STS, 2 de Junio de 2014

JurisdicciónEspaña
Fecha02 Junio 2014

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a dos de Junio de dos mil catorce.

Vistos los presentes autos pendientes ante esta Sala en virtud de recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por la representación de ENTIDAD PUBLICA ESTATAL DE CORREOS Y TELEGRAFOS, frente a la sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de fecha 8 de mayo de 2013, dictada en el recurso de suplicación número 3378/12 , formulado por la representación de Sindicato Federal de Correos y Telégrafos de la CGT contra la sentencia del Juzgado de lo Social número 13 de Madrid de fecha 2 de enero de 2012 dictada en autos nº 13/2009 en virtud de demanda formulada por SINDICATO FEDERAL DE CORREOS Y TELEGRAFOS DE LA CGT, en representación de Raul Isidro y 505 más, frente a ENTIDAD PUBLICA ESTATAL DE CORREOS Y TELEGRAFOS, en reclamación por Derechos y Cantidad.

Se ha personado el Letrado Don Anastasio José Manuel Hernández de la Fuente, en nombre y representación de SINDICATO FEDERAL DE CORREOS Y TELEGRAFOS DE LA CGT.

Es Magistrado Ponente el Excmo. Sr. D. Jesus Souto Prieto,

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

Con fecha 2 de enero de 2012 el Juzgado de lo Social número 13 de Madrid, dictó sentencia en la que consta la siguiente parte dispositiva: "Desestimando íntegramente la demanda interpuesta por Raul Isidro , Leocadia Zaira , Dionisio Santiago , Santos Adolfo , Apolonio Candido , Ruperto Romeo , Obdulio Nazario , Alejandra Rosa , Octavio Iñigo , Antonio Guillermo , Susana Adela , Esteban Primitivo , Alexis Maximino , Landelino Donato , Vidal Cayetano , Encarnacion Paulina , Teofilo Nemesio , Maite Vanesa , Emilia Tania , Zaira Benita , Dionisio Demetrio , Concepcion Isidora , Ismael Teodulfo , Gumersindo Pio , Felipe Ruperto , Lazaro Lucas , Alejandra Purificacion , Martina Ofelia , Anselmo Cristobal , Primitivo Jesus , Ines Barbara , Ines Nuria , Adelina Tarsila , Augusto Fructuoso , Mercedes Gregoria , Piedad Hortensia , Amelia Hortensia , Serafina Ofelia , Romulo Santos , Marcelina Nieves , Constantino Demetrio , Casilda Lidia , Encarna Natalia , Constantino Remigio , Ignacio Ismael , Vicenta Leticia , Feliciano Teofilo , Agustina Bibiana , Maite Ramona , Almudena Frida , Lorenzo Raimundo , Inmaculada Zaira , Apolonia Magdalena , Anibal Jeronimo , Angeles Inocencia , Gerardo Primitivo , Raquel Ofelia , Andrea Tarsila , Guillermo Carmelo , Marcos Guillermo , Modesta Bernarda , Visitacion Victoria , Rosana Socorro , Iñigo Bernabe , Estela Debora , Araceli Edurne , Amalia Laura , Evangelina Edurne , Ovidio Mario , Esteban Hugo , Milagros Otilia , Julieta Zaira , Elisabeth Salvadora , Milagrosa Zaida , Armando Ismael , Tomas Humberto , Trinidad Zulima , Donato Melchor , Delia Otilia , Hugo Geronimo , Miguel Efrain , Natividad Diana , Segundo Gervasio , Marcos Rogelio , Carmelo Segundo , Eva Natividad , Rita Guadalupe , Matias Everardo , Onesimo Esteban , Mateo Olegario , Faustino Obdulio , Leonor Ines , Jacinto Javier , Javier Hector , Fulgencio Valeriano , Julio Felipe , Julian Belarmino , Valeriano Baldomero , Leonardo Elias , Epifanio Teodulfo , Iñigo Leon , Leoncio Eliseo , Virginia Debora , Rebeca Tarsila , Juana Rosaura , Rosaura Gracia , Gracia Justa , Aurelio Rafael , Ezequiel Justo , Sagrario Zulima , Angeles Salvadora , Angelina Yolanda , Angelica Valle , Felicidad Olga , Ramona Rafaela , Vanesa Nieves , Crescencia Benita , Candida Clemencia , Consuelo Adela , Ines Vanesa , Lidia Flora , Barbara Guadalupe , Gines Raimundo , Caridad Juana , Bernardo Evelio , Lorenza Joaquina , Gracia Teresa , Nuria Clara , Bernardino Alexis , Clara Nuria , Claudia Hortensia , Bienvenido Lorenzo , Blanca Fermina , Herminia Blanca , Blanca Purificacion , Everardo Fermin , Barbara Beatriz , Joaquina Coral , Araceli Nuria , Elisabeth Elisenda , Frida Zaida , Elisenda Zaira , Trinidad Elisabeth , Jesus Indalecio , Eufrasia Celsa , Eufrasia Yolanda , Penelope Fidela , Alvaro Braulio , Primitivo Tomas , Jacinta Gloria , Nemesio Emiliano , Remigio Eliseo , Isidoro Damaso , Delia Alejandra , Adelina Delfina , Adelina Felicisima , Segismundo Dionisio , Ofelia Yolanda , Celia Ines , Diego Roque , Ines Felicisima , Nieves Zulima , Rodolfo Mario , Ines Salvadora , Carmelo Obdulio , Modesta Remedios , Encarnacion Genoveva , Sacramento Monica , Nicolasa Lina , Mario Obdulio , Amparo Ana , Victorino Casiano , Angeles Otilia , Gustavo Victorio , Jose Nicanor , Cesar Lucio , Lidia Pilar , Matias Urbano , Fidela Yolanda , Paulino Placido , Encarnacion Enma , Prudencio Amador , Sabina Sonsoles , Tania Bibiana , Eloisa Blanca , Eva Violeta , Leonor Graciela , Joaquina Inocencia , Isidoro Felipe , Sofia Frida , Vicenta Julieta , Vicenta Yolanda , Victoria Valle , Silvia Lucia , Milagrosa Jacinta , Rafael Inocencio , Diego Cipriano , Socorro Yolanda , Micaela Julieta , Juliana Jacinta , Carlos Victorino , Bartolome Ricardo , Martin Victoriano , Torcuato Nicolas , Francisca Daniela , Clara Vanesa , Penelope Diana , Diana Sonsoles , Juana Sonsoles , Arcadio Bernabe , Mariano Oscar , Otilia Noemi , Emilia Noemi , Nieves Guillerma , Maite Elena , Sergio Ricardo , Justiniano Sabino , Justo Urbano , Ruben Cosme , Eusebio Urbano , Guillerma Ofelia , Gabriela Valle , Mateo Blas , Juliana Sabina , Rebeca Felicisima , Camila Beatriz , Blanca Inmaculada , Inmaculada Guadalupe , Eufrasia Eugenia , Erica Lidia , Apolonio Olegario , Diana Juliana , Clara Yolanda , Celia Diana , Eleuterio Teodosio , Gracia Yolanda , Anselmo Anton , Ana Yolanda , Marcos Urbano , Ana Delia , Eulalia Eva , Urbano Marcial , Gabino Norberto , Roberto Marino , Adelina Sagrario , Sagrario Irene , Sacramento Zaira , Sebastian Adriano , Jacinta Zaida , Socorro Luisa , Trinidad Cecilia , Sofia Ines , Magdalena Fidela , Raimunda Gabriela , Debora Zaida , Alejandra Nieves , Francisco Cesareo , Eulalio Miguel , Angustia Nicolasa , Victoria Magdalena , Camilo Ceferino , Isabel Zaira , Raimunda Isabel , Erica Graciela , Luisa Graciela , Beatriz Otilia , Guadalupe Luisa , Gonzalo Olegario , Andrea Ofelia , Fidela Crescencia , Apolonio Rodrigo , Andres Teodulfo , Cipriano Oscar , Evaristo Hernan , Clemencia Vicenta , Norberto Joaquin , Joaquina Olga , Erasmo Gervasio , Bartolome Joaquin , Isaac Doroteo , Marcos Amador , Amadeo Norberto , Isidro Eliseo , Isidoro Elias , Eufrasia Gracia , Edmundo Onesimo , Sabina Modesta , Ramon Olegario , Samuel Evelio , Juana Crescencia , Alexis Romualdo , Amanda Amelia , Eva Piedad , Vicenta Bibiana , Landelino Fidel , Blanca Lidia , Vicenta Claudia , Nicolasa Evangelina , Victoria Amanda , Jacinto Leonardo , Evangelina Bibiana , Tatiana Herminia , Romeo Victorino , Cecilio Roman , Demetrio Victor , Aurelia Susana , Genaro Urbano , Gines Urbano , Ernesto Ruben , Nuria Josefa , Benjamin Urbano , Teofilo Ivan , Leandro