STSJ Murcia 440/2007, 16 de Abril de 2007

PonenteMANUEL RODRIGUEZ GOMEZ
ECLIES:TSJMU:2007:294
Número de Recurso357/2007
Número de Resolución440/2007
Fecha de Resolución16 de Abril de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por don Carlos Jesús , contra la sentencia número 0293/2006 del Juzgado de lo Social número 6 de Murcia, de fecha 28 de septiembre, dictada en proceso número 0233/2006, sobre alta médica, y entablado por don Carlos Jesús frente a Mutua Asepeyo; Instituto Nacional de la Seguridad Social; Tesorería General de la Seguridad Social.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. MANUEL RODRÍGUEZ GÓMEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figuran declarados los siguientes hechos probados: "Primero.- El actor, D. Carlos Jesús , mayor de edad, con D.N.I. núm. NUM000 , sufrió un accidente de trabajo en fecha 22-22-05 cuando prestaba servicios como oficial lª alicatador para la empresa Mariano Arcis Belmonte, que tiene cubiertos los riesgos profesionales de sus empleados con la codemandada mutua ASEPEYO; sin que conste informe de descubierto en el pago de cuotas. Segundo.- Como consecuencia de lo anterior, el actor inició proceso de incapacidad temporal derivada de accidente de trabajo en fecha 24-11-05 con el diagnóstico de "gonalgia(D)"; siendo dado de alta médica por curación el 09-01-06. Tercero.- Al tiempo de ser dado de alta médica, el actor, pese a padecer (según R.M. de rodilla derecha de 26-01-06) una meniscopatía interna en grado I, condromalacia rotuliana en grado IV en faceta externa y pequeño quiste de Baker, presentaba movilidad completa de la rodilla derecha, sin derrame articular, ni inestabilidad rotuliana, tampoco presentaba roce ni déficit de alineación en rótula derecha. Cuarto.- En fecha 22-05-06 el actor causó baja médica por contingencias comunes sin que conste indicación de diagnóstico alguno ni tratamiento médico seguido por consecuencia de dicha baja médica; siendo dado de alta médica con propuesta de incapacidad el 26-05-06. Quinto.- Ha quedado debidamente agotada la vía administrativa previa a la judicial. Sexto.- La base reguladora de la prestación reclamada asciende a 34'54 € diarios; hecho este que no es controvertido por las partes"; y el fallo fue del tenor siguiente: "Que desestimando la demanda planteada por D. Carlos Jesús , frente al I.N.S.S., la T.G.S.S. ASEPEYO y la empresa Mariano Arcís Belmonte, debo absolver y absuelvo a los codemandados de los pedimentos deducidos en su contra".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la Letrada doña Consuelo Hernández García, en representación de la parte demandante, con impugnación del Letrado don Manuel Martínez Ripoll, en representación de la parte demandada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

FUNDAMENTO PRIMERO.- El actor don Carlos Jesús presentó demanda, sobre alta médica, contra la...

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