STSJ Murcia 282/2007, 26 de Marzo de 2007

PonenteMANUEL RODRIGUEZ GOMEZ
ECLIES:TSJMU:2007:166
Número de Recurso310/2007
Número de Resolución282/2007
Fecha de Resolución26 de Marzo de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por D. Baltasar , contra la sentencia número 456/06 del Juzgado de lo Social número Dos de Murcia, de fecha 1 de diciembre de 2006, dictada en proceso número 851/06, sobre DESPIDO, y entablado por D. Baltasar frente D. Serafin , COMBUSTIBLES MURCIANOS, S.L., MINISTERIO FISCAL.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. MANUEL RODRÍGUEZ GOMEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figura declarados los siguientes hechos probados: "PRIMERO: El actor ha venido prestando servicios para la empresa demandada desde el 16/06, con la categoría profesional de Conductor Repartidor y una retribución mensual, incluida prorrata de pagas extraordinarias de 942,01 euros y diaria a efectos de tramitación de 31,40 euros. SEGUNDO: El demandante desarrolló las tareas propias de su categoría profesional en el centro de trabajo propio de la demandante y allí donde las necesidades del servicio lo exigían. TERCERO: El 4/10/2006 el demandante recibió una comunicación de la empresa, procediendo a su despido disciplinario con efectos desde el 29/9/06 y ello "por las ofensas verbales proferidas contra la persona del empresario". En esa misma comunicación el empresario reconoció laimprocedencia del despido ante las dificultades probatorias que tenia, ofreciéndole una indemnización de 466,29. Esta no fue aceptada por el demandante al ser puesto en su conocimiento. CUARTO: La cantidad que acaba de indicarse en el ordinal anterior fue consignada por la empresa ante el Juzgado de lo Social nº 5 de Murcia el 3/10/2006 . QUINTO: El 6/9/2006 el demandante presentó ante el Servicio de Relaciones Laborales una Papeleta de Conciliación contra la empresa solicitando que se reconociera que su contrato de trabajo era indefinido. Ese mismo día presentó denuncia ante la Inspección de Trabajo por las mismas razones e invocando además su falta de formación en prevención de riesgos laborales. SEXTO: El actor inició situación de Incapacidad Temporal por contingencias profesionales el 22/8/2006, no constando el alta médica. SEPTIMO: En día no determinado del mes de Octubre de 2006 el actor presenta otra denuncia ante la Inspección de Trabajo, manifestando que se la había despedido y que no se le abonaba el saldo y finiquito ni la nomina de Septiembre y Octubre, haciendo referencia a presiones para que retirar la denuncia puesta previamente por el accidente que había sufrido trabajando. OCTAVO: No quedó acreditado que el empresario tuviera conocimiento de las denuncias a la Inspección de Trabajo antes de decidir despedir al demandante. Tampoco se probó que fuera la situación de Incapacidad Temporal del demandante la que motivara la decisión extintiva del empresario. El empresario no coaccionó, amenazó o vejó al demandante en ninguna ocasión. NOVENO: El actor no ostentó ni ostenta cargo representativo o sindical alguno. DECIMO: La Papeleta de conciliación se presentó el 20/10/06. El acto conciliatorio se celebró sin avenencia el 7/11/2006. La demanda se presentó el 26/10/06."; y el fallo fue del tenor literal siguiente: "Que estimando parcialmente la demanda formulada por DON Baltasar , contra la Empresa COMBUSTIBLES MURCIANOS S.L., y MINISTERIO FISCAL debo declarar y declaro que, tal como ya reconoció la Empresa demandada el despido del demandante fue IMPROCEDENTE. En consecuencia, al haber optado la demandada por la indemnización con extinción de la relación laboral, así se acuerda, debiendo proceder el actor a retirar del Juzgado de lo social número 5 de Murcia la indemnización que allí depositó en tiempo y forma el Empresario por importe de 466,29 euros, sin que se devengue en ningún caso salarios de tramitación.".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por el Letrado D. LUIS ALBERTO PRIETO MARTIN, en representación de la parte demandante, con impugnación de contrario de COMBUSTIBLES MURCIANOS, S.L., representado por D. DIEGO GUIRAO MARTINEZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

FUNDAMENTO PRIMERO.- El actor don Baltasar presentó demanda, sobre despido, contra la empresa Combustibles Murcianos, S.L., en reclamación de que se declare la nulidad del despido por vulneración de su derecho a la indemnidad, y, subsidiariamente, su...

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