STSJ Murcia 47/2007, 29 de Enero de 2007

PonenteJOAQUIN ANGEL DE DOMINGO MARTINEZ
ECLIES:TSJMU:2007:140
Número de Recurso1213/2006
Número de Resolución47/2007
Fecha de Resolución29 de Enero de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En los recursos de suplicación interpuestos, de una parte, por Mutua Midat; y, de otra por doña Luisa

, contra la sentencia número 0302/2006 del Juzgado de lo Social número 4 de Murcia, de fecha 19 de julio, dictada en proceso número 0677/2005, sobre Seguridad Social, y entablado por Mutua Midat frente a doña Luisa ; Frutas Esther SA; Instituto Nacional de la Seguridad Social; Tesorería General de la Seguridad Social.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOAQUÍN ÁNGEL DE DOMINGO MARTÍNEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figuran declarados los siguientes hechos probados: "PRIMERO: La trabajadora doña Luisa , nacida el 18-04-1951, ha venido prestando servicios para la empresa demandada Frutas Esther SA, con categoría profesional de manipuladora de frutas fija discontinua. SEGUNDO: El día 13-09-2003, la demandante se encontraba prestando servicios para la empresa demandada desde las 9 de la mañana, consistente en manipulado de uva, cuando sobre las 12 horas sintió dolor en la espalda y ligera opresiónprecordial, y por tal motivo pidió permiso para marcharse; a las 14:48 horas ingresó en el Servicio de Urgencias del Centro de Salud de Cieza, siendo diagnosticada de "infarto agudo de miocardio anteroseptal trombolisado", y posteriormente fue trasladada al Hospital Morales Meseguer; ese mismo día inició proceso de incapacidad temporal por enfermedad común. TERCERO: La trabajadora seguía tratamiento con diuréticos desde hacía un mes, sin factores de riesgo cardiovascular y con antecedentes familiares de cardiopatía isquémica. CUARTO: La demandante fue sometida a reconocimiento médico, emitiéndose informe médico de síntesis el 4-02-2005, y en fecha 21-04-2005 el EVI emitió dictamen propuesta de incapacidad permanente total para la profesión habitual derivada de accidente de trabajo; por resolución de la Dirección Provincial del INSS de fecha 30-05-2005 la trabajadora fue declarada en situación de incapacidad permanente total para la profesión habitual derivada de accidente de trabajo, con derecho a percibir pensión en cuantía determinada por el 55% de la base reguladora de 469'33 €. QUINTO: La demandante presenta las secuelas siguientes: cardiopatía isquémica; hipertensión arterial; ECO. FE 40% acinesio-septal y apical; hipocinesia anterior; ECO de estrés: positiva para inducción de isquemia a la carga alcanzada (en segmento anterior); se indica coronografía que rechaza; cardiopatía isquémica crónica con IAM anterior antiguo; disfunción ventricular ligera y ECO de estrés positivo a la carga alcanzada (con DBT) susceptibles de mejoría con tratamiento adecuado. SEXTO: La empresa demandada tenía cubierto el riesgo derivado de accidente de trabajo con Mutua MIDAT. SÉPTIMO: Las cotizaciones efectuadas en el año anterior a la fecha en que sufrió el infarto de miocardio ascienden a 3.949'98 € correspondientes al periodo, dentro de la campaña, de mayo a 2003 a septiembre de 2003. OCTAVO: La base reguladora aplicable a la contingencia de accidente de trabajo asciende a 469'33 €, y derivada de enfermedad común a 476'78 €. NOVENO: La Dirección Provincial del INSS mediante resolución de fecha 15-11- 2005 desestimó la reclamación previa interpuesta por...

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