Florian , Florencio Ivan , Blas Alonso , Marisol Rosana , Amador Teodoro , Leonardo Agapito , Teofilo Blas , Ceferino Iñigo , Oscar Julian , Victoriano Hilario , Victorino Belarmino , Celestino Hector , Carlota Herminia , Celestino Lucas , Valeriano Jacinto , Pura Hortensia , Marcelina Purificacion , Hortensia Purificacion , Luciano Silvio , Mariana Virginia , Fabio Romeo , Marisol Hortensia , Sara Marcelina , Serafina Nuria , Aurora Herminia , Caridad Hortensia , Daniel Agapito , Miriam Herminia , Placido Candido , Lorena Veronica , Carina Herminia , Teodora Edurne , Florencia Laura , Raquel Marina , Rosario Amparo , Ezequias Isidro , Catalina Gloria , Avelino Emilio , Eleuterio Anibal , Paula Monica , Laura Daniela , Sebastian Valentin , Otilia Luz , Esperanza Virginia , Adolfina Josefina , Flora Justa , Eloisa Elsa , Felipe Sebastian , Estibaliz Genoveva , Candelaria Ruth , Daniela Estibaliz , Ramon Francisco , Paulina Gemma , Asuncion Camino , Palmira Elvira , Marisol Teodora , Lorena Florinda , Florencia Mercedes , Teodora Carolina , Mercedes Flora , Braulio Valentin , Adoracion Herminia , Aurora Inocencia , Barbara Flora , Leonor Caridad , Belarmino Agapito , Rosalia Daniela , Justa Genoveva , Vanesa Elsa , Claudio Balbino , Antonia Tamara , Emma Matilde , Natividad Inmaculada , Valle Laura , Milagrosa Paulina , Agueda Julieta , Agustina Yolanda , Jacobo Epifanio , Maribel Daniela , Guillermo Nicolas , Sonia Herminia , Sonsoles Marisa , Fermina Daniela , Mariola Benita , Aurelia Candelaria , Concepcion Carlota , Manuela Veronica , Roberto Emiliano , Lorena Manuela , Vanesa Virtudes , Abilio Urbano , Virginia Constanza , Gabino Ovidio , Sandra Herminia , Daniela Tarsila , Alejo Gregorio , Diego Olegario , Rafael Pedro , Rosa Inmaculada , Ruth Valle , Estibaliz Valle , Hugo Nicolas , Augusto Oscar , Emiliano Imanol , Celestina Tatiana , Soledad Esther , Natividad Yolanda , Estefania Yolanda , Palmira Tatiana , Fatima Soledad , Onesimo Vidal , Zulima Tatiana , Sandra Raquel , Gemma Herminia , Onesimo Ildefonso , Ceferino Vicente , Carolina Gemma , Camila Lorena , Tamara Carla , Virtudes Enma , Enma Hortensia , Lucas Alexander , Alexis Victor , Ramona Carina , Josefa Julia , Bienvenido Victorio , Susana Yolanda , Josefina Juliana , Delfina Rosana , Felicidad Visitacion , Silvia Custodia , Delia Rosario , Dolores Susana , Elisa Covadonga , Lucio Pedro , Gloria Teodora , Jacobo Obdulio , Carmen Dolores , Indalecio Nicanor , Alexander Pablo , Salvadora Bernarda , Abelardo Urbano , Carolina Felisa , Coral Felisa , Coro Belen , Vicente Victor , Belinda Virtudes , Coro Juliana , Vicente Jacobo , Hortensia Felicidad , Vidal Urbano , Marta Dolores , Pura Yolanda , Alberto Rodrigo , Carla Juliana , Onesimo Claudio , Loreto Zulima , Braulio Diego , Teresa Paloma , Victor Urbano , Felicisima Lorena , Felisa Hortensia , Barbara Yolanda , Sebastian Fabio Juan Oscar , Juan Victoriano , Asuncion Elisabeth , Blas Nicolas , Prudencio Paulino , Maximo Porfirio , Violeta Inmaculada , Almudena Gloria , Esperanza Filomena , Octavio Prudencio , Rosario Brigida , Visitacion Trinidad , Pio Nazario , Rosalia Otilia , Artemio Arturo , Angelina Lourdes , Eduardo Cosme , Benita Enma , Gemma Vanesa , Eulalia Adoracion , Borja Alvaro , Basilio Estanislao , frente a SOCIEDAD ESTATAL CORREOS Y TELEGRAFOS, S.A., debo absolver y absuelvo a la parte demandada de todos los pedimentos formulados en su contra".

