 37, con C.I.F. nº A-30014831, representados por el Procurador Sr. Jiménez-Cervantes Nicolás y dirigidos por el Letrado Sr. Arques Perpiñán. Versando sobre reclamación de cantidad derivada de accidente de tráfico.

Los referidos autos penden ante esta Audiencia Provincial en virtud de recurso de apelación interpuesto por los demandados contra la sentencia de 15 de febrero de 2004, dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Totana; siendo ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Juan Antonio Jover Coy, que expresa el parecer de la Sala.ANTECEDENTES DE HECHO

Primero

La expresada resolución contiene el siguiente fallo:

"Que debo estimar y estimo la demanda presentada por el Procurador de los Tribunales Sr. Rubio Luján en nombre y representación de D. Juan Pedro contra la compañía Juan Carlos Y GROUPAMA en su consecuencia, debo condenar y condeno a los demandados a abonar al actor, la suma de 1.741,44 euros, (MIL SETECIENTOS CUARENTA Y UN EURO CON CUARENTA Y CUATRO CÉNTIMOS), así como al pago del interés legal del dinero aumentado en un 50% en su tipo respecto de la aseguradora, que se aplicará a dicha cantidad, computado desde la fecha del siniestro. Se condena expresamente en costas a los demandados".

Segundo

Contra dicha sentencia se interpuso por los demandados recurso de apelación, que tras tenerse por preparado fue formalizado conforme a lo dispuesto en los artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuic . Civil.

Tercero

Seguidamente se remitieron los autos a esta Audiencia Provincial, donde se formó el correspondiente rollo, con el nº 17/2005 , y tras la votación y fallo quedó el recurso visto para sentencia.

Cuarto

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

D. Juan Pedro interpuso demanda de Juicio Verbal solicitando que se condenara solidariamente a D. Juan Carlos y a Groupama Seguros y Reaseguros S.A. a pagar al actor la cantidad de

1.741,44 euros por los daños materiales sufridos en el vehículo matrícula GO-....-GL , perteneciente a D. Matías , cuya reparación fue satisfecha por el actor.

Tales daños se produjeron en el vehículo Jeep Cherokee, matrícula GO-....-GL , el día 27 de mayo...

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