STSJ Murcia 381/2007, 2 de Abril de 2007

PonenteMANUEL RODRIGUEZ GOMEZ
ECLIES:TSJMU:2007:264
Número de Recurso323/2007
Número de Resolución381/2007
Fecha de Resolución 2 de Abril de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por don Ramón , contra la sentencia del Juzgado de lo Social número 2 de Cartagena, de fecha 24 de noviembre de 2006, dictada en proceso número 0765/2006, sobre contrato de trabajo, y entablado por don Ramón frente a Ministerio de Defensa.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. MANUEL RODRÍGUEZ GÓMEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figuran declarados los siguientes hechos probados: PRIMERO.- La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figuran declarados los siguientes hechos probados: "PRIMERO. El demandante, don Ramón , ha venido prestando sus servicios para el Ministerio de Defensa, como personal laboral, con destino en el Arsenal Militar de Cartagena, con categoría profesional de "Técnico de actividades Técnicas Mantenimientos y Oficios" (Grupo Profesional 4). SEGUNDO. El demandante realiza las siguientes funciones: Carga y descarga con carretilla de todo tipo de munición (torpedos, minas, bengalas de submarinos, misiles y munición diversa en corbetas, fragatas einterior de bodegas, etc...). Carga y descarga de combustible (aceites, gas-oil, JP 5, etc...). Carga y descarga de equipos eléctricos y electrónicos. Transporte y almacenaje de todo tipo de material pesado de pequeño y de gran tonelaje, al igual que de todo tipo de trabajo que incida en la operatividad de la fuerza de los buques de esta zona marítima y de otras nacionalidades (buques pertenecientes a la OTAN). Las funciones desempeñadas por el demandante se desarrollan en una jornada semanal de 37'5 horas de lunes a viernes de 7'30 a 15'00 horas, viéndose alterado ese horario, dadas las condiciones de la prestación de los servicios, en un promedio de 12'5% del cómputo trimestral, y afectando dicha alteración a la realización de trabajos en domingos y festivos en una tercera parte. TERCERO. Por resolución 432/08818/2005, publicada en el B.O.E. en fecha 2 de junio de 2005, se hace pública la relación de puestos de trabajo del personal laboral del Ministerio de Defensa y el informe de ocupación de los puestos de trabajo. En dicha resolución no se le concede al demandante el complemento reclamado a través de la presente demanda. CUARTO. La parte actora interesa sea reconocido al demandante el complemento singular de puesto de trabajo de disponibilidad horaria en la modalidad A1) y en cuantía de 870 euros anuales con efectos retroactivos a 1 de enero de 2003 y hasta la fecha de la reclamación previa. QUINTO. En fecha 24 de mayo de 2006 el demandante interpuso reclamación previa siendo desestimada por resolución dictada por el organismo demandado en fecha 7 de septiembre de 2006. SEXTO. Resulta de aplicación a las presentes actuaciones el Convenio Colectivo Único para el personal laboral de la Administración General del Estado (BOE de 1 de diciembre de 1998 ), así como la resolución de 11 de noviembre de 2003 de la Dirección General de Trabajo por la Dirección General de Trabajo por la que se dispone la inscripción en el Registro y Publicación del Acuerdo sobre racionalización de los complementos de puesto de trabajo del Convenio Colectivo Único para el Personal Laboral de la Administración General del Estado"; y el fallo fue del tenor siguiente: "Que desestimo la demanda interpuesta por don Ramón contra el Ministerio de Defensa, y, en consecuencia, absuelvo a la parte demandada de las pretensiones deducidas en su contra".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la Letrada doña Inmaculada Hernández Morales, en representación de la parte demandante, sin impugnación de contrario.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

FUNDAMENTO PRIMERO.- El actor don Ramón presentó demanda, solicitando: "que estimando este escrito con sus copias y documentos, tenga por formulada demanda por haberes contra el Ministerio de Defensa, en su establecimiento del Arsenal de Cartagena, con el domicilio...

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