STSJ Murcia 509/2007, 23 de Abril de 2007

PonenteJOAQUIN ANGEL DE DOMINGO MARTINEZ
ECLIES:TSJMU:2007:488
Número de Recurso434/2007
Número de Resolución509/2007
Fecha de Resolución23 de Abril de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por DOÑA María Inés , contra la sentencia número 403/06 del Juzgado de lo Social número Siete de Murcia, de fecha 6 de noviembre del 2006, dictada en proceso número 277/06, sobre INCAPACIDAD, y entablado por DOÑA María Inés frente INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOAQUIN ANGEL DE DOMINGO MARTINEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figura declarados los siguientes hechos probados: "PRIMERO.- La demandante doña María Inés , nacida el 4 de septiembre de 1950, con DNI nº NUM000 , figura afiliada al Régimen General de la Seguridad Social en razón de la prestación de sus servicios como gerente. SEGUNDO.- El 1 de abril del 2004 la demandante inició proceso de incapacidad temporal. Tramitado expediente de invalidez permanente, el Instituto Nacional de la Seguridad Social, aceptando el dictamen propuesta del Equipo de Valoración de Incapacidades emitido el 14 de diciembre del 2005, resolvió en la misma fecha denegar a la demandante la prestación de invalidez por no alcanzar las lesiones que padece un grado suficiente de disminución de su capacidad laboral para ser constitutivas de una incapacidad permanente. TERCERO.-Contra la anterior resolución formuló la demandante reclamación previa en vía administrativa, que fue desestimada por resolución expresa de 27 febrero del 2006. CUARTO.- Presenta la demandante el siguiente cuadro clínico: accidente de tráfico en abril del 2004 con resultado de traumatismo cráneo-encefálico, fractura de odontoides, fractura desplazada del húmero derecho, fractura subcaptial del húmero izquierdo y fracturas costales; trastorno por estrés postraumático; limitación de la movilidad del raquis cervical; limitación de la abducción del hombro derecho a 120º y del izquierdo a 90º; temor fóbico residual a conducir vehículos. QUINTO.- La base reguladora asciende a 2.359'09 euros al mes."; y el fallo fue del tenor literal siguiente: "Que DESESTIMANDO la demanda formulada por doña María Inés contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, debo absolver y absuelvo al referido Organismo demandado de la pretensión deducida en su contra.".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por el Letrado DOÑA MARTINEZ MARTINEZ, en representación de la parte demandante, sin impugnación de contrario.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

FUNDAMENTO PRIMERO.- Recurre la parte actora al amparo de los apartados b) y c) del artículo 191 de la Ley de Procedimiento Laboral , la sentencia de instancia que le fue contraria a sus intereses, y en la que se reclamaba una invalidez permanente absoluta o total, para que ésta sea...

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