STSJ Murcia 1137/2007, 15 de Octubre de 2007
Ponente | RUBEN ANTONIO JIMENEZ FERNANDEZ |
ECLI | ES:TSJMU:2007:2600 |
Número de Recurso | 1001/2007 |
Número de Resolución | 1137/2007 |
Fecha de Resolución | 15 de Octubre de 2007 |
Emisor | Sala de lo Social |
SENTENCIA: 01137/2007
ROLLO Nº: RSU 01001/2007
SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE MURCIA
En la ciudad de Murcia, a quince de Octubre de dos mil siete.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Murcia formada por el Iltmo. Sr. Presidente D. JOSÉ LUIS ALONSO SAURA, y los Iltmos. Sres. Magistrados, D. RUBÉN ANTONIO JIMÉNEZ FERNÁNDEZ y D. JOAQUÍN ÁNGEL DE DOMINGO MARTÍNEZ, ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente:
SENTENCIA
En el recurso de suplicación interpuesto por don Bartolomé , contra la sentencia número 0159/2007 del Juzgado de lo Social número 3 de Murcia, de fecha 9 de abril, dictada en proceso número 0910/2006, sobre incapacidad, y entablado por don Bartolomé frente a Instituto Nacional de la Seguridad Social.
Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. RUBÉN ANTONIO JIMÉNEZ FERNÁNDEZ, quien expresa el criterio de la Sala.
La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figuran declarados los siguientes hechos probados: "PRIMERO.- El actor don Bartolomé , nacido el día 8 de mayo de 1967, por sentencia del Tribunal Superior de Justicia de fecha 25 de septiembre de 2003 fue declarado en situación de incapacidad permanente total para su profesión habitual de trabajador autónomo, Cerrajero, por padecer las siguientes dolencias: episodio de cervicobraquialgia derecha; mínima protrusión C4-C5 sin alteración de hombro, sin contractura muscular, abducción activa 140°. En los fundamentos de la citada sentencia se hacía constar lo siguiente: En el fundamento tercero se hacía constar el resultado del informe pericial privado practicado en el acto del juicio, diciendo "concluyendono agotamiento de medidas terapéuticas del proceso patológico diagnosticado en hombro derecho. Y que el actor estaba limitado para actividades que requieran separación y elevación de la extremidad superior dada la capsulitis del HD, causa de deficiencias funcionales que aumentan progresivamente con actividades dinámicas y posturales repetidas susceptibles de clínica de reparación quirúrgica.
Siendo también de aceptar, dado lo antecedente, la situación clínica patológica propuesta, sin alta médica en la fecha de agotamiento de la incapacidad temporal".
En el fundamento cuarto se hacía referencia ante esos antecedentes del actor descritos que:..... "Sin
perjuicio de posterior calificación, por intervención quirúrgica y mejoría, causalizan discapacidad global para llevar a cabo las fundamentales tareas que le son exigidas...".
Iniciada revisión de oficio, el actor fue sometido a reconocimiento médico para valoración de su situación, emitiéndose Informe Médico de Síntesis con fecha de 23-5-06, en el que se hace constar que el actor presenta las siguientes dolencias: Antecedentes: cervicobraquialgia derecha; RMN cervical: mínima protrusión discal C4-C5; hombro normal; EMG normal; diagnóstico clínico de capsulitis hombro derecho y susceptible de cirugía, con limitación dolorosa de movimientos activos del hombro. Actualmente: No ha precisado cirugía ni tratamiento especializado en hombro derecho; balance articular hombro derecho: abducción activa: 170°; anterversión activa 170°, retroversión y rotaciones completas. Balance Muscular conservado; Dolor ocasional que trata con analgésicos. No se objetiva limitación funcional susceptible de incapacidad permanente en ninguno de sus grados. TERCERO.- Por el Equipo de Valoración de Incapacidades en 29 de Mayo de 2006 ha elevado propuesta de inexistencia de incapacidad permanente en ninguno de sus grados (mejoría) que por resolución de la Dirección Provincial del INSS, de 3 1-7-06, se elevó a definitiva. CUARTO.- La base reguladora de la prestación solicitada asciende a 612,41 €. QUINTO.-El actor actualmente presenta las mismas dolencias reflejadas en el actual informe médico de síntesis, relatado en el hecho probado segundo. El 20-9-06 fue tratado en el SMS por presentar reagudización de dolor en hombro derecho. SEXTO.- Ha quedado agotada la vía administrativa previa"; y el fallo fue del tenor siguiente: "Que desestimando la demanda formulada por don Bartolomé , contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), debo declarar y declaro no haber lugar a la demanda absolviendo a la parte demandada de dicha demanda, y confirmando la resolución administrativa impugnada".
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por el Letrado don Cristóbal Hernández Muñoz, en representación de la parte demandante, sin impugnación de contrario.
FUNDAMENTO PRIMERO.- La sentencia de fecha del 2007, dictada por el Juzgado de lo Social nº 3 de Murcia en los autos 910/06 , desestimó la demanda formulada por D. Bartolomé...
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