SEGUNDO

En la citada sentencia se han declarado probados los siguientes hechos: " 1. Los actores han venido prestando servicio para la SOCIEDAD ESTATAL CORREOS Y TELEGRAFOS, S.A., con categoría de Grupo Operativo IV; son personal de la demandada, la mayoría con el carácter de fijo. 2. El DNI y antigüedad en años y meses de los actores es la que consta en la demanda con las siguientes excepciones:

Nombre y apellidos. D. Jacinto Javier . DNI. NUM000 . Años: 12 meses: 11. Rosaura Gracia . D.N.I. NUM001 . 4 años. 9 meses. Eufrasia Celsa . DNI. NUM002 . Años: 7. Meses: 9. Gines Urbano . DNI. NUM003 . 4 años. 10 meses. Teofilo Blas . DNI. NUM004 . 3 años. 1 mes. Amador Teodoro . D.Ni.I. NUM005 . 11 años. 0 meses. Gumersindo Pio . DNI. NUM006 . 4 ñaos. 7 meses. Daniel Agapito . DNI. NUM007 . 13 años. 0 meses. Rosario Amparo . DNI. NUM008 . 12 años. 8 meses. Sebastian Valentin . DNI. NUM009 . 3 años. 4 meses. Daniela Estibaliz . DNI. NUM010 . 7 años. 6 meses. Sonia Herminia . DNI. NUM011 . 19 años. 7 meses. Rafael Pedro . DNI. NUM012 . 5 años. 2 meses. Onesimo Ildefonso . DNI. NUM013 . 14 años. 9 meses. Enma Hortensia . DNI. NUM014 . 13 años. 8 meses. Noelia Martina . DNI. NUM015 . 8 años. 9 meses. Heraclio Benito . DNI. NUM016 . 17 años. 9 meses. Juliana Zaida . DNI. = NUM017 . 7 años. 11 meses. Hortensia Purificacion . DNI. NUM018 . 4 años. 3 meses. Catalina Gloria . DNI. NUM019 . 8 años. 7 meses. Teodora Carolina . DNI. NUM020 . 22 años. 1 mes. Ramon Francisco . DNI. NUM021 . 20 años. 11 meses. Angela Pilar . DNI. NUM022 . 13 años. 5 meses. Visitacion Trinidad . DNI. NUM023 . 6 años. 1 mes. Aurora Inocencia . DNI. NUM024 . 3 años. 3 meses. Belarmino Agapito . DNI. NUM025 . 4 años. 9 meses. Vanesa Elsa . DNI. NUM026 . 15 años. 3 meses. Antonia Tamara . DNI. NUM027 . 15 años. 10 meses. Sonsoles Marisa . DNI. NUM028 . 11 años. 0 meses. Abilio Urbano . DNI. NUM029 . 10 años. 4 meses. Rafael Pedro . DNI. NUM030 . 5 años. 2 meses. Estefania Yolanda . DNI. NUM031 . 9 años. 4 meses. Fatima Soledad . DNI. NUM032 . 6 años. 1 mes. Mariano Oscar . DNI. NUM033 . 15 años. 10 meses. Sandra Raquel . DNI. NUM034 . 16 años. 1 mes. Regina Eugenia . NUM035 . 4 años. 0 meses. Coro Belen . NUM036 . 13 años. 4 meses. Vicente Victor . DNI. NUM037 . 9 años. 4 meses. Belinda Virtudes . DNI. NUM038 . 11 años. 3 meses. Coro Juliana . DNI. NUM039 . 7 años. 11 meses. Juliana Zaida . DNI. NUM040 . 15 años. 6 meses. Benita Enma . DNI. NUM041 . 10 años. 8 meses. 3.- Además, los siguientes actores tienen las especialidades que respectivamente se indican: - Hortensia Purificacion , no ha tenido relación laboral con Correos en los periodos: Del 01.07.2007 al 15.08.2007.Del 16.02.2008 al 28.05.200. Del 12.06.2008 al 30.06.2008.- Catalina Gloria , no ha tenido relación laboral con la demandada en los periodos: Del 01.07.2007 al 15.07.2007. Del 16.09.2007 al 30.09.2007. Diciembre de 2007. Del 15.01.2008 al 29.02.2008. - Teodora Carolina causa baja al pasar a situación de invalidez provisional el 02.04.2008 transcurridos 18 meses. - Belarmino Agapito carece de contrato en vigor entre el 01.07.2007 y el 31.05.2008.- Vanesa Elsa no tiene contrato suscrito con la demandada desde el 01.07.2007 y 04.05.2008. - Fatima Soledad no mantiene relación laboral con la demandada durante los siguientes periodos: Del 02.07.2007 al 30.10.2007. Del 18.06.2008 al 30.06.2008. - Reyes Carolina no mantiene relación laboral con la demandada durante los periodos: Del 30.07.2007 al 17.12.2007. Del 01.03.2008 al 01.06.2008. - Regina Eugenia , no mantiene relación laboral con la demandada durante el periodo siguiente: Del 01.07.2007 al 06.05.2008. - Coro Belen , disfruta de una excedencia voluntaria por cuidado de hijo entre 16.01.2008 y el 21.08.2008. - Vicente Victor no mantiene relación laboral con la demandada durante todo el mes de junio de 2008. - Belinda Virtudes hasta el 16.09.2007 tiene autorizada una reducción de la jornada laboral en un medio por guarda legal, a partir de la mencionada fecha se modifica pasando a ser un tercio de la misma. - Juliana Zaida causa baja con fecha 01.02.2008, por cancelación del contrato que la vinculaba con la sociedad demandada. - Pura Rosana , no mantiene relación laboral con la sociedad demandada en los periodos siguientes: Del 01.10.2007 al 30.11.2007. Del 01.06.2008 al 30.06.2008. - Benita Enma , tiene reconocida una reducción de 1/3 de su jornada laboral por guarda legal entre el 1.10.2007 y el 30.06.2008. 4.- El personal laboral fijo encuadrado en la Disposición adicional séptima del Convenio (Personal Laboral Rural y Varios) existente a la entrada en vigor del I Convenio Colectivo el 01/03/03 , percibe el complemento de permanencia, y desempeño establecido en el ordinal 27 del mismo mes, en la cuantía establecida para cada tramo de antigüedad en las tablas salariales vigentes. 5.- El personal funcionario de la demandada percibe el complemento específico de tipo II o de permanencia y desempeño, establecido en el art. 46 del R.D. 370/2004, de 5 de marzo , por el que se aprueba el Estatuto del Personal de la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos, S.A. 6.- De este modo, a partir de la entrada en vigor del I Convenio Colectivo el 01/03/03, sólo percibe el complemento de permanencia y desempeño el personal laboral vario existente con anterioridad, pero no se ha abonado este complemento ni al personal fijo ni al temporal contratado a partir de la entrada en vigor del Convenio salvo sentencia condenatoria firme. 7.- Desde la entrada en vigor del II Convenio Colectivo el 01/06/06 no se produjo durante todo el periodo ahora reclamado la fijación en la Comisión de Seguimiento de los criterios de devengo del complemento de permanencia y desempeño en los términos establecidos en su art. 61.d ). 8.- Han desistido de la demanda los siguientes actores: Sacramento Zaira , Landelino Fidel , Carlota Herminia , Camilo Nicanor , Rosa Yolanda , Luciano Silvio , Adoracion Herminia , Salvador Urbano ".

