STSJ Galicia 4739/2013, 18 de Octubre de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución4739/2013
Fecha18 Octubre 2013

T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIALA CORUÑA

PLAZA DE GALICIA

Tfno: 981184 845/959/939

Fax:881881133 /981184853

NIG: 15036 44 4 2010 0000933 SECRETARIA SRA. FREIRE CORZO

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0004028 /2011 IP

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEMANDA 0000451 /2010 JDO. DE LO SOCIAL nº 002 de FERROL

Recurrente/s: NAVANTIA S.A., IZAR CONSTRUCCIONES NAVALES S.A. EN LIQUIDACION

Abogado/a: FRANCISCO JAVIER GARCIA RUIZ, JULIAN MARIA CRESPO CARRILLO

Procurador/a:, LUIS SANCHEZ GONZALEZ

Graduado/a Social:

Recurrido/s:

Abogado/a: NEMESIO BARXA ALVAREZ, VICTOR MANUEL LOPEZ CASAL

Procurador/a: MARIA ANGELES FERNANDEZ RODRIGUEZ,

Graduado/a Social:

ILMOS.SRES/AS. MAGISTRADOS

D. JOSE MANUEL MARIÑO COTELO

JUAN LUIS MARTINEZ LOPEZ

FERNANDO LOUSADA AROCHENA

En A CORUÑA, a dieciocho de Octubre de dos mil trece.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NO MBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A En el RECURSO SUPLICACION 0004028 /2011, formalizado por el/la D/Dª FRANCISCO JAVIER GARCIA RUIZ, Letrado, en nombre y representación de NAVANTIA S.A., contra la sentencia dictada por XDO. DO SOCIAL N. 2 de FERROL en el procedimiento DEMANDA 0000451 /2010, seguidos a instancia de Marí Luz frente a NAVANTIA S.A.,MAPFRE EMPRESAS, COMPAÑIA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A.,IZAR CONSTRUCCIONES NAVALES S.A. EN LIQUIDACION, siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo/a Sr/Sra D/Dª JUAN LUIS MARTINEZ LOPEZ.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

D/Dª Marí Luz presentó demanda contra NAVANTIA S.A., MAPFRE EMPRESAS, COMPAÑIA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A.,IZAR CONSTRUCCIONES NAVALES S.A. EN LIQUIDACION, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia, de fecha nueve de Marzo de dos mil once

SEGUNDO

En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados:

Primero

D. Estanislao prestó servicios para la entidad B ZAN desde el 4-10-1962 al 24-9-1992, fecha en la qua es baja, una vez fuera declarado afecto de IPT debida a EC.

En tanto se mantuvo activo, desempeñó las siguientes actividades:

Periodos CATEGORIA entorno

4-10-1962/7-9-1965 Aprendiz rama metal Astillero

8-9-1965/31-7-1966 Aprendiz rama metal Taller soldadores gas.

1-8-1966/18-9-1966 Oficial 3º soldador gas taller prefabricados

19-9-1996/24-3-1968 Oficial 3º soldador gas Gradas de construcción

25-3-1968/2-10-1969 Servicio militar

3-10-1969/20-3-1970 Verificador gestión calidad Astillero

21-3-1970/11-7-1971 Verificador gestión calidad Centro de prefabricado

12-7-1971/30-6-1972 Verificador gestión calidad Verificación de aceros

1-7-1971/30-6-1972 Verificador gestión calidad Verificación de aceros

1-7-1972/20-9-1975 Oficial segunda armador Verificación de aceros

21-9-1975/24-9-1992 Oficial 1º verificador Verificación de aceros

SEGUNDO

Como aprendiz realizó tareas en diferentes entornos 1 Astillero. Asimismo, la función de verificación misma movilidad, a salvo de los momentos en los que D. Estanislao quedo adscrito a un determinado entorno.

TERCERO

El amianto fue empleado en la construcción de buques año 1983 dentro del Astillero de FERROL (actualmente por la empresa NAVANTIA). Desde esa fecha, la exposición a un mencionado material se redujo a las tareas de n y desguace de buques.

A lo largo del periodo en el que prestó servicios D. Estanislao estuvo expuesto al amianto, toda vez gue en tanto aprendiz, desde 1962 y con 14 anos, realizaba tareas as en todas las zonas del astillero a fin de tomar conocimiento y experiencias genéricas. Posteriormente, y coma verificador, debía ejecutar su labor en zonas donde operaban quienes manejaban las fibras de asbesto, ello con el propósito de dar su visto bueno al trabajo, entre otros, de soldadores y tuberos

Cuarto

Las mantas de amianto se hallaban esparcidas sin precaución a lo largo del entorno donde se encontraba el causante y sus compañeros. Los residuos se eliminaban mediante uso de un manguerote, así como con escoba y cubo. No existía doble taquilla pare aislar ropa de trabajo de la propia del operario. Los trabajadores consumían alimentos en el entorno donde se trabajaba con el amianto. Disponían de mascarillas de tela desechables (un uso).

Quinto

Entre 1962 y 1982 el causante fue sometido a tres reconocimientos médicos rutinarios (20-8-1965, 15-10-1975 y 1- 10- 1984). A partir de 1984 los reconocimientos fueron anuales. Las exploraciones consistían en una placa de tórax

analítica.

Sexto

A partir de 1981 consta como la empresa IZAR realizo mediciones de contaminación para detectar cationes metálicos.

Séptimo

En 1992 el causante fue baja en la empresa tras IF total debido a patología cardiaca. La base reguladora de la prestación reconocida ascendía a 2190,56 E.

Octavo

El 30 de agosto y el 2 de septiembre de 2005 acude a Urgencias del Complejo Arquitecto Marcide por crisis hiperiensiva. Remitido a Consultas externas Neumología se curse pruebas (TAO y PAAF TAO) de las que se deduce Nódulo pulmonar solitario a nivel de segmento anterior del 16bulo superior derecho con adenopatías mediastinicas. Tras punción con aspiración de aqua fina (PAAF) se deduce la existencia de Adeno carcinoma (Adenoca) de Pulmón estadio III A.

Oncología resuelve pautar tratamiento QT (2 líneas) con escasa respuesta

Vuelve a ingresar en marzo 2008 por aumento de disnea, objetivándose derrame pleural derecho con atelectasia pasiva del pulmón. Se hace citología que resulta positiva para AdenoCA.

Tras incidencias previsibles en el contexto de la enfermedad, vuelve ingresar el 14-5-2008, momento en el que se prescriben cuidados paliativos, falleciendo el 26-5-2008. Como antecedentes, además de los descritos, se pusieron de manifiesto: Cardiopatía isquémica crónica. PCR en 2000 con encelopatía secundaria a anoxia. HTA, Dislipemia, Arteriopatía periférica, Insuficiencia renal crónica (IRC) de origen vascular

Fue fumador hasta el ario 2000, con una dosis promedio de 30 cigarrillos/día.

Noveno

El Laboratorio de investigación neumológica del Hospital de la Vall d'Hebrón (BCN) emitió el 13-8-2008 informe sobre concentración de fibras de amianto, reseñando en el mismo la metodología asociada a la publicación aparecida en la ERS, Working group, 1998; 11 1416-26.

Del mismo se extrae el siguiente fragmento, dándose el resto por reproducido a este ordinal:

Se ha remitido fragmento de pu1món del cual se han analizado una muestra de 0,05 g. De peso de tejido seco. Se ha procedido a eliminación de 1a materia orgánica mediante digestión con hipoclorito sódico según procedimiento estandarizado (1: ERS, Working group, 1998;11 1416-26)

El recuento de cuerpos ferruginosos (CF) se ha llevado a cabo mediante microscopia óptica a 400 aumentos (1: ERS, Wo king group, 1998; 11: 1416-26).

La cifra de CF hallados es de 4378 CF/gr de tejido seco. La cantidad de CF hallada excede claramente de 1os va1ores de referencia de nuestro laboratorio y se sitúan por encima del dintel de 1000 CF/gr de tejido seco aceptado internacionalmente.

La combinación del tabaquismo y la exposición prolongada al provoca una elevación exponencial del riesgo de contraer el AdenoCA de pulmón.

Decimo

Dña. Marí Luz,esposa del fallecido, consider6 procedente solicitar una nueva filiación de contingencia a sus prestaciones por viudedad, obteniendo tras 1 oportuno tramite administrativa resolución del INSS que vinculó ese hecho causante a enfermedad profesional (4-5-2010) remitiendo sus efectos al 25-6-2008 (fecha del fallecimiento de D. Estanislao ). La nueva BR ascendía a 2623,6 E.

El dictamen del EVI (11-5-2009), y sobre el que el INSS basó su criterio, concluye en que D. Estanislao estuvo expuesto al as esto en su ocupación laboral durante el 'periodo de actividad indicado en la empresa I2AR, de lo.due deduce, tras P constata la patología neoclásica, la nueva filiación de .1ª contingencia hacia EP.

Undécimo

IZAR Construcciones Navales S.A. (IZAR) procedió a constituir la mercantil NEW IZAR S.L., mediante escritura pública autorizada de fecha 30/07/2004. Posteriormente, NEW IZAR S., procedió a la ampliación de su capital social mediante la emisión de participaciones sociales que fueron asumidas por parte de IZAR Construcciones Navales mediante la aportación no dineraria consistente en la rama de actividad militar constituida por Las factorías de Ferrol, Fene, Cartagena, Puerto Real, San Fernando y Cádiz y el Centro Operativo. de Madrid, que comprenden instalaciones, existencias, instrumentos de trabajo, mobiliario y demás elemento que directa o indirectamente están afectos a la explotación de la rama de actividad trasmitida, conjunto económica capaz de funcionar por sus propios medios, comprendiendo, asimismo, dicha ampliación Los contratos de todo tipo y naturaleza vinculados a la actividad transmitida, pagos, gastos, cargas, deudas, contribuciones, derechos y obligaci.nes de cualquier género, qua se deriven de la titularidad de la rama de actividad transmitida. Posteriormente por escritura pública autorizada en fecha 04/01/2005. IZAR Construcciones Navales S.A., transmitió a la Sociedad Industrial de Participaciones Industriales el piano dominio de Las participaciones sociales que le pertenecían en La Sociedad NEW IZAR S.L.

Duodécimo

La papeleta de conciliación fue interpuesta el 25- 5-2009, sin que se dedujera acuerdo del acto resultante.

TERCERO

En la sentencia...

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