STSJ Galicia 3635/2008, 10 de Octubre de 2008

PonenteMARIA ANTONIA REY EIBE
ECLIES:TSJGAL:2008:4567
Número de Recurso3566/2008
Número de Resolución3635/2008
Fecha de Resolución10 de Octubre de 2008
EmisorSala de lo Social

sentencia del JDO. DE LO SOCIAL nº 001 de FERROL siendo Ponente la Ilma. Sra. Dña. MARIA ANTONIA REY EIBE.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por el SINDICATO NACIONAL CC.OO DE GALICIA en reclamación de CONFLICTO COLECTIVO siendo demandados LOS LEBREROS GALICIA, SL, LOS LEBREROS,SL. En su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado en autos núm. 0000337 /2008 sentencia con fecha por el Juzgado de referencia que desestimó la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

PRIMERO

A principios del mes de octubre de 2007 el servicio de limpieza de diversas dependencias del Arsenal Militar de Ferrol, del que en su día había resultado adjudicataria la empresa Los Lebreros S.L., se amplió a la dependencia denominada Residencia Logística Sala de Armas.-

SEGUNDO

Con motivo de la ampliación del servicio a prestar la Sra. María Angeles , representante de Los Lebreros S.L., en Ferrol, mantuvo el día 08/10/2007 dos reuniones, una primera con las delegadas de personal de CC.OO. Sras. María Dolores y Yolanda , y otra posterior con la delegada de personal de la CIG Sra. Marí Juana , a las que puso en conocimiento la ampliación del servicio a prestar y la posibilidad de que cambiar destino y ampliarhorario en el nuevo servicio, con la finalidad de que se lo trasmitieran a las trabajadoras que pudieran estar interesadas. El 09/10/2007 se produjo una nueva reunión entre Doña. María Angeles y seis trabajadoras interesadas de las nueve trabajadoras que podían ampliar jornada a la que asistieron también las delegadas de personal de CC.OO. Doña. María Dolores y Yolanda , encontrándose también en la oficina donde se celebraba la Sra. María Consuelo , Administrativa, si bien ésta última no intervino en la reunión. La empresa les planteó la posibilidad existente de ampliar su jornada pasando a prestar servicios en la Sala de Armas si se cambiaba el horario de limpieza de otras zonas de Oficina del horario de mañana en el que se realiza a horario de tarde. Dos de las trabajadoras manifestaron que querían ampliar horario sin cambiar de destino, y las otras cuatro aceptaban en todo caso, una de ellas la Sra. Ana . El cambió a horario de tarde de la limpieza en Oficinas suscitó oposición en aquellas trabajadoras que no deseaban prestar servicios por la tarde y también hubo trabajadoras que no deseaban prestar servicios los fines de semana. Por otra parte, por la empresa Los Lebreros S.L., se planteaba la ampliación de jornada de ser posible el cambio a jornada de tarde de la limpieza de otras dependencias - Oficinas- con el condicionamiento de que debia ser autorizado por la Marina, autorización que no se produjo. Al día siguiente, esto es. El 10/10/2007, Doña. María Consuelo comunicó en nombre de la empresa telefónicamente y de forma individual a cada una de las trabajadoras interesadas que lo que se les había planteado no se iba a realizar porque la limpieza no se podía hacer por la tarde. Finalmente, la empresa Los Lebreros S.L., procedió a efectuar nuevas contrataciones para el servicio de limpieza de la Sala de Armas, si bien Doña. Ana sí pasó a prestar servicios en la Sala de Armas, prestando también servicios de 8 a 9 horas y de 13 a 14 horas en unas dependencias anexas. El horario de limpieza fijado por la Ayudantía Mayor de la Armada para la limpieza de la Residencia Sala de Armas fue el 9:00 a 13_00 horas, de lunes a viernes y también sábados, domingos y festivos con el mismo horario.- TERCERO.- En enero de 2008 las trabajadoras que venían prestando servicios en la Sala de Armas pasaron a estar contratadas finalmente por los Lebreros Galicia S.L., sociedad constituida en junio de 2007. Con fecha 04/01/2008 tuvo entrada en la Unidad de Contratación del Arsenal Militar de Ferrol comunicación escrita poniendo en conocimiento que con fecha 27/12/2007 se había procedido por los Lebreros S.L., a subcontratar con los Lebreros Galicia S.L. En la actualidad vienen prestando servicios en las dependencias de la Sla de Armas un total de 19 trabajadoras.- CUARTO.- Por resolución de la Delegación Provincial de la Consellería de Trabajo de la Xunta de Galicia de 27/08/2007 se ordenó el la inscripción y el depósito del Convenio Colectivo de Limpieza de Edificios y Locales de A Coruña por el que se han de regir las demandadas, así como su publicación en el BOP que lo fue en su núm. 211 de 12/09/2007.- QUINTO.- Se ha celebrado acto de conciliación ante el SMAC en fecha 08/05/08, en virtud de papeleta presentada el 23/04/08, con el resultado de sin avenencia.

TERCERO

Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente:

FALLO

Que desestimando la excepción de falta de litisconsorcio pasivo necesario opuesta a la demanda interpuesta por el...

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