STSJ Murcia 663/2007, 21 de Mayo de 2007
Ponente | JOAQUIN ANGEL DE DOMINGO MARTINEZ |
ECLI | ES:TSJMU:2007:551 |
Número de Recurso | 567/2007 |
Número de Resolución | 663/2007 |
Fecha de Resolución | 21 de Mayo de 2007 |
Emisor | Sala de lo Social |
SENTENCIA
En el recurso de suplicación interpuesto por don Jesús , contra la sentencia número (no consta) del Juzgado de lo Social número 2 de Cartagena, de fecha 30 de noviembre de 2006, dictada en proceso número 0690/2006, sobre accidente de trabajo, y entablado por don Jesús frente a Instituto Nacional de la Seguridad Social.
Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOAQUÍN ÁNGEL DE DOMINGO MARTÍNEZ, quien expresa el criterio de la Sala.
La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figuran declarados los siguientes hechos probados: "PRIMERO. El demandante, D. Jesús , nacido el día 8 de may de 1961, se encuentra afiliado a la Seguridad Social con el no NUM000 y ha sido alta en el Régimen General, por la realización de las tareas propias de su profesión habitual de "operador de planta química". SEGUNDO. El demandante solicitó en fecha 6 de febrero de 2006 prestación de incapacidad permanente total para su profesión habitual. El informe médico de síntesis es de fecha 8 de marzo de 2006; y el dictamen propuesta del EVI es de fecha 9 de marzo de 2006. TERCERO. El INSS, enresolución de fecha 21 de marzo de 2006, declaró inexistencia de incapacidad permanente, en ninguno de sus grados. CUARTO. Disconforme con la anterior resolución, el demandante presenta reclamación administrativa previa, en la que solicitaba que se le reconociera la situación de incapacidad Permanente Total para la profesión habitual derivada de Accidente no laboral, siendo desestimada por nueva resolución del INSS de fecha 13 de junio de 2006. QUINTO. El demandante padece las siguientes dolencias y secuelas: fractura proximal de humero izquierdo (agosto de 2004), infección postquirúrgica, retirada de material de osteosíntesis en mayo de 2005, oxonotmesis parcial del nervio circunflejo izquierdo; movilidad del hombro izquierdo limitada en menos del 50% en su conjunto. SEXTO. El demandante es diestro. SÉPTIMO. La base reguladora mensual de la prestación que se insta ascendería 1523,91 euros"; y el fallo fue del tenor siguiente: "Que desestimo la demanda interpuesta por D. Jesús contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social, y, en consecuencia, absuelvo a la parte demandada de las pretensiones deducidas en su contra".
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por el Letrado don Francisco Valdés Albistur, en representación de la parte demandante, sin impugnación de contrario.
FUNDAMENTO PRIMERO.- Recurre la parte actora al amparo de los apartados a), b) y c) del artículo 191 de la Ley de Procedimiento Laboral , la sentencia de instancia que le fue contraria a sus intereses, y en la que reclamaba una invalidez permanente total, para que ésta sea revocada y, en su lugar, sea dictada otra en la que se le declare la invalidez postulada.
FUNDAMENTO SEGUNDO.- Con amparo...
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