SAP Madrid 537/2007, 11 de Diciembre de 2007

PonenteALBERTO GUMERSINDO JORGE BARREIRO
ECLIES:APM:2007:19350
Número de Recurso402/2007
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución537/2007
Fecha de Resolución11 de Diciembre de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 15ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN DECIMOQUINTA

Rollo P-402/2007

J. Oral 506/2006

Jzdo. Penal nº 18

SENTENCIA Nº 537

Magistrados:

Alberto JORGE BARREIRO (ponente)

Pilar OLIVÁN LACASTA

Rosa Mª QUINTANA SAN MARTÍN

En Madrid, a 11 de diciembre de 2007.

Este Tribunal ha deliberado sobre el recurso de apelación interpuesto por Baltasar contra la sentencia dictada por la Magistrada-Juez del Juzgado de lo Penal nº 18 de Madrid, el 13-IV-2007, en la causa arriba referenciada.

La apelante estuvo asistido de la letrada María José Muerza Solórzano.

ANTECEDENTES PROCESALES

  1. El relato de hechos probados de la sentencia apelada dice así: "El día 11 de mayo de 2005, aproximadamente sobre las 15,45 horas, Baltasar, mayor de edad y sin antecedentes penales, fue requerida por agentes del Metro de Madrid S.A, en la estación de Legazpi de Madrid, para que les mostrara la tarjeta abono transporte de Madrid que portaba y que se encontraba a su nombre y el cupón mensual, haciéndolo Baltasar, la cual acababa de utilizarlo minutos antes.

    La tarjeta mencionada tenía un número de abonado NUM000 y era auténtica, y el cupón mensual correspondiente al mes de mayo de 2005, y a la zona A, tenía el mismo número de abonado que la tarjeta y había sido manipulado en dicha numeración para coincidir en la de la tarjeta".

    La resolución impugnada contiene el siguiente fallo: "Que debo condenar y condeno a Baltasar como autora responsable criminalmente de un delito de falsedad en documento oficial prevenido en el artículo 392 en relación con el artículo 390.1-1º en concurso medial del artículo 77 con una falta de estafa del artículo 623.4 del Código Penal, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, imponiéndole la pena de seis meses de prisión y seis meses de multa a razón de una cuota diaria de 2 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria del artículo 53.1 del CP, de un día de privación de libertad por cada dos cuotas insatisfechas, y con la accesoria prevenida en el artículo 56.2 de dicho texto legal de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo que dure la condena, por el delito de falsificación, y por la falta de estafa la pena de un mes multa a razón de una cuota diaria de 2 euros y con aplicación subsidiaria de lo establecido en el artículo 53 del CP, condenando igualmente a Baltasar a indemnizar a Metro de Madrid, S.A con la cantidad de 37,15 euros y con expresa imposición de las costas procesales".

  2. La parte apelante interesó que se revocara la sentencia apelada y se dictara otra absolutoria.

  3. El Ministerio Fiscal instó la confirmación de la resolución recurrida.

    Se aceptan los que constan relatados en la sentencia apelada.

    MOTIVACIÓN

Primero

La parte recurrente centra su impugnación en cuestionar la apreciación probatoria de la juez de instancia en lo que se refiere el conocimiento de que el cupón utilizado para acceder al Metro fuera falso. Y en este sentido alega que la confección del cupón falso que va inserto en la tarjeta de abono de transporte es muy sofisticada y atinada, por lo que resulta muy difícil de detectar, ya que así lo expusieron de forma indubitada los empleados del Metro que comparecieron a deponer como testigos en el plenario. Estos explicaron que incluso para ellos resultaba muy complicado detectar los cupones que se falsifican en su integridad, por lo que precisan acudir a la utilización de una luz ultravioleta como única forma de comprobar si trata o no de un cupón falso.

El motivo no puede sin embargo acogerse. En primer lugar, porque la acusada adquirió el cupón fuera del circuito comercial habitual de venta, pues ni lo adquirió en la taquilla del Metro ni tampoco en un estanco, sino que se lo compró a un sujeto que se lo vendió particularmente dentro de las instalaciones de una estación de Metro, según su versión, y además abonó por él un precio muy inferior al de mercado. Cuesta al parecer 36...

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