TERCERO

La citada sentencia fué recurrida en suplicación por la representación de Sindicato Federal de Correos y Telégrafos de la CGT, dictándose por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de MADRID sentencia con fecha 8 de mayo de 2013 , en la que consta la siguiente parte dispositiva: "Que estimando el recurso de suplicación interpuesto por el Letrado de los demandantes contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 13 de esta ciudad en sus autos nº 13&2009, debemos revocar y revocamos la resolución judicial impugnada dejándola sin efecto, y en su lugar, estimando la demanda formulada por: Raul Isidro , Leocadia Zaira , Dionisio Santiago , Santos Adolfo , Apolonio Candido , Ruperto Romeo , Obdulio Nazario , Alejandra Rosa , Octavio Iñigo , Antonio Guillermo , Susana Adela , Esteban Primitivo , Alexis Maximino , Landelino Donato , Vidal Cayetano , Encarnacion Paulina , Teofilo Nemesio , Maite Vanesa , Emilia Tania , Zaira Benita , Dionisio Demetrio , Concepcion Isidora , Ismael Teodulfo , Gumersindo Pio , Felipe Ruperto , Lazaro Lucas , Alejandra Purificacion , Martina Ofelia , Anselmo Cristobal , Primitivo Jesus , Ines Barbara , Ines Nuria , Elisa Covadonga , Augusto Fructuoso , Mercedes Gregoria , Piedad Hortensia , Amelia Hortensia , Serafina Ofelia , Romulo Santos , Marcelina Nieves , Constantino Demetrio , Casilda Lidia , Encarna Natalia , Constantino Remigio , Ignacio Ismael , Vicenta Leticia , Feliciano Teofilo , Agustina Bibiana , Maite Ramona , Almudena Frida , Lorenzo Raimundo , Inmaculada Zaira , Apolonia Magdalena , Anibal Jeronimo , Angeles Inocencia , Gerardo Primitivo , Raquel Ofelia , Andrea Tarsila , Guillermo Carmelo , Marcos Guillermo , Modesta Bernarda , Visitacion Victoria , Rosana Socorro , Iñigo Bernabe , Estela Debora , Araceli Edurne , Amalia Laura , Evangelina Edurne , Ovidio Mario , Esteban Hugo , Milagros Otilia , Julieta Zaira , Elisabeth Salvadora , Milagrosa Zaida , Armando Ismael , Tomas Humberto , Trinidad Zulima , Donato Melchor , Delia Otilia , Hugo Geronimo , Miguel Efrain , Natividad Diana , Segundo Gervasio , Marcos Rogelio , Carmelo Segundo , Eva Natividad , Rita Guadalupe , Matias Everardo , Onesimo Esteban , Mateo Olegario , Faustino Obdulio , Leonor Ines , Jacinto Javier , Javier Hector , Fulgencio Valeriano , Julio Felipe , Julian Belarmino , Valeriano Baldomero , Leonardo Elias , Epifanio Teodulfo , Iñigo Leon , Leoncio Eliseo , Virginia Debora , Rebeca Tarsila , Juana Rosaura , Rosaura Gracia , Gracia Justa , Aurelio Rafael , Ezequiel Justo , Sagrario Zulima , Angeles Salvadora , Angelina Yolanda , Angelica Valle , Felicidad Olga , Ramona Rafaela , Vanesa Nieves , Crescencia Benita , Candida Clemencia , Consuelo Adela , Ines Vanesa , Lidia Flora , Barbara Guadalupe , Gines Raimundo , Caridad Juana , Bernardo Evelio , Lorenza Joaquina , Gracia Teresa , Nuria Clara , Bernardino Alexis , Clara Nuria , Claudia Hortensia , Bienvenido Lorenzo , Blanca Fermina , Herminia Blanca , Blanca Purificacion , Everardo Fermin , Barbara Beatriz , Joaquina Coral , Araceli Nuria , Elisabeth Elisenda , Frida Zaida , Elisenda Zaira , Trinidad Elisabeth , Jesus Indalecio , Eufrasia Celsa , Eufrasia Yolanda , Penelope Fidela , Alvaro Braulio , Primitivo Tomas , Jacinta Gloria , Nemesio Emiliano , Remigio Eliseo , Isidoro Damaso , Delia Alejandra , Adelina Delfina , Adelina Felicisima , Segismundo Dionisio , Ofelia Yolanda , Celia Ines , Diego Roque , Ines Felicisima , Nieves Zulima , Rodolfo Mario , Ines Salvadora , Carmelo Obdulio , Modesta Remedios , Encarnacion Genoveva , Sacramento Monica , Nicolasa Lina , Mario Obdulio , Amparo Ana , Victorino Casiano , Angeles Otilia , Gustavo Victorio , Jose Nicanor , Cesar Lucio , Lidia Pilar , Matias Urbano , Fidela Yolanda , Paulino Placido , Encarnacion Enma , Prudencio Amador , Sabina Sonsoles , Tania Bibiana , Eloisa Blanca , Eva Violeta , Leonor Graciela , Joaquina Inocencia , Isidoro Felipe , Sofia Frida , Vicenta Julieta , Vicenta Yolanda , Victoria Valle , Silvia Lucia , Milagrosa Jacinta , Rafael Inocencio , Diego Cipriano , Socorro Yolanda , Micaela Julieta , Juliana Jacinta , Carlos Victorino , Bartolome Ricardo , Martin Victoriano , Torcuato Nicolas , Francisca Daniela , Clara Vanesa , Penelope Diana , Diana Sonsoles , Juana Sonsoles , Arcadio Bernabe , Mariano Oscar , Otilia Noemi , Emilia Noemi , Nieves Guillerma , Maite Elena , Sergio Ricardo , Justiniano Sabino , Justo Urbano , Ruben Cosme , Eusebio Urbano , Guillerma Ofelia , Gabriela Valle , Mateo Blas , Juliana Sabina , Rebeca Felicisima , Camila Beatriz , Blanca Inmaculada , Inmaculada Guadalupe , Eufrasia Eugenia , Erica Lidia , Apolonio Olegario , Diana Juliana , Clara Yolanda , Celia Diana , Eleuterio Teodosio , Gracia Yolanda , Anselmo Anton , Ana Yolanda , Marcos Urbano , Ana Delia , Eulalia Eva , Urbano Marcial , Gabino Norberto , Roberto Marino , Adelina Sagrario , Sagrario Irene , Sacramento Zaira , Sebastian Adriano , Jacinta Zaida , Socorro Luisa , Trinidad Cecilia , Sofia Ines , Magdalena Fidela , Raimunda Gabriela , Debora Zaida , Alejandra Nieves , Francisco Cesareo , Eulalio Miguel , Angustia Nicolasa , Victoria Magdalena , Camilo Ceferino , Isabel Zaira , Raimunda Isabel , Erica Graciela , Luisa Graciela , Beatriz Otilia , Guadalupe Luisa , Gonzalo Olegario , Andrea Ofelia , Fidela Crescencia , Apolonio Rodrigo , Andres Teodulfo , Cipriano Oscar , Evaristo Hernan , Clemencia Vicenta , Norberto Joaquin , Joaquina Olga , Erasmo Gervasio , Bartolome Joaquin , Isaac Doroteo , Marcos Amador , Amadeo Norberto , Isidro Eliseo , Isidoro Elias , Eufrasia Gracia , Edmundo Onesimo , Sabina Modesta , Ramon Olegario , Samuel Evelio , Juana Crescencia , Alexis Romualdo , Amanda Amelia , Eva Piedad , Vicenta Bibiana , Landelino Fidel , Blanca Lidia , Vicenta Claudia , Nicolasa Evangelina , Victoria Amanda , Jacinto Leonardo , Evangelina Bibiana , Tatiana Herminia , Romeo Victorino , Cecilio Roman , Demetrio Victor , Aurelia Susana , Genaro Urbano , Gines Urbano , Ernesto Ruben , Nuria Josefa , Benjamin Urbano , Teofilo Ivan , Leandro Florian , Florencio Ivan , Blas Alonso , Marisol Rosana , Amador Teodoro , Leonardo Agapito , Teofilo Blas , Ceferino Iñigo , Oscar Julian , Victoriano Hilario , Victorino Belarmino , Celestino Hector , Carlota Herminia , Celestino Lucas , Valeriano Jacinto , Pura Hortensia , Marcelina Purificacion , Hortensia Purificacion , Luciano Silvio , Mariana Virginia , Fabio Romeo , Marisol Hortensia , Sara Marcelina , Serafina Nuria , Aurora Herminia , Caridad Hortensia , Daniel Agapito , Miriam Herminia , Placido Candido , Lorena Veronica , Carina Herminia , Teodora Edurne , Florencia Laura , Raquel Marina , Rosario Amparo , Ezequias Isidro , Catalina Gloria , Avelino Emilio , Eleuterio Anibal , Paula Monica , Laura Daniela , Sebastian Valentin , Otilia Luz , Esperanza Virginia , Adolfina Josefina , Flora Justa , Eloisa Elsa , Felipe Sebastian , Estibaliz Genoveva , Candelaria Ruth , Daniela Estibaliz , Ramon Francisco , Paulina Gemma , Asuncion Camino , Palmira Elvira , Marisol Teodora , Lorena Florinda , Florencia Mercedes , Teodora Carolina , Mercedes Flora , Braulio Valentin , Adoracion Herminia , Aurora Inocencia , Barbara Flora , Leonor Caridad , Belarmino Agapito , Rosalia Daniela , Justa Genoveva , Vanesa Elsa , Claudio Balbino , Antonia Tamara , Emma Matilde , Natividad Inmaculada , Valle Laura , Milagrosa Paulina , Agueda Julieta , Agustina Yolanda , Jacobo Epifanio , Maribel Daniela , Guillermo Nicolas , Sonia Herminia , Sonsoles Marisa , Fermina Daniela , Mariola Benita , Aurelia Candelaria , Concepcion Carlota , Manuela Veronica , Roberto Emiliano , Lorena Manuela , Vanesa Virtudes , Abilio Urbano , Virginia Constanza , Gabino Ovidio , Sandra Herminia , Daniela Tarsila , Alejo Gregorio , Diego Olegario , Rafael Pedro , Rosa Inmaculada , Ruth Valle , Estibaliz Valle , Hugo Nicolas , Augusto Oscar , Emiliano Imanol , Celestina Tatiana , Soledad Esther , Natividad Yolanda , Estefania Yolanda , Palmira Tatiana , Fatima Soledad , Onesimo Vidal , Zulima Tatiana , Sandra Raquel , Gemma Herminia , Onesimo Ildefonso , Ceferino Vicente , Carolina Gemma , Camila Lorena , Tamara Carla , Virtudes Enma , Enma Hortensia , Lucas Alexander , Alexis Victor , Ramona Carina , Josefa Julia , Bienvenido Victorio , Susana Yolanda , Josefina Juliana , Delfina Rosana , Felicidad Visitacion , Silvia Custodia , Delia Rosario , Dolores Susana , Elisa Covadonga , Lucio Pedro , Gloria Teodora , Jacobo Obdulio , Carmen Dolores , Indalecio Nicanor , Alexander Pablo , Salvadora Bernarda , Abelardo Urbano , Carolina Felisa , Coral Felisa , Coro Belen , Vicente Victor , Belinda Virtudes , Coro Juliana , Vicente Jacobo , Hortensia Felicidad , Vidal Urbano , Marta Dolores , Pura Yolanda , Alberto Rodrigo , Carla Juliana , Onesimo Claudio , Loreto Zulima , Braulio Diego , Teresa Paloma , Victor Urbano , Felicisima Lorena , Felisa Hortensia , Barbara Yolanda , Sebastian Fabio Juan Oscar , Juan Victoriano , Asuncion Elisabeth , Blas Nicolas , Prudencio Paulino , Maximo Porfirio , Violeta Inmaculada , Almudena Gloria , Esperanza Filomena , Octavio Prudencio , Rosario Brigida , Visitacion Trinidad , Pio Nazario , Rosalia Otilia , Artemio Arturo , Angelina Lourdes , Eduardo Cosme , Benita Enma , Gemma Vanesa , Eulalia Adoracion , Borja Alvaro , Basilio Estanislao , frente a SOCIEDAD ESTATAL CORREOS Y TELEGRAFOS, S.A., debemos reconocer y reconocemos a los actores: 1º.- El derecho a que les pague y condene a pagar a la demandada, las cantidades indicadas en el hecho 3º de la demanda, en concepto de complemento de permanencia y desempeño, por el periodo julio 2007 a junio 2008. 2º.- Mas las cantidades que se devenguen por cada trabajador por el mismo concepto, hasta el último día del mes anterior a la celebración del juicio; cuya concreción se comunicará a la demandada con anterioridad, para que no se produzca indefensión. 3º.- Mas el 10% de interés por mora, conforme al art. 29.3 ET . Condenando a la Entidad demandada a estar y pasar por la anterior declaración y a abonar a los demandantes las cantidades antes aludidas por los conceptos y periodos de la demanda. Sin costas".

