STSJ Comunidad Valenciana 765/2012, 13 de Marzo de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución765/2012
Fecha13 Marzo 2012

Recurso c/s nº 273/12

Recurso contra Sentencia núm. 273/12

Ilmo. Sr. D. Juan Luís de la Rúa Moreno

Presidente

Ilmo. Sr. D. Ramón Gallo Llanos

Ilma. Srª Dª Mª Amparo Ballester Pastor

En Valencia, a trece de marzo de dos mil doce.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente,

SENTENCIA Nº 765/2012

En el Recurso de Suplicación núm. 273/12, interpuesto contra la sentencia de fecha 23 de septiembre de 2011, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 8 de Valencia, en los autos núm. 651/11, seguidos sobre despido, a instancia de Dª. Leonor, asistida por el Letrado D. Manuel López Vidal, contra NITRAM POOL SL, asistidos por el Graduado Social Dª. María José Jurado Córdoba, Administradora Concursal, Dª. Santiaga y el FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, y en los que es recurrente la parte demandada Nitram Pool SL, habiendo actuado como Ponente el/a Ilma. Srª Dª Mª Amparo Ballester Pastor.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 23 de septiembre de 2011, dice en su parte dispositiva: "FALLO: "Que estimando la demanda deducida por Leonor .contra NITRAM POOL S.L., en situación de Concurso de Acreedores siendo su Administrador Concursal Santiaga, con audiencia del FOGASA, debo declarar y declaro la IMPROCEDENCIA del despido de fecha de efectos tres de mayo de 2011, condenando a la empresa a que, a su opción que deberá ejercitar en el plazo de cinco días desde la notificación de la presente Resolución, mediante escrito o comparecencia en la Secretaria de este Juzgado, readmita a la trabajadora en las mismas condiciones que regian antes del despido o le indemnice aen la cuantía de 5.010, 79 #, con abono en ambos casos de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la notificación de la presente resolución a razón de 28, 43 # /día.".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes: "PRIMERO.- La trabajadora demandante doña Leonor con Dni número NUM000, y cuyas demás circunstancias personales constan en el encabezamiento de la demanda rectora de las presentes actuaciones, prestó servicios por cuenta y orden de la empresa NITRAM POOL SL,con CIF num. B96781547, dedicada a la actividad de gestión de servicios de instalaciones deportivas, en el centro de trabajo sito en la c) Manolo Taberner 21 triplicado bajo (46018 - Valencia ) con antigüedad desde el 13 de junio de 2.007, categoría profesional de recepcionista y salario mensual, con prorrata de pagas extras, de 853 euros. El convenio aplicable a las partes en litigio es el Colectivo de Instalaciones Deportivas y Gimnasios . SEGUNDO.- La empresa notificó a la actora el día dieciocho de abril de 2.011 carta de extinción de la relación laboral del siguiente tenor: " Muy señor /a nuestro : Don Octavio con DNI nº NUM001, en calidad de Administrador de la mercantil NITRAN POOL SL, mediante la presente y de conformidad con lo establecido en los artículos

52.c ) y 53 del Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores, según redacción dada por la Ley 35/2.010 dentro del plazo de preaviso de quince días le comunica la extinción de la relación laboral que nos vincula, con efectos del día tres de mayo de 2.011 por causas objetivas al amparo del primero de los preceptos mencionados, fundamentándose esta decisión en la necesidad de amortizar su puesto de trabajo por causas económicas, productivas y organizativas. De forma efectiva y al amparo del artículo 52 c) del Estatuto de los trabajadores y en virtud de causas de carácter económico, productivo y organizativo, esta empresa se ve en la necesidad de amortizar su puesto de trabajo de Recepcionista y con una fecha de antigüedad de 13 de junio de 2.007. Esta empresa ha tomado la decisión mencionada por los siguientes motivos : Como usted conoce la mercantil NITRAM POOL SL es una empresa que, con carácter general, orienta su actividad en el campo de la gestión de Instalaciones Deportivas tanto públicas como privadas . El espacio o sector para el que usted presta servicios está integrado por la gestión privada de Centros Deportivos y de la gestión directa e indirecta de servicios de Instalaciones Deportivas Municipales, así como mantenimiento integral externo de todo tipo de instalaciones, así como la gestión técnica y administrativa de empresas del grupo . En septiembre de 2.006 y con motivo de la necesidad de la mercantil de ampliar mercando y ante la concesión de los siguientes contratos:

la prestación de servicios deportivos de la Ciudad de Alboraya .

contrato de servicio de socorrismo, actividades deportivas y mantenimiento de la comunidad de vecinos

de Masía de Traver .

control de gestión de servicio de socorrismo, actividades deportivas de mantenimiento de la Piscina Municipal Descubierta de la Urbanización Port Sa Playa.

