STSJ Andalucía 1305/2013, 25 de Abril de 2013
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 1305/2013 |
Fecha | 25 Abril 2013 |
Recurso nº 318/13 -AC- Sentencia nº 1305/13
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA
SALA DE LO SOCIAL
SEVILLA
Iltma.Sra.Magistrada
DOÑA MARÍA BEGOÑA RODRÍGUEZ ÁLVAREZ, Presidenta
Iltmo. Sr. Magistrado
DON FRANCISCO MANUEL ÁLVAREZ DOMÍNGUEZ (PONENTE)
Iltma.Sra. Magistrada
DOÑA ROSA MARIA ROJO CABEZUDO
En Sevilla, a veinticinco de abril de dos mil trece.
La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Iltmos. Sres. citados al margen,
EN NOMBRE DEL REY
ha dictado la siguiente
SENTENCIA NÚM. 1305/13
En el recurso de suplicación interpuesto por EL INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y LA TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, contra la sentencia del Juzgado de lo Social número UNO de los de CEUTA en los autos nº 344/11; ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado Don FRANCISCO MANUEL ÁLVAREZ DOMÍNGUEZ, Magistrado.
Según consta en autos, se presentó demanda por D. Candido contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social, sobre Seguridad Social se celebró el juicio y se dictó sentencia el día 11-12-12 por el Juzgado de referencia, que estimó la demanda.
En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los siguientes:
"PRIMERO.- Al actor Candido, por resolucion del INSS de 30 de abril del 2010 le fue reconocida la prestación de invalidez permente absoluta en base al informe el EVI de 22 de marzo del 2010 (F 33) que diagnostica:
Malformacion arterio-venosa grado IV de Spetzle-Martin: Crisis comiciales. Fibrilacion auricular revertida mediante fármacos. Diabates mellitus tipo II.El correspondiente informe de valoracion médica de fecha 29 de abril del 2010 (cuyo contenido se da aquí por reproducido al obrar en autos al folio 36) establece como limitaciones orgánicas y funcionales: MalfoRmación arteriovenosa parietal izquierda. cliniamente bien aunque con animo depresivo. riesgo de sangrado y de crisis comicial. Cardiopatia hipertensva. Fibrilación auricular. HTA controlada.
Conclusiones:
Desde el punto de vista pronostoco persisten los riesgos de sangrado y de crisis comicial asociados a la malformación que no podrá evaluarse hasta que transcurran al menos tres años.
Instada la revision por el actor,por resolucion del INSS de 5 de mayo del 2011 le fue mantenido a la actor D. Candido en el regimen general la prestacion por incapacidad permanente absoluta en la cuantía del 100 % de su base reguladora de 1998,36 ascendiente ahora euros mensuales, todo ello, segun el dictamen propuesta del EVI en el que establece un cuadro clinico residual:
Malformación arterio-venosa grado IV Spetxler-Martin parietal derecha tratada con radiocirugía en Nov. 2009. Crisis comiciales. Diabetes mellitus tipo II. HTA controlada.
El actor sigue padeciendo la referida patologia y ha tenido repetidas crisis focales epilecticas y comiciales, en concreto en noviembre de 2010; y enero, mayo y junio del 2011(F23) recomendandosele medicamente salir acompañado por segunda persona y su ayuda en el aseo personal, ((F18).
El demandante tiene reconocido una minusvalía administrativa con un 72 por ciento de menoscabo fisico y ademas se le ha reconocido el grado II y nivel 2 de dependencia.
El complemento de pension por gran invalidez asciende a 1064,49.
Se efectuó reclamacion previa con el resultado que obra en autos."
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por el demandado, que fue impugnado por la parte contraria.
El actor tiene reconocida una incapacidad permanente absoluta por resolución de la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social de 30 de abril de 2010. Se le apreció malformación arterio venosa grado IV de Spetzle-Martin: crisis comiciales. Fibrilación auricular revertida mediante fármacos. Diabetes Mellitus tipo II. Riesgo de sangrado y de crisis comicial. Cardipatía hipertensiva. Fibrilación auricular. Hipertensión arterial controlada. Riesgos de malformación que no podrán evaluarse hasta que transcurran al menos tres años.
El trabajador interpuso demanda en solicitud de revisión de su situación de incapacidad y de su reconocimiento en situación de gran invalidez. La sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 1 de Ceuta de 11 de diciembre de 2011 estimó la demanda interpuesta. La misma le apreció malformación arterio venosa grado IV Spetzler-Martin parietal derecha tratada con radiocirugía en noviembre de 2009. Crisis comiciales. Diabetes Mellitus tipo II. Hipertensión arterial controlada. Crisis focales epilépticas y comiciales en noviembre de 2010, enero, mayo y junio de 2011, recomendándosele médicamente salir acompañado por segunda persona y ser ayudado en su aseo personal.
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ATS, 23 de Septiembre de 2014
...Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla de fecha 25 de abril de 2013, en el recurso de suplicación número 318/2013 , interpuesto por el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, frente a la sentencia dictada po......