STSJ Andalucía 2264/2012, 11 de Octubre de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución2264/2012
Fecha11 Octubre 2012

1 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA

CON SEDE EN GRANADA

SALA DE LO SOCIAL

AN.

SENT. NÚM. 2264/12

ILTMO. SR. D. JOSÉ Mª CAPILLA RUIZ COELLO

ILTMO. SR. D. JUAN CARLOS TERRÓN MONTERO

ILTMO. SR. D. RAFAEL PUYA JIMENEZ

ILTMO. SR. D. JULIO ENRIQUEZ BRONCANO

MAGISTRADOS

En la ciudad de Granada a once de octubre de dos mil doce.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados que al margen se indican, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de Suplicación núm. 1627/12, interpuesto por AYUNTAMIENTO DE LA CAROLINA contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. 1 DE JAEN en fecha 17/4/12 en Autos núm. 48/12, ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. RAFAEL PUYA JIMENEZ .

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En el Juzgado de referencia tuvo entrada demanda interpuesta por Victorino en reclamación sobre MATERIAS LABORALES INDIVIDUALES contra AYUNTAMIENTO DE LA CAROLINA y admitida a trámite y celebrado juicio se dictó sentencia en fecha 17/4/12, por la que estimando la demanda, interpuesta por D. Victorino contra la empresa AYUNTAMIENTO DE LA CAROLINA, se revoca y deja sin efecto la resolución de fecha 30 de diciembre de 2011, por cuanto suprime el complemento de productividad 119 que percibía el actor y se condena al Ayuntamiento a estar y pasar por la presente sentencia y a que reponga al actor en la situación en la que se encontraba antes de dicha resolución, con derecho a la percepción del complemento.

Segundo

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

PRIMERO

Que D. Victorino, mayor de edad con DNI NUM000, viene prestando sus servicios para el Excmo. Ayuntamiento de la Carolina desde el 6 de octubre de 1992 con la categoría de Técnico de Desarrollo Local, con salario compuesto por los siguientes elementos, con referencia nómina del mes noviembre de 2011:

1 Salario base: 1.103#24 euros.

2 Antigüedad: 254#51 euros.

3 Complemento de Destino: 509#84 euros

4 Complemento Especifico: 181#71 euros

119 Productividad: 370#50 euros

1526 Fondo de Mejora: 43#73 euros

721 Dietas de personal no directivo 30 euros

724 Locomoción personal no direct.: 32#50 euros

1532 Gratr. Control Progr. Y Prom. Eco: 680 euros.

SEGUNDO

Que en fecha 18 de febrero de 2003 el Sr. Alcalde del Ayuntamiento de la Carolina dicto la siguiente resolución: "En uso de las atribuciones que me confiere el art. 41.14 h) del reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales Real Decreto 2568/86 de 28 de noviembre, RESUELVO: PRIMERO.- Que se le conceda al empleado laboral de este Ayuntamiento don Victorino adscrito al Área de Desarrollo Local (UPE) un complemento de productividad mensual por asistencia técnica a programas municipales de otros departamentos, no propios del área de desarrollo, con cargo a la partida presupuestaria de "Gratificación y Complemento de Productividad" por importe de TRESCIENTOS NOVENTA EUROS (390 euros) con efectos de 1 de enero de 2003. SEGUNDO.- De la presente resolución se dará traslado a los Servicios de Intervención y de Personal"

Dicho complemento a partir de junio de 2010 se redujo un 5% al 370#5 euros

TERCERO

Que por resolución de Alcaldía de 30 de diciembre de 2011 se acuerda:

"RESULTANDO: PRIMERO Que con fecha 18 de febrero de 2003 fue dictada Resolución de la Alcaldía por la que se concedía a la empleada del Ayuntamiento Don Victorino adscrito al Área de Desarrollo Local (UPE) un complemento de productividad mensual que ascendía a la cantidad de 390 euros.

SEGUNDO

Que no existe consignación presupuestaria suficientes ni habilitación necesaria para poder generar este gasto, dado los recortes y limitaciones producidas en las modificaciones normativas.

Por todo lo anterior en cumplimiento de lo establecido en el artículo 41.14 H) del Regalmento de Organización, Funcionamiento y Régimen jurídico de las Entidades locales aprobado mediante RD 2568/1986 de 28 de noviembre y en ejercicio de las potestades que me asisten conforme al artículo 21.1 g y h de la ley 7/85 de 2 de abril Básica del Régimen Local . RESUELVO

PRIMERO Dejar sin efecto la resolución de alcaldía de fecha 18 de febrero de 2003 por la que se concede al empleado D. Victorino adscrito al Área de Desarrollo Local (UPE) un complemento de productividad mensual de 390 con efectos del día uno de diciembre de 2011.

SEGUNDO

De la presente Resolución se dará traslado al interesado y a los servicios de intervención y Personal y al Comité de Empresa de este Ayuntamiento."

Al actor se notifica la resolución el día 30 de diciembre de 2011

Que por idéntica causa el Ayuntamiento de la Carolina ha procedido a suprimir a 24 trabajadores el complemento de productividad en la diferente cuantía que lo percibían, desconociéndose el motivo de la concesión de dicho complemento a estos trabajadores.

No queda acreditada la causa presupuestaria.

CUARTO

Que el actor desde el 1 de diciembre de 2011 ha seguido desarrollando las mismas funciones.

Tercero

Notificada la sentencia a las partes, se anunció recurso de suplicación contra la misma por AYUNTAMIENTO DE LA CAROLINA, recurso que posteriormente formalizó, siendo en su momento impugnado por el contrario. Recibidos los Autos en este Tribunal, se acordó el pase de los mismos al Ponente, para su examen y resolución.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Se impugna en el presente recurso de suplicación la sentencia dictada por...

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