Contrato de gestión de servicio de socorrismo, actividades deportivas y mantenimiento de la piscina municipal de Puzol .

Contrato de gestión de servicio deportivo del Ayuntamiento de la Pobla de Vallbona .

Gestión integral mediante contrato de arrendamiento de las instalaciones municipales de Alsasua .

La mercantil tuvo que modificar la estructura organizativa de la empresa reestructurando en el 2007 el personal del Centro Deportivo Marvá. La mercantil ha experimentado un importante descenso en esta actividad, a raíz de la finalización de los citados contratos de gestión suscritos con las diferentes Administraciones Públicas, finalización provocada en la mayoría de los casos por la falta de pago de los mismos, lo que ha generado un notable descenso del importe neto de cifra de negocios durante el año 2.009 y 2.010 según muestra la siguiente tabla : Importe neto cifra de negocios : 2.008- 2.275.039,54 euros. 2.009 - 1.357.595,05 euros. 2.010- 393.697,57 euros. Como se puede ver las ventas han descendido de forma continuada . En el año 2.009 y respecto al 2.008 descendieron en un 40% y en el 2.010 respecto al 2.008 en un 82% y en un 70% respecto del 2.009. Respecto a las gestiones y proyectos a primeros del año 2.010, como gestión directa, la empresa sólo tenía como centro de trabajo el Centro Deportivo Marvá . Por todo ello esta tendencia reflejada anteriormente es una constante en el global de la actividad de la mercantil, como es natural este descenso de la producción contratada ha marcado considerablemente los datos referidos a la rentabilidad de la actividad . Si a estas cantidades le aplicamos el total de gastos directos e indirectos imputables a la actividad en relación con nuestros clientes, arroja como usted conoce unos resultados muy negativos durante el 2.009 y 2.010. Resultado del ejercicio- Pérdidas : 2.009 - menos 166.676,58 #. 2.010-menos 206.081,08 #. Total : menos 372.757,66 #. Por todo ello la mercantil Nitram Pool Sl presentó solicitud de concurso de acreedores voluntario que fue declarado en fecha 4 de marzo de 2.011 por el Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Valencia . Tal y como viene reflejado en el Plan de Viabilidad presentado y admitido dentro del Concurso por el Juzgado de lo mercantil nº 2 de Valencia, se han tomado otra serie de medidas previas al Concurso . Plan que según jurisprudencia del Tribunal Supremo es un elemento probatorio de carácter relevante, ya que además del presente despido objetivo, se han realizado otra serie de medias previas a la presentación del concurso desarrolladas en el Plan de Viabilidad como :

por parte de los socios se aportó capital a la empresa, 148.278,92 # entre septiembre de 2.009 y diciembre de 2.009.

a nivel de costes, se ha procedido a renegociar a la baja con todos los proveedores, consiguiendo descuentos de los costes corrientes de la mercantil, para ello se cambió de compañía suministradora de electricidad a Endesa, se ha cambiado el proveedor de gasoil y se han conseguido rebajas en algunos de los suministros necesarios para la actividad . a nivel de personal se realizó un ajuste del mismo, siendo su impacto en la cuenta de explotación ( a consecuencia de las indemnizaciones ) relativamente bajo, debido a que la mayor parte del personal se recolocó en las instalaciones gestionadas por las UTEs que en esos momentos necesitaban cubrir puestos de trabajo .

la relación de personal en la oficina central de Nitram Pool SL quedó como sigue :-bajas voluntarias :

2. - Despidos :2 .- A UTEs : 4. - Resto :3.

También se procedió a cerrar el despacho...

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