STSJ Comunidad de Madrid 480/2014, 2 de Junio de 2014

PonenteMARIA LUZ GARCIA PAREDES
ECLIES:TSJM:2014:8328
Número de Recurso1665/2013
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución480/2014
Fecha de Resolución 2 de Junio de 2014
EmisorSala de lo Social

Tribunal Superior de Justicia de Madrid - Sección nº 4 de lo Social

Domicilio: C/ General Martínez Campos, 27 - 28010

Teléfono: 914931953

Fax: 914931959

34002650

NIG : 28.079.44.4-2011/0006630

Procedimiento Recurso de Suplicación 1665/2013

ORIGEN:

Juzgado de lo Social nº 28 de Madrid 169/2011

Materia : Incapacidad Permanente

J.S.

Sentencia número: 480/2014

Ilmas. Sras:

Dña. MARÍA LUZ GARCÍA PAREDES

Dña. MARÍA DEL CARMEN PRIETO FERNÁNDEZ

Dña. CONCEPCIÓN R. URESTE GARCÍA

En Madrid, a dos de junio de dos mil catorce, habiendo visto en recurso de suplicación los presentes autos la Sección 4 de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por las Ilmas. Sras. citadas, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el Recurso de Suplicación 1665/2013, formalizado por el Sr. Letrado D. Jaime Serrano de los Santos en nombre y representación de D. Germán, contra la sentencia de fecha veintiuno de enero de dos mil trece, dictada por el Juzgado de lo Social nº 28 de Madrid, en sus autos número 169/2011, seguidos a instancia de la parte recurrente frente al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, sobre Incapacidad Permanente, ha sido Magistrado-Ponente la Ilma. Sra. Dña. MARÍA LUZ GARCÍA PAREDES.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación y previa celebración de los oportunos actos de juicio oral, en el que quedaron definitivamente configuradas las respectivas posiciones de las partes, dictó la sentencia referenciada anteriormente.

SEGUNDO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos en calidad de expresamente declarados probados:

"PRIMERO.- El actor, D. Germán, nacido el día NUM000 -57, afiliado a la Seguridad Social, en Régimen General, con el número NUM001 con la profesión habitual de Auxiliar de Servicios tenía reconocida una Incapacidad permanente total para su profesión habitual por Resolución de 17-05-07, por la contingencia de Enfermedad común, con una base reguladora de 506,88 euros con fecha de efectos de 11-05-07. En la misma Resolución se le indica que no reunía el período mínimo de cotización exigido, por lo que la duración máxima de la prestación será de 6 meses. La fecha de extinción fue el 30-11-07.

SEGUNDO

Impugnada dicha Resolución, se dictó sentencia por el Juzgado de lo Social n° 12 de Madrid el 11-03-08 desestimando la demanda, por no tener acreditados los días de carencia legalmente exigidos; señalando el Fallo de la sentencia que el actor debería iniciar un Expediente de determinación de contingencia para determinar que la causa fue un Accidente no laboral.

TERCERO

En fecha 1-04-09 se presentó solicitud para que se determinase si la incapacidad permanente reconocida derivaba de la contingencia de Accidente no laboral. Por Resolución del INSS de 16-06-09 se estimó la revisión administrativa y se declaró el derecho del actor a percibir una pensión del 55% de la Base Reguladora de 531,09 euros, con efectos económicos de 11-05-07; con abono de los atrasos correspondientes.

CUARTO

Formulada Reclamación Previa frente a dicha Resolución, se dictó Resolución por el INSS el día 13-12-10 en la que se estima la misma y se declara al actor afecto de Incapacidad permanente total para la profesión habitual de "Auxiliar de Servicios", por la contingencia de Accidente no laboral, habiéndose objetivado el siguiente cuadro clínico:

"Prostatitis crónica, estenosis ureta bulbar. Portador sonda vesical. EC: Poliartralgia crónica. Rotura FBC muñeca D. 2007. Ec.: HIA, DM 2, Urolitiasis EC. Talalgia, no datos actuales de tumoración en miembro inferior izquierdo (ANL).

QUINTO

Formula demanda el actor para el reconocimiento de una incapacidad permanente absoluta con una prestación del 100% de la Base Reguladora de 531,09 euros.

SEXTO

El actor presenta marcha independiente. Limitación en la movilidad del tobillo izquierdo en flexión plantar y doral. Limitación en la movilidad de la columna lumbar. Lassegue negativo. Movimientos e rotación conservados. Lleva sonda vesical permanente. La sintomatología que representa no es de tipo permanente, sino que cursa con períodos más agudos. Debe evitar tareas de gran esfuerzo físico, mantener una buena higiene postural y favorecer el fortalecimiento de la musculatura lumbar para que los discos intervertebrales estén más...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
2 sentencias
  • STSJ Cataluña 8352/2014, 16 de Diciembre de 2014
    • España
    • 16 Diciembre 2014
    ...laboral (en tal sentido STSJ Castilla León 21-1-2004 -rec.- 1223/2003-, STSJ Cataluña 8-11-2007 -rec. 4069/2006 - y STSJ Madrid 2-6-2014 -rec. 1665/2013 -). Por lo que se ha de estimar que la realidad patológica no anula la capacidad laboral de la actora, siendo su actual situación merament......
  • ATS, 14 de Mayo de 2015
    • España
    • 14 Mayo 2015
    ...por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de fecha 2 de junio de 2014, en el recurso de suplicación número 1665/13 , interpuesto por D. Lucio , frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 28 de los de Madrid de fecha 21 de enero de 2013 , en el pr......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR