STSJ Galicia 2887/2012, 3 de Mayo de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución2887/2012
Fecha03 Mayo 2012

T.S.J.GALICIA SALA DE LO SOCIALA CORUÑA

PLAZA DE GALICIA

Tfno: 981184 845/959/939

Fax:98118 4853/2155/2211

NIG: 36038 44 4 2010 0003272

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0000820 /2012 JS

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEMANDA 0001042 /2010 JDO. DE LO SOCIAL nº 002 de PONTEVEDRA

Recurrente/s: Imanol

Abogado/a: ANTIA MURUZABAL PEREZ

Procurador/a:

Graduado/a Social:

Recurrido/s: MINISTERIO FISCAL, EMPRESA PUBLICA DE SERVIZOS AGRARIOS GALEGOS, S.A. (SEAGA)

Abogado/a:

Procurador/a:

Graduado/a Social:

ILMO. SR.PRESIDENTE:

ANTONIO OUTEIRIÑO FUENTE

ILMOS/AS SRES/AS MAGISTRADOS/AS:

JOSÉ ELIAS LÓPEZ PAZ

LUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO

En A CORUÑA, a tres de Mayo de dos mil doce.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.J.GALICIA SALA DE LO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NO MBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 0000820 /2012, formalizado por la representación de Imanol, contra la sentencia dictada por JDO. DE LO SOCIAL N. 2 de PONTEVEDRA en el procedimiento DEMANDA 0001042 /2010, seguidos a instancia de Imanol frente a la EMPRESA PUBLICA DE SERVIZOS AGRARIOS GALEGOS, S.A. (SEAGA), interviniendo el MINISTERIO FISCAL, siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo/a Sr/ Sra D/Dª JOSÉ ELIAS LÓPEZ PAZ.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

D/Dª Imanol presentó demanda contra EMPRESA PUBLICA DE SERVIZOS AGRARIOS GALEGOS, S.A. (SEAGA), con la intervención del MINISTERIO FISCAL, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia de fecha veintiuno de Noviembre de dos mil once, desestimatoria de la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

"PRIMERO.- El demandante D. Imanol, DNI n' NUM000, ha venido prestando servicios para la empresa SERVICIOS AGRARIOS GALLEGOS S.A. (SEAGA) desde el 7 de Junio de 2007, con categoría profesional de Ingeniero Técnico Forestal y salario mensual de 1.984,42 euros, incluido el prorrateo de pagas extras. SEGUNDO.- La Empresa Pública de Servicios Agrarios Galegos S.A. fue creada por Decreto 260/2006 de 28 de Diciembre y tiene por objeto la realización de todo tipo de actuaciones, obras, trabajos y prestación de servicios en materias forestales especialmente las relacionadas con la prevención y lucha contra los incendios forestales, así como también tiene por objeto las actuaciones, obras, trabajos y prestación de servicios en materias agrícolas, ganaderas y de desenvolvimiento rural que de forma taxativa sean encomendadas por la Xunta de Galicia. TERCERO.- - El demandante ha suscrito con la empresa demandada los siguientes contratos: El 7-06-07 contrato temporal para obra o servicio determinado, siendo la obra "Encomienda, dispositivo de prevención, vigilancia y defensa contra incendios. Año 2.007". La categoría profesional era la de Técnico de brigada helitransportada. El 15 de Mayo de 2008, la empresa le comunicó que el contrato finalizó el 31 de Mayo siguiente. El 1 de Junio de 2008, Contrato temporal para obra o servicio determinado, siendo la obra "Encomienda de Gestión para el Servicio de Brigadas de Prevención, Vigilancia y Defensa contra los incendios forestales para el año 2008" La categoría profesional era la de Ingeniero Técnico Forestal. Este contrato fue modificado en dos ocasiones: 1°) El 21 de Abril de 2009 se modificó la cláusula relativa a la obra o servicio señalada en el contrato de 1 de Junio de 2008, haciendo constar que la obra o servicio sería "la recuperación potencial forestal e implantación de medidas preventivas año 2008-2009, distritos de Pontevedra. 2°) El 15 de Junio de 2009 se modificó nuevamente el objeto de la obra o servicio, pasando a denominarse "Encomienda de Gestión para el servicio de brigadas de prevención, vigilancia y defensa de contra incendios forestales para el año 2009". CUARTO.- Desde mediados de 2.008, el actor ha venido realizando funciones de coordinador de todas las cuestiones relacionadas con las brigadas contra incendios de la Provincia de Pontevedra, y así sus funciones eran las siguientes: Coordinación con los jefes de Distrito acerca de la incorporación, retirada, cuadrantes y todo lo relacionado con las brigadas contra incendios. Coordinación con los distintos Ayuntamientos de la cesión, empleo y gestión de los puntos de encuentro de las citadas brigadas contra incendios. -Coordinación con el almacén central de SEAGA para el suministro de todo el material necesario para las brigadas. -Efectuaba la solicitud de altas y bajas del personal perteneciente a las brigadas contraincendios. Coordinación de la formación de los miembros de las brigadas. -Efectuaba el seguimiento y control de los accidentes de trabajo y de todas las enfermedades o accidentes del personal de las brigadas. - Llevaba el seguimiento, control y supervisión de la asistencia al trabajo de los brigadistas, de la ejecución de las tareas encomendadas, y era el responsable directo del trabajo desempeñado por el peón encargado del almacén y por los siete capataces existentes en la provincia y responsables a su vez de las brigadas contraincendios. QUINTO .-E1 actor desempeñaba sus labores de coordinación en las oficinas que la empresa SEAGA tiene en Pontevedra, Praza do Teucro n° 18, y acudía periódicamente a reuniones con los otros tres coordinadores provinciales (Lugo, Coruña y Orense). SEXTO.-En fecha 29 de Junio de 2010 el actor presentó papeleta de conciliación ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación contra la empresa SEAGA, solicitando que se declarase indefinida la relación laboral que le unía con la empresa. Ese mismo día comunicó a la empresa SEAGA la presentación de la papeleta de conciliación. SÉPTIMO.-En fecha 30 de Junio de 2010, la empresa SEAGA le comunicó al actor que ese día (30-6-10) causaría baja en la empresa como consecuencia de la finalización de los trabajos propios de su categoría y especialidad dentro de la obra para la que fue contratado. OCTAVO.- En fecha 1 de Julio de 2010 suscribieron las partes aquí litigantes un nuevo contrato de trabajo, contrato temporal para obra o servicio determinado, siendo la obra a realizar "Encomienda de gestión para el servicio de brigadas de prevención, vigilancia y defensa contra los incendios forestales en época de peligro alto en el año 2010". En virtud de este nuevo contrato, el actor pasó a ocupar un puesto de trabajo en la base helitransportada de Silleda. NO VEN0.-Las funciones de logística y coordinación que hasta el 30 de Junio de 2010 venía realizando el demandante, pasaron a ser realizadas por otro trabajador, D. Amador

