SAP A Coruña 257/2012, 8 de Junio de 2012
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 257/2012 |
Fecha | 08 Junio 2012 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2
A CORUÑA
SENTENCIA: 00257/2012
AUDIENCIA PROVINCIAL A CORUÑA
SECCION SEGUNDA
Rollo: RAM 785/12
Organo de Procedencia: Juzgado de Menores de A Coruña y su provincia.
Proc.Origen: Expediente de reforma Nº 411/11
SENTENCIA Nº 257
ILTMO/A. SR/A. PRESIDENTE/A
DOÑA MARIA DEL CARMEN TABOADA CASEIRO-Ponente
ILTMOS. SRES. MAGISTRADOS
DON LUIS BARRIENTOS MONGE
DON SALVADOR PEDRO SANZ CREGO
En A Coruña, a ocho de junio de dos mil doce .
LA SECCIÓN SEGUNDA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE A CORUÑA, integrada por los Magistrados/as reseñados/as al margen, ha pronunciado
En nombre de S.M. el Rey
La siguiente
SENTENCIA
En el recurso de apelación penal Nº RAM785/12 interpuesto contra la Sentencia dictada por el Juzgado Menores de A Coruña, en el Expediente de Reforma Núm.: 411/11, figurando como apelante el menor Candido asistidos por la Letrado Sr. López Petinal y como apelado el MINISTERIO FISCAL; siendo Ponente del presente recurso la Ilma. Sra. Doña MARIA DEL CARMEN TABOADA CASEIRO.
Por la Ilma. Sra. Magistrada- Juez del Juzgado Menores de A Coruña con fecha 30-04-12 dictó Sentencia y cuya Parte Dispositiva dice como siguiente " FALLO: Imponer al menor Candido como autor de una falta de lesiones, la medida de 3 meses de libertad vigilada con la finalidad de que adquiera habilidades y actitudes necesarias para el correcto desarrollo personal y social. Interiorización de normas, potenciar la capacidad de empatía así como tomar conciencia de las consecuencias de sus actos.
Con imposición de las costas procesales. En concepto de responsabilidad civil el menor expedientado como responsable civil directo y solidariamente sus padres Erasmo y Lucía, indemnizarán:
- Al Sergas en la cantidad de 520,98 euros por los gastos derivados de la asistencia médica prestada al lesionado.
- A Geronimo en la cantidad de 348,54 euros por las lesiones sufridas y 230 euros por los desperfectos causados en las gafas de su propiedad.
De seguirse otro procedimiento por estos mismos hechos en la jurisdicción de adultas, TENGASE EN CUENTA en la pieza de ejecución civil a fin de evitar duplicidad en el cobro.".
Notificada dicha sentencia a las partes, se interpuso contra la misma en tiempo y forma, recurso de Apelación por la representación procesal del menor que fue admitido en ambos efectos, por proveído de fecha 11-05-12, dictado por el instructor, acordando darle traslado prevenido en el artículo 790.6 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, a las restantes partes.
Por Diligencia de Ordenación de fecha 22-05-11, se acordó elevar todo lo actuado a la Oficia de Reparto de Audiencia Provincial; siendo turnado el mismo a esta Sección para resolver el recurso; recibidas que fueron las actuaciones, se acordó pasar las mismas al Ilmo. Magistrado Ponente.
En la sustanciación del presente recurso se han observado y cumplido las prescripciones y formalidades legales.
HECHOS PROBADOS
Se acepta el relato fáctico de la sentencia recurrida, que aquí se da por reproducida, en aras de la brevedad.
- En el recurso se invoca la errónea valoración de las pruebas y, por...
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