STSJ Murcia 372/2007, 2 de Abril de 2007

PonenteMANUEL RODRIGUEZ GOMEZ
ECLIES:TSJMU:2007:255
Número de Recurso271/2007
Número de Resolución372/2007
Fecha de Resolución 2 de Abril de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por don Cosme , contra la sentencia número 0436/2006 del Juzgado de lo Social número 4 de Murcia, de fecha 24 de noviembre, dictada en proceso número 0544/2006, sobre incapacidad, y entablado por don Cosme frente a Instituto Nacional de la Seguridad Social.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. MANUEL RODRÍGUEZ GÓMEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figuran declarados los siguientes hechos probados: "PRIMERO: El demandante D. Cosme , nacido el 8-03-1947, fue alta en la Seguridad Social en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, con número de afiliación NUM000 , y profesión habitual de trabajador autónomo de panadería. SEGUNDO: El actor, en fecha 24-08-2004 inició proceso de incapacidad temporal que se extinguió por agotamiento del plazo en fecha 27-02- 2006; causó nueva alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos el 1-06-2006, en la misma actividad consistente en fabricación de pan; actualmente la panaderíapermanece abierta y en la misma prestan servicios su hijo y su hermano. TERCERO: En fecha 22-03-2006 se emitió informe médico de síntesis; el Equipo de Valoración de fecha 27-03-2006 elevó propuesta de inexistencia de incapacidad permanente en ninguno de sus grados. CUARTO: La Dirección Provincial del INSS mediante resolución de fecha 29-03-2006 acordó denegar la prestación solicita invalidez permanente solicitada por no alcanzar las dolencias que padece el actor, el grado suficiente de menoscabo para ser constitutivas de incapacidad permanente. QUINTO: El demandante presenta las dolencias siguientes: "hemangioblastoma cerebeloso intervenido en agosto de 2004; sin signos de recidiva; neuropatía focal cubital derecha de grado severo y mediano derecho muy leve (EMG practicada en diciembre de 2005); cervicoartrosis. SEXTO: La base reguladora aplicable asciende a 788,18 €. SÉPTIMO: Interpuesta reclamación previa fue desestimada por resolución de fecha 1-06-2006"; y el fallo fue del tenor siguiente: "Desestimo la demanda interpuesta por D. Cosme frente a Instituto Nacional de la Seguridad Social, y absuelvo al mismo de la pretensión en su contra deducida".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por el Letrado don Juan Antonio Sánchez Martínez, en representación de la parte demandante, sin impugnación de contrario.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

FUNDAMENTO PRIMERO.- El actor don Cosme , de 60 años de edad y de profesión habitual trabajador autónomo de...

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