. DÉCIMO.-En fecha 22 de Septiembre de 2010 la empresa le comunicó al trabajador aquí demandante que el 30 de Septiembre siguiente causaría baja en la empresa como consecuencia de la finalización de los trabajos propios de su categoría y especialidad dentro de la obra para la que fue contratado. DECIMOPRIMERO.-En fecha 30 de Septiembre de 2010 cesaron todos los trabajadores de la base helitransportista de Silleda que habían sido contratados como peones, emisoristas, técnicos y jefes de brigada, para la prestación de servicios en época de peligro alto del año 2010 en virtud de la Encomienda efectuada a SEAGA por la Consellería do Medio Rural de la. Xunta de Galicia, y en la que en fecha 6 de Mayo de 2010 se había dictado una orden de ejecución de trabajos, en la que se hacía constar que el plazo de ejecución de los trabajos (salvo para los puestos de mando y bases para aviones ligeros y trabajos de apoyo al dispositivo, que finalizarían el 31 de Octubre) sería hasta el 30 de Septiembre de 2010. DECIMOSEGUNDO.-Para acceder a las contrataciones efectuadas con la empresa demandada, el actor presentó en su momento las solicitudes pertinentes. En el año 2007 presentó solicitud de admisión en el proceso selectivo para la categoría de Técnico en los puestos de Técnico de Prevención y defensa forestal, Técnico de Brigadas especiales de prevención y defensa forestal y Técnico de apoyo. En el año 2008 presentó solicitud de admisión en la lista correspondiente a la categoría profesional de Ingeniero Técnico Forestal en los perfiles profesionales de Medios Aéreos en prevención, defensa, extinción de incendios, y en gestión de actuaciones. En el año 2010 presentó solicitud de admisión en la lista correspondiente a la categoría profesional de ingeniero Técnico Forestal en los perfiles profesionales de: Medios Aéreos en prevención, defensa, extinción de incendios. Gestión de actuaciones, y prevención de riesgos laborales. DECIMOTERCERO.-E1 23 de Junio de 2010 se hace pública la lista de los seleccionados para la contratación en el perfil de Medio: Aéreos en prevención, defensa, extinción de incendios forestales, y en ella el demandante ocupa el puesto n° 3. El 28 de Julio de 2010 se hace pública la lista de los seleccionados para la contratación en el perfil de prevención d riesgos laborales, y en ella el demandante ocupa el puesto n° de la lista de espera. El 9 de Agosto de 2010 se hace pública la lista de los seleccionados para la contratación en el perfil de gestión c actuaciones, y en ella el demandante ocupa el puesto n° 21 de la lista de espera. DECIMOCUARTO.-E1 27 de Octubre de 2010 el actor presentó una solicitud de cambio de perfiles profesionales, eliminando el de gestión de actuaciones e incluyendo el de prevención, defensa y extinción de incendios forestales. DECIMOQUINTO.-El 15 de Febrero de 2011 el actor renuncia a la oferta de trabajo de Ingeniero Técnico Forestal para la base helitransportada de Silleda, y en fecha 2 de Marzo de 2011, empresa SEAGA le...

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