SAP Cuenca 160/2006, 28 de Junio de 2006

PonenteLEOPOLDO PUENTE SEGURA
ECLIES:APCU:2006:278
Número de Recurso126/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución160/2006
Fecha de Resolución28 de Junio de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Cuenca, Sección 1ª

SENTENCIA NUM. 160/2006

En la ciudad de Cuenca, a veintiocho de junio del año dos mil seis.

Vistos en trámite de recurso de apelación los autos de juicio verbal número 10/2006 procedentes del Juzgado de Primera Instancia número uno de los de Tarancón y su partido, promovidos a instancia de DON Cesar , mayor de edad y provisto de D.N.I. número NUM000 , representado por la Procuradora de los Tribunales Dª Elena Morales Bustos y asistida técnicamente por el Letrado Don J. Eduardo Morán Morán; contra DON Antonio , también mayor de edad y provisto de D.N.I. número NUM001 , representado por laProcuradora de los Tribunales Dª Sonia Espí Romero y asistido técnicamente por el Letrado Don Pedro Angel Zarzuela García; en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la sentencia dictada en primera instancia, de fecha seis de marzo del presente año ; habiendo sido ponente el Ilmo. Sr. Don Puente Segura.

ANTECEDENTES DE HECHO

I

En los autos indicados al margen se dictó sentencia de fecha seis de marzo del presente año , en cuya parte dispositiva se establecía, literalmente: "Estimando la demanda interpuesta por Don Cesar representado por la Procuradora Dª Elena Morales Bustos bajo la dirección técnica del Letrado Don Eduardo Morán Morán, contra Don Antonio representado por la Procuradora Dª Sonia Espí Romero bajo la dirección técnica del Letrado Don Pedro Angel Zarzuela García, debo condenar y condeno a Don Antonio a realizar las obras necesarias al objeto de evitar la salida de humos por el patio común en los términos recogidos y descritos en la presente resolución, imponiendo al demandado las costas del presente procedimiento".

II

Contra la anterior sentencia se preparó y después interpuso recurso de apelación por la parte demandada, recurso que fue admitido a medio de providencia, dándose traslado a la parte contraria para que pudiera presentar escrito de oposición o impugnar la sentencia en aquellos extremos que pudieran resultarles desfavorables.

Con fecha diecisiete de mayo del presente año, Dª Elena Morales Bustos, Procuradora de los Tribunales y de Don Cesar presentó escrito oponiéndose al recurso de apelación interpuesto de contrario, interesando el dictado de una sentencia íntegramente confirmatoria de la recaída en la primera instancia.

III

Recibidas las actuaciones en esta Audiencia Provincial, con fecha seis de junio del presente año, se procedió a formar el correspondiente rollo, asignándosele el número del margen, turnándose ponencia y habiéndose cumplido la totalidad de las previsiones legales, sin que se estimara necesaria la celebración de vista, y señalándose para que tuviera lugar la correspondiente deliberación, votación y fallo el siguiente veintiocho de junio del presente año.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los que se contienen en la resolución recurrida, que deberán tenerse aquí por íntegramente reproducidos.

I

Reproduce, en primer lugar, la parte apelante las dos excepciones que ya tuvo oportunidad de deducir, bien es cierto que sin éxito, en la primera instancia, a saber: falta de legitimación activa y de litisconsorcio pasivo necesario.

Por lo que a la primera de ellas respecta, y como acertadamente se señala en la sentencia de instancia, nada empece a que un copropietario pueda, al amparo de lo establecido en los artículos 7 y 9 de la Ley de Propiedad Horizontal , ejercitar por la modificación o afectación de un elemento común, una acción de exigencia de respeto a los elementos comunes respecto de otro copropietario, máxime cuando, como en este caso, resulta perjudicado directamente por aquella alteración. Así, con relación a un supuesto ciertamente semejante al que ahora se resuelve, la Audiencia...

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