CUARTO

El Sr. Abogado del Estado, en nombre y representación de ENTIDAD PUBLICA ESTATAL DE CORREOS Y TELEGRAFOS, mediante escrito presentado el 19 de junio de 2013, formalizó recurso de casación para la unificación de doctrina, en el que: PRIMERO.- Se alegan como sentencias contradictorias con la recurrida la dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de fecha 4 de julio de 2011, recurso nº 87/11 (primer motivo de casación o materia de contradicción y la dictada por la Sala de lo Social de lo Social del Tribunal Supremo, de 17 de octubre de 2006, recurso cud nº 2668/2005 (segundo motivo de casación o materia de contradicción). SEGUNDO.- Se alega infracción de lo previsto en los artículos 25.1 del Estatuto de los Trabajadores y el art. 61.d) del Segundo Convenio Colectivo , en relación, a su vez, con los arts. 37 de la CE , 82.1 , 2 y 3 del ET y 1255 del Código Civil , y 222 de la LEC y 160.5 de la LJS y con la jurisprudencia.

QUINTO

Por providencia de esta Sala, se procedió a admitir a trámite el citado recurso, pasaron las actuaciones al Ministerio Fiscal, que presentó escrito en el sentido de estimar el recurso, para el primer motivo, y en caso de que no lo fuera, subsidiariamente, debería ser estimado el segundo de los motivos del recurso. Instruido el Excmo. Sr. Magistrado Ponente, se declararon conclusos los autos, señalándose para votación y fallo el día 28 de mayo de 2014, en el que tuvo lugar.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO

La cuestión debatida consiste en determinar si el "complemento de permanencia y desempeño" regulado en el art. 61, d) del II Convenio Colectivo de la SOCIEDAD ESTATAL CORREOS Y TELÉGRAFOS , S.A., es de percepción inmediata, (tesis de la sentencia recurrida) o (tesis de la de contraste) debe ser desarrollado previamente en la negociación colectiva.

La sentencia recurrida dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 8 de mayo de 2013 , resuelve sobre el derecho de unos trabajadores, personal laboral, de la SOCIEDAD ESTATAL CORREOS Y TELEGRÁFOS SA, a percibir la cuantía establecida para cada tramo de antigüedad en las tablas salariales vigentes del complemento de permanencia y desempeño recogido en art. 61 del apartado d), del II Convenio Colectivo de la Sociedad demandada y cuya pretensión había sido desestimada por la sentencia de instancia. Sin embargo tal parecer no es compartido por la Sala de suplicación. Se funda esta decisión en el hecho de que los trabajadores fijos y temporales tienen derecho a percibir el plus de permanencia y desempeño sin necesidad de esperar a su desarrollo convencional, acogiendo la doctrina dictada en relación con la percepción del meritado plus en el I Convenio Colectivo de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos SA ( TS 26-1-2011 ).

Disconforme la demandada con la solución alcanzada por la Sala se alza ahora en casación para la unificación de doctrina cifrando el núcleo de la contradicción en el hecho de que la sentencia recurrida considera que el complemento de permanencia y desempeño, regulado en el II Convenio Colectivo del personal de Correos y Telégrafos. S.A. es de percepción inmediata, interpretación que a su entender infringe el art. 25.1 ET y el art. 61.d) del II Convenio Colectivo del personal de la sociedad Estatal de Correos y Telégrafos, en relación con los arts. 37 CE , 82.1 , 2 y 3 ET y art 1255 CC , y 222 de la LEC y 160.5 LRJS , proponiendo como sentencia de contraste la dictada por la misma Sala de 4 de julio de 2011 (rec. 87/2011 ).

Sin necesidad de mayores argumentaciones es claro que la contradicción ha de declararse existente. La cuestión de fondo suscitada en ambas sentencias es la misma, a saber, el derecho a percibir el plus o complemento de permanencia y desempeño durante la vigencia del II Convenio Colectivo. La pretensión se articula en los dos supuestos por trabajadores de la sociedad estatal Correos y Telégrafos, SA, interesando el complemento de permanencia y desempeño, si bien en tramos distintos, dirimiéndose si dicho complemento es de percepción inmediata o, por el contrario, debe ser desarrollado previamente por la negociación colectiva. Sin embargo, los fallos no pueden ser más contradictorios, así, mientras que la sentencia de contraste se sustenta en la eficacia de la cosa juzgada ex art. 158.3 LPL , derivada de sentencia firme recaída en conflicto colectivo ( STS 15-4-2010 ), con arreglo a la cual el devengo del complemento pende de un conjunto de requisitos aún no cumplidos. En la sentencia recurrida y en contra del parecer del Juez a quo, se llega a solución diversa, pues pese a no esgrimir argumentación alguna tendente a desactivar la eficacia de la meritada excepción, entiende que procede dicho complemento al aplicar la doctrina recaída en la interpretación del I Convenio colectivo de la demandada.

