STSJ Comunidad de Madrid 503/2014, 9 de Junio de 2014

PonenteLUIS GASCON VERA
ECLIES:TSJM:2014:8265
Número de Recurso287/2014
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución503/2014
Fecha de Resolución 9 de Junio de 2014
EmisorSala de lo Social

Tribunal Superior de Justicia de Madrid - Sección nº 05 de lo Social

Domicilio: C/ General Martínez Campos, 27 - 28010

Teléfono: 914931935

Fax: 914931960

34002650

Sentencia nº 503

ILMA. SRA. Dª. AURORA DE LA CUEVA ALEU

PRESIDENTE

ILMA. SRA. Dª. ALICIA CATALÁ PELLÓN

ILMO. SR. D. LUIS GASCÓN VERA

En Madrid, a nueve de junio de dos mil catorce.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A Nº 503

En el recurso de suplicación nº 287/2014, interpuesto por UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE MADRID, representada por el Abogado del Estado contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social Número 24 de los de Madrid, en autos núm. 948/2013, siendo recurrido FEDERACIÓN REGIONAL DE ENSEÑANZA DE CCOO, representado por la Letrada Dª. Ana Colomera Ortiz y FEDERACIÓN DE TRABAJADORES DE LA ENSEÑANZA DE UGT, FETE-UGT, representada por el Letrado D. Joaquín Chávarri Andrés. Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. D. LUIS GASCÓN VERA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el Juzgado de lo Social de procedencia tuvo entrada demanda suscrita por Federación Regional de Enseñanza de CCOO contra CSI- CSIF, FETE-UGT y Universidad Politécnica de Madrid, en reclamación de conflicto colectivo, en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el suplico de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio, se dictó sentencia con fecha diecisiete de diciembre de dos mil trece, en los términos que se expresan en el fallo de dicha resolución.

SEGUNDO

En dicha sentencia, y como HECHOS PROBADOS, se declaraban los siguientes:

PRIMERO

El presente conflicto colectivo presentado por la FEDERACIÓN REGIONAL DE ENSEÑANZA DE CCOO, Sindicato que tiene la condición legal de sindicato con mayor representatividad conforme al artículo 6 de la LOLS, siendo el sindicato con notoria implantación en el centro de trabajo de la UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE MADRID afecta a las trabajadoras que prestan servicios como personal docente e investigador laboral, de la Universidad Politécnica de Madrid, a las que les es de aplicación el I Convenio Colectivo de Personal Docente e Investigador Laboral de las Universidades Públicas Madrileñas (BOCM de 12/7/2.003).

SEGUNDO

El punto Sexto del Capítulo III (Salud Laboral) del Anexo (Acuerdo General sobre Formación, Acción social, Salud Laboral y Derechos sindicales) del I Convenio del Personal Docente e Investigador con vinculación Laboral de las Universidades Públicas Madrileñas, publicado en el boletín oficial de la comunidad de Madrid de 12 julio 2003, dispone lo siguiente:

"SEXTO. Revisiones Médicas y Orientación sobre Planificación Familiar.

  1. Se practicarán los siguientes reconocimientos médicos.

  1. Una vez al año para todo el personal.

  2. Periódicos y específicos al personal que por su actividad se crea necesario por los Servicios Médicos.

  3. A todo trabajador con más de 30 días de baja por enfermedad o antes de incorporarse al puesto

    de trabajo.

  4. A todo el personal de nuevo ingreso antes de incorporarse al puesto de trabajo.

    Con carácter general, las Universidades orientarán a los trabajadores en los siguientes aspectos:

    a)Planificación familiar.

    b)Consejo genético.

  5. Consejo prenatal.

    Asimismo se realizará un control preventivo sanitario que habrá de efectuarse anualmente y facilitará la revisión ginecológica de las trabajadoras que lo soliciten.

TERCERO

En la página web de la Universidad politécnica de Madrid, en el apartado relativo a la prevención de riesgos laborales y vigilancia de la salud de los trabajadores se dispone lo siguiente:

VIGILANCIA DE LA SALUD:

La medicina del trabajo es la especialidad preventiva encargada de realizar la vigilancia y control de la salud de los trabajadores en función de los riesgos específicos a los que están sometidos en su lugar de trabajo.

Tal y como establece la normativa de prevención, la Universidad, a través del servicio de vigilancia de la salud que tiene concertado con una entidad acreditada, garantiza a sus empleados la realización de los siguientes exámenes de salud.

.Un reconocimiento inicial y al personal de nuevo ingreso o después de la asignación de tareas con nuevos riesgos para la salud.

.Un reconocimiento al personal que reanude su actividad tras una ausencia prolongada por motivos de salud.

.Un reconocimiento a intervalos periódicos a lodo su personal.

En los reconocimientos se realizan las pruebas médicas de carácter general (historia clínica-laboral, exploración general, analíticas) y las exploraciones específicas que resulte de aplicación según los protocolos establecidos por las autoridades sanitarias para los riesgos a los que esté expuesto el personal de la UPM

Los reconocimientos tienen carácter voluntario para el trabajador, a no ser que concurra alguna de las siguientes circunstancias:

.La existencia de una disposición legal con relación a la percepción de riesgos específicos y actividades especial peligrosidad.

.Que los reconocimientos sean indispensables para evaluar los efectos de las condiciones de trabajo sobre la salud de los trabajadores.

.El estado de salud del trabajador pueda constituir un peligro para el mismo o para terceros.

Todas las pruebas médicas se llevan a cabo respetando siempre el derecho a la intimidad y a la dignidad de la persona y la confidencialidad de toda la información relacionada con su estado de salud. Los informes con los resultados de los reconocimientos se comunican al propio trabajador. La Universidad sólo recibe información en relación con la actitud del trabajador para el desempeño de su puesto (apto, apto con restricciones, no apto) con la finalidad de realizar las adaptaciones como límite a fines de tareas recomendadas, en su caso, por el médico del trabajo.

Además de las citados reconocimientos, UPM, anualmente realiza:

La campaña de vacunación antigripal,

La revisión ginecológica".

CUARTO

En sesión extraordinaria del Consejo de Gobierno de la Universidad Politécnica celebrada, previa convocatoria el día 24/09/12, se adoptaron válidamente los siguientes acuerdos:

Supresión de la convocatoria de acción social para 2012 (ahorro de 1.398.661 # 13.

La parte incremento del 13% al 20 o 25%, a partir del uno de diciembre del dos, tal como se detalla a continuación(% UPM/% Centro/ % Departamento):

Títulos propios presenciales: 25 %( 12+3/7/3).

Títulos propios on-line GATE: 25% (16+3/3/3).

Proyectos I+D art. 83:20%(8/8/4).

Proyectos europeos:20% (08/08/04).

Proyectos institucionales:

.De Rectorado desarrollado fuera de la UPM: 25% (25/0/0)

. De Rectorado desarrollado en la UPM: 25% (13/8/4).

.De centro: 25% (12/9/4).

.De Departamento: 25% (12/04/09).

Modificación de estos cánones por posibles reducciones:

.Reducción del canon por contratación PIF al 12% (05/05/02).

.Reducción del canon por contratación de jóvenes doctores al 15% (06/06/03).

Reducción del canon por gastos en equipos de más de 100.000 # al 15% (08/06/0 1).

. Supresión de los complementos a ex cargos de la UPM (en 2012 33.288 #) (en 2013: 133.152#).

. Transformación de la dedicación del profesorado interino no acreditado, con un año o más de contrato, de tiempo completo a tiempo parcial (6 + 6) (en 2012: 705.285 #, en 2013: 2.821.140#).

Supresión de la ayuda para vestuario al PAS Laboral ( en 2.012: 314.549,96 #, en 2013: 314.549,96#).

Reducción de 110.000 # en las acciones del plan de formación.

Retención de 1 millón de euros en el capítulo dos de presupuesto de centros y rectorado.

Reducción de 11 33,33% de las ayudas a la delegación de alumnos, asociaciones estudiantiles, a sociales sindicales y asociaciones de jubilados (entre 1012: 87.787,87 #, en 2013: 87.787,87 #).

Reducciones del mes 13, de un 20% del crédito presupuestario para becas (en 2013: 1.920.000 #).

Reducción de un 47, 5% del gasto en actividades culturales y deportivas (entre 1013: 102.572,39 #).

Reducción de la duración de las comisiones para la lectura de tesis y concursos, a lo estrictamente necesario (en 2012: 162.000 #, en 2013: 243.000 #).

Limitar el número de extranjeros en los tribunales de lecturas de tesis, convención de doctorado europeo, al mínimo exigido.

Cierre del rectorado, escuelas y facultades tres o cuatro semanas en los periodos vacacionales, permitiendo el acceso a quienes lo soliciten por motivos de trabajo (en 2012 68.350#, en 2013 273.000 #).

Supresión del uso de taxi en los recorridos en Madrid en aquellos casos en los que existan alternativas del transporte público (en 2012: 1000 #, en 2013: 1500 #). Limitación de la reposición de fondos por anticipo de caja fija. Supresión de la concesión de prórrogas de la edad de jubilación más allá de los 65 años, para el personal funcionario, excepto en lo que marque la ley.

QUINTO

En la sesión extraordinaria del Consejo de gobierno de la Universidad politécnica de Madrid celebrada, previa convocatoria, el día 9 marzo 2013 se adoptaron válidamente los siguientes acuerdos:

Personal Docente e Investigador:

  1. Amortización, a 31 julio 2013, que las plazas ocupadas interinamente por aquellas personas de 65 años o más.

  2. Reducción, con efectos de un enlace donde 13, de un 5% del complemento por cargo académico al Rector, Vicerrectores, Secretaria General, Director de gabinete del Rector, Defensora Universitaria, adjuntos al Rector, Directores/Decanos, adjuntos al Vicerrector y Defensor Universitario de aquellas figuras que mediante resolución rectora se encuentre asimiladas a lo publicado el real decreto 1086/1989 (BOE de 28 agosto).

  3. En consonancia con lo establecido en el apartado ocho del artículo 32 de la ley siete/2012 y 26 diciembre de presupuestos generales de la...

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