STSJ Comunidad de Madrid 431/2014, 19 de Mayo de 2014

PonenteLUIS GASCON VERA
ECLIES:TSJM:2014:8433
Número de Recurso66/2014
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución431/2014
Fecha de Resolución19 de Mayo de 2014
EmisorSala de lo Social

Tribunal Superior de Justicia de Madrid - Sección nº 05 de lo Social

Domicilio: C/ General Martínez Campos, 27 - 28010

Teléfono: 914931935

Fax: 914931960

34011520

SENTENCIA Nº 431

Ilma. Sra. Dª AURORA DE LA CUEVA ALEU

Presidente

Ilma. Sra. Dª ALICIA CATALÁ PELLÓN

Ilmo. Sr. D. LUIS GASCÓN VERA

-----------------------------------------------------------En Madrid a 19 de mayo de 2014.

Habiendo visto en esta Sección Quinta de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los Ilmos. Srs. citados al margen y

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En la DEMANDA nº 66/2014 presentada por el Letrado CARMEN RODRIGUEZ HERGUETA, en nombre y representación de ALTERNATIVA SINDICAL DE TRABAJADORES (en adelante AST) y Fidel, como miembro de la Comisión Negociadora del ERE y además Presidente del Comité de Empresa de INTRA contra INSTALACIONES Y TRATAMIENTOS SA (INTRA), FOGASA, LANCLIMA, MARJALIZA, TVE Y ALDESA, ha sido Ponente el Ilmo. Sr. D.LUIS GASCÓN VERA.

ANTECEDENTES
PRIMERO

Que con fecha 29 de enero de 2014 tuvo entrada en esta Secretaria demanda interpuesta por la Letrada CARMEN RODRÍGUEZ HERGUETA contra INTRA, FOGASA .

SEGUNDO

Que admitida la demanda a trámite por decreto, y ampliada la demanda contra LANCLIMA, MARJALIZA, TVE Y ALDESA se señaló para los actos de juicio, el día 8 de mayo de 2014 con el resultado que consta en el Acta levantada al efecto.

TERCERO

Que en la tramitación de los presentes autos se han observado los trámites legales.

HECHOS

DECLARADOS PROBADOS

PRIMERO

La sociedad codemandada Instalaciones y Tratamientos S.A. (INTRA), domiciliada en Madrid, calle Caunedo nº 16, se constituyó por tiempo indefinido en escritura de 17 de mayo de 1976, teniendo por objeto el acondicionamiento del aire de toda clase de edificios, tanto en su modalidad de calefacción como de refrigeración, ostentando el cargo de Consejeros Delegados de la mercantil D. Ramón, D. Jose Antonio

, Dña. Delia y Dña. Justa, según consta en escritura otorgada el 18 de noviembre de 2009 (Folio 54 del expediente administrativo y folios 655 a 660 de autos)

SEGUNDO

La sociedad codemandada Lanclima S.L., domiciliada en Madrid Avda. de los Andes nº 23, se constituyó por tiempo indefinido en escritura de 29 de junio de 1994, teniendo por objeto la instalación y mantenimiento de equipos y sistemas de calefacción, aire acondicionado y climatización, así como la adquisición, enajenación y explotación de inmuebles, ostentando el cargo de Presidente del Consejo de Administración Dña. Delia y como Secretario D. Jose Antonio, asumiendo este último la condición de Consejero Delegado según consta en escritura otorgada el 25 de mayo de 2006 (folios 661 a 665 y documento nº 1 del soporte digital de su ramo de prueba).

TERCERO

La sociedad codemandada Marjalifa S.A., siendo su domicilio actual en Madrid calle Andes nº 23, se constituyó por tiempo indefinido en escritura de 27 de enero de 1983, teniendo por objeto el estudio y proyectos de instalaciones agrícolas y su ejecución, así como la instalación, conservación y mantenimiento de sistemas y aparatos de calefacción y aire acondicionado, cuyo consejo de Administración se encuentra integrado por Dña. Arturo, en calidad de Presidente, Dña. Justa, en funciones de Secretaria y Consejera Delegada y D. Edemiro, como vocal (documento nº 4 en soporte digital de su ramo de prueba).

CUARTO

Entre la sociedad Marjalifa S.A. e INTRA suscribieron con fecha de 1 de enero de 2011 contrato de arrendamiento de la oficina sita en Madrid en la calle Caunedo 16, según consta al folio 666, cuyo contenido se tiene por reproducido.

QUINTO

Igualmente consta suscrito contrato de préstamo personal otorgado por INTRA a favor de Marjalifa S.A., con fecha de 1 de abril de 2008, por importe de 256.195,96 euros, que obra al folio 667, cuyo contenido se tiene por reproducido.

SEXTO

Del mismo modo consta suscrito contrato de préstamo personal otorgado por INTRA a favor de Lanclima S.L., con fecha de 1 de abril de 2008, por importe de 177.933,32 euros, que obra al folio 670, cuyo contenido se tiene por reproducido.

SEPTIMO

La empresa INTRA ha venido realizando desde el año 2.008 el servicio de mantenimiento de los Centros y Edificios de la Corporación de Radio y Televisión Española mediante la superación de los correspondientes concursos públicos, acordando con la CRTVE el 5 de junio de 2013, tras sucesivas prórrogas, prolongar hasta el 31 de diciembre de 2013 la vigencia del contrato de fecha 30 de junio de 2010 para el mantenimiento integral de los centros de RTVE en la Comunidad de Madrid (folios 926 y 927)

OCTAVO

En el apartado 5 del acuerdo para la constitución de la Corporación RTVE de fecha 12 de julio de 2006 se establece "La Corporación se compromete a incluir, como un criterio de selección en los concursos públicos o peticiones públicas de ofertas que en el futuro puedan convocarse para la prestación se servicios en la Corporación, la equiparación de condiciones laborales entre los trabajadores de las empresas contratistas y subcontratistas y el personal de la Corporación en las mismas categorías o que desarrollen funciones simulares" (folio 339)

NOVENO

Con fecha de 23 de julio de 2013 se aprueba el Pliego de Condiciones Generales para la contratación del servicio de mantenimiento de las instalaciones de los centros y edificios de la Corporación RTVE en España, expediente NUM000, (en autos a los folios 888 a 900). En el pliego de especificaciones técnicas obrante en autos a los folios 753 a 887, se hace constar como criterio preferente para la adjudicación del proceso de licitación en caso de empate, la subrogación de los trabajadores de las empresas que viniesen prestando el correspondiente servicio de mantenimiento con anterioridad.

DECIMO

Con fecha de 26 de diciembre de 2013 la CRTVE suscribe con la empresa Aldesa Servicios y Mantenimiento S.A. contrato de servicio de mantenimiento de las instalaciones de los centros y edificios de CRTVE en España (folios 928 a 926).

DECIMO PRIMERO

Con fecha de 22 de noviembre de 2013 la empresa INTRA remite a D. Fidel

, Presidente del Comité de Centro INTRA-RTVE MADRID, comunicación con el siguiente tenor " Como sin duda conoce, la Empresa va a sufrir la pérdida del contrato de mantenimiento que tenemos suscrito con la Corporación Radio Televisión Española, (en adelante, el diente o CRTVE) que en la actualidad da ocupación a un total de 80 trabajadores. A lo anterior, ha de sumarse la difícil situación económica por la que atraviesa la Empresa.

Consecuencia de lo anterior es que la Empresa se ve ahora en la necesidad de iniciar un proceso de despido colectivo con el fin de ajustar el volumen de su plantilla a sus necesidades reales de producción, y proceder con ello a la extinción de los contratos de trabajo del personal excedentario adscrito a esa parte concreta de la producción de la Empresa.

Es por ello por lo que, teniendo en cuenta su pertenencia al Comité de Empresa del centro de trabajo de la CRTVE, y dando cumplimiento a lo establecido en el art. 51.2 del ET, en relación con lo dispuesto en el art. 41.4 de ese mismo texto legal y el art. 26 del Real Decreto 1.483/2012, le comunicamos la decisión de la Empresa de proceder al inicio de un procedimiento de despido colectivo que afectará a los trabajadores mencionados.

En la medida en que el procedimiento de despido afecta a un único centro de trabajo, que cuenta con su propio Comité, es por ello por lo que la intervención como interlocutor válido en ese procedimiento le corresponde al indicado Comité, que Ud. preside, que se constituirá a estos efectos como Comisión Negociadora.

Una vez transcurrido el plazo legal (siete días), procederemos al inicio del período de consultas con la entrega en ese momento de la documentación oficial que justifica este procedimiento de despido colectivo. En consecuencia, queda fijada como fecha de inicio del período de consultas el próximo día 2 de diciembre de 2013, quedando emplazado mediante la presente el Comité de Empresa para asistir a nuestras oficinas dicho día a las 10,00 horas, para hacerles entrega de la documentación indicada, oficinas sitas en la Calle Caunedo, 16, de Madrid". (folio 580)

DECIMO SEGUNDO

Con fecha de 2 de diciembre de 2013 la empresa INTRA remite a la Comisión Negociadora carta de apertura del periodo de consultas convocándoles para la primera reunión el día 5 de diciembre de 2013 e informándoles del propósito de la Empresa de iniciar los trámites precisos para la extinción ordenada y colectiva, por razones de índole económica y productiva, de 53 contratos de trabajo al amparo de lo establecido en el artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores . Adjuntándose Informe Técnico y Memoria Explicativa e informándoseles en esta última del número y clasificación profesional de los trabajadores afectados por el despido, del número y clasificación profesional de los trabajadores empleados habitualmente durante el último año, del período previsto para la realización de los despidos y de los criterios tenidos en cuenta para la designación de los trabajadores afectados por aquel. Igualmente se hace entrega de los siguientes documentos: escritura constitución; escritura de nombramientos de Consejeros Delegados y renuncias; comunicación previa al inicio del período de consultas;...

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