SEGUNDO

La cuestión ahora debatida ya ha sido resulta por la jurisprudencia de esta Sala de casación contenida en sus SSTS/IV 5-octubre-2011 ( rcud 3637/2010), de 14-junio-2012 ( rcud 4265/2011 ) y de 22 de abril 2013 ( rcud. 2077/2012 ), que asumimos y cuyos argumento reiteramos, señalando, como en aquéllas de razonaba, que " La existencia de contradicción determina la estimación del recurso en aplicación de la doctrina que contiene la sentencia de contraste, que es además vinculante, de conformidad con lo dispuesto en el art. 158.3 de la LPL , pues se trata de un sentencia dictada en proceso de conflicto colectivo que produce efectos de cosa juzgada en los procesos individuales pendientes de resolución o que puedan plantearse y que versen sobre idéntico objeto. Es conveniente aclarar que la doctrina que ahora se aplica no es contradictoria con la que se estableció por la Sala en la sentencia del Pleno de 27 de septiembre de 2006 y las que se han dictado con posterioridad aplicando la regulación del I Convenio Colectivo de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos (BOE 13.2.2003) y que se citan con detalle en la sentencia de 26 de enero de 2011 . En realidad, la sentencia de 27 de septiembre de 2007 rectificó la doctrina de la sentencia de 11 de mayo de 2006 , que había aplicado el condicionamiento que en función del acuerdo de desarrollo preveía el art. 60.c).4 de ese Convenio Colectivo y el apartado III.27 de la disposición adicional séptima del mismo. Pero las conclusiones de esta sentencia partían de una valoración de una conducta de la empresa refractaria a aplicar el inequívoco mandato de igualdad que deriva del art. 15.6 ET y de la doctrina de la Sala contenida en las sentencias de 28 de mayo de 2004 , 7 y 27 de septiembre de 2004 , circunstancia que ya no se aprecia por la sentencia de 15 de abril de 2010 , que, aparte de pronunciarse sobre el II Convenio de la Sociedad Estatal, considera que, de acuerdo con los hechos probados de la sentencia recurrida, ya no existe un problema de igualdad vinculado a la resistencia a la equiparación del tratamiento entre trabajadores fijos y temporales ".

En su consecuencia, en aplicación de la doctrina transcrita, y habida cuenta la sustancial identidad con el caso aquí enjuiciado y con la normativa aplicable, -- dada la esencial coincidencia de lo establecido en el citado art. 158.3 LPL , con el vigente art. 160.5 LRJS (" 5. La sentencia firme producirá efectos de cosa juzgada sobre los procesos individuales pendientes de resolución o que puedan plantearse, que versen sobre idéntico objeto o en relación de directa conexidad con aquél, tanto en el orden social como en el contencioso-administrativo, que quedarán en suspenso durante la tramitación del conflicto colectivo. La suspensión se acordará aunque hubiere recaído sentencia de instancia y estuviere pendiente el recurso de suplicación y de casación, vinculando al tribunal correspondiente la sentencia firme recaída en el proceso de conflicto colectivo, incluso aunque en el recurso de casación unificadora no se hubiere invocado aquélla como sentencia contradictoria ") --, y visto el informe emitido por el Ministerio Fiscal, "y sin necesidad de examinar ya, por superfluo, el segundo motivo sobre intereses por mora", procede la estimación del recurso para casar y anular la sentencia recurrida, desestimando el recurso de suplicación de la parte demandante, y manteniendo el pronunciamiento desestimatorio de la sentencia de instancia. No procede la imposición de costas, debiendo devolverse, en su caso, el depósito que se hubiera constituido para recurrir y la consignación del importe de la condena ( art. 228.2 y 235.1 LRJS ).

Por lo expuesto, en nombre de S. M. El Rey y por la autoridad conferida por el pueblo español.

FALLAMOS

Estimamos el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por la representación de ENTIDAD PUBLICA ESTATAL DE CORREOS Y TELEGRAFOS, frente a la sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de fecha 8 de mayo de 2013, dictada en el recurso de suplicación número 3378/12 , formulado por la representación de Sindicato Federal de Correos y Telégrafos de la CGT contra la sentencia del Juzgado de lo Social número 13 de Madrid de fecha 2 de enero de 2012 dictada en autos nº 13/2009 en virtud de demanda formulada por SINDICATO FEDERAL DE CORREOS Y TELEGRAFOS DE LA CGT, en representación de Raul Isidro y 505 más, frente a ENTIDAD PUBLICA ESTATAL DE CORREOS Y TELEGRAFOS, en reclamación por Derechos y Cantidad. Casamos y anulamos la sentencia recurrida, y, resolviendo el debate planteado en suplicación, desestimamos el recurso de suplicación interpuesto por la parte demandante, confirmando el pronunciamiento desestimatorio de la sentencia de instancia. Sin imposición de costas y debiendo devolverse, en su caso, el depósito que se hubiera constituido para recurrir y la consignación del importe de la condena.

Devuélvanse las actuaciones a la Sala de lo Social del Órgano Jurisdiccional correspondiente ,con la certificación y comunicación de esta resolución.

Así por esta nuestra sentencia, que se insertará en la COLECCIÓN LEGISLATIVA, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

PUBLICACIÓN.- En el mismo día de la fecha fue leída y publicada la anterior sentencia por el Excmo. Sr. Magistrado D. Jesus Souto Prieto hallándose celebrando Audiencia Pública la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, de lo que como Secretario de la misma, certifico.

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