STSJ Cataluña 6049/2007, 18 de Septiembre de 2007

PonenteFRANCISCO JAVIER SANZ MARCOS
ECLIES:TSJCAT:2007:9470
Número de Recurso3229/2007
Número de Resolución6049/2007
Fecha de Resolución18 de Septiembre de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA núm. 6049/2007

En el recurso de suplicación interpuesto por Bernardo frente a la Sentencia del Juzgado Social 1 Barcelona de fecha 19 de diciembre de 2006 dictada en el procedimiento Demandas nº 697/2006 y siendo recurrido Don Bordillo S.L.. Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. FRANCISCO JAVIER SANZ MARCOS.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 3 de octubre de 2006 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Despido en general, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 19 de diciembre de 2006 que contenía el siguiente Fallo:

"Que desestimando la demanda interpuesta por Bernardo frente a la empresa DON BORDILLO S.L., en reclamación por despido, se absuelve al demandado de los pedimentos de la demanda".

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

" PRIMERO.- El trabajador demandante D. Bernardo ha venido prestando sus servicios en la empresa demandada DON BORDILLO S.L desde el día 29 de agosto de 2.007 , con categoría profesional de Oficial1ª , y salario bruto mensual de 1.721,02 euros, con inclusión de prorrata de pagas extraordinarias.

SEGUNDO

El demandante fue dado de baja en la Seguridad Social por la empresa demandada en fecha 1 de septiembre de 2.006.

TERCERO

En fecha 13 de septiembre remitió el demandante Burofax a la empresa sobre carta de despido.

CUARTO

En fecha 15 de septiembre de 2.006, le fue notificada por la empresa una carta en los siguientes términos: "Barcelona a 15 de septiembre de 2.006. Estimado Sr. En respuesta a su burofax recibido el 14 de septiembre de 2.006, adjunto enviamos copia de la carta de cese de su relación laboral con nuestra empresa por no haber superado el período de prueba. DON BORDILLO S.L Asimismo y reiterando lo dicho el mismo día de la notificación de su cese, le recordamos que tiene a su disposición en nuestras oficinas la liquidación de partes proporcionales y demás emolumentos así como la documentación original preceptiva para la tramitación de las prestaciones de Desempleo. Debido al tipo, de actividad desarrollada por nuestra empresa, rogamos nos notifique, telefónicamente (tlf. 618294004) o mediante burofax al domicilio social de la empresa, la fecha exacta de recogida de tal documentación, a fin de poder atenderle correctamente. Finalmente deseamos agradecerle la dedicación y profesionalidad mostradas durante el tiempo que ha prestado servicios en esta empresa. Sin otro particular le saluda atentamente.

QUINTO

El demandante no ostenta cargo sindical ni de representación de los trabajadores, ni lo ha ostentado en el último año.

SEXTO

Presentada papeleta de conciliación ante el S. C.I. de la Delegació Territorial de Barcelona del Departament de Treball en fecha 5 de octubre de 2.006 , se celebró el preceptivo acto el día 6 de noviembre de 2.006 , con el resultado de intentado sin efecto por incomparecencia de la empresa" .

TERCERO

Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte actora , que formalizó dentro de plazo, y que la parte contraria, a la que se dió traslado, no impugnó,elevando los autos a este Tribunal dando lugar al presente rollo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Dirige el actor su primer motivo de recurso (formulado frente a la sentencia que absolvió a la Sociedad demandada de la acción de despido ejercitada en su contra) a interesar la nulidad de la recurrida por "falta de pronunciamiento sobre la fecha en que finaliza la relación laboral del actor con la demandada", pues "únicamente se señala entre los hechos probados...la...de baja...en la Seguridad Social (1 de septiembre de 2006) sin precisar si...coincide con el cese efectivo en la prestación de servicios para la empresa demandada o, por el contrario, éste prosigue prestando servicios hasta la fecha que se postula en la...

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