SAP Salamanca 29/2012, 30 de Marzo de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución29/2012
Fecha30 Marzo 2012

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

SALAMANCA

SENTENCIA: 00029/2012

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1 de SALAMANCA

Domicilio: - GRAN VIA, 37-39

Telf: 923.12.67.20

Fax: 923.26.07.34

Modelo: 213100

N.I.G.: 37274 43 2 2011 0072625

: ROLLO: APELACION PROCTO. ABREVIADO 0000041 /2012

Juzgado procedencia JDO. DE LO PENAL N. 1 de SALAMANCA

Procedimiento de origen: PROCEDIMIENTO ABREVIADO 0000432 /2011

RECURRENTE: Luis Antonio

Procurador/a: MARIA HERRERA DIAZ AGUADO

Letrado/a: JULIO FERNANDEZ SEGURA

RECURRIDO/A: MINISTERIO FISCAL .

Procurador/a:

Letrado/a:

SENTENCIA NUMERO 29/12

ILMO. SR. PRESIDENTE

DON JOSÉ RAMÓN GONZÁLEZ CLAVIJO

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS

DON JOSÉ ANTONIO VEGA BRAVO

DON NURIA MATELLANES RODRÍGUEZ

En la ciudad de Salamanca, a treinta de marzo de dos mil doce.

La Audiencia Provincial de Salamanca, ha visto en grado de apelación las Diligencias núm. 432/11, del Juzgado de lo Penal número 1 de Salamanca, dimanante de Diligencias Previas núm. 2718/2010, instruidas en el Juzgado de Instrucción número 3 de Salamanca, sobre delito de ROBO CON VIOLENCIA y otro de LESIONES.- Rollo de apelación núm. 41/12. - contra: Luis Antonio, mayor de edad, con D.N.I. nº NUM000 con antecedentes penales no computables en la presente causa a efectos de reincidencia, en prisión provisional por esta causa, representado por la Procuradora Sra. María Herrera Díaz Aguado y defendido por el Letrado Sr. Julio Fernández Segura.

Han sido partes en este recurso, como apelante Luis Antonio y como apelado el MINISTERIO FISCAL en la representación que le otorga la ley, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrado-Juez DOÑA NURIA MATELLANES RODRÍGUEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El día 21 de Diciembre de 2.011, por el Ilmo. Sr. Magistrado Juez Sustituto del Juzgado de lo Penal núm. 1 de Salamanca, se dictó sentencia en el procedimiento de referencia que contiene el siguiente

FALLO

"Que debo CONDENAR yCONDENO a Luis Antonio, como responsable de un DELITO DE ROBO CON VIOLENCIA, previsto en el artículo 237 y 242.1 del Código Penal, a la pena de DOS AÑOS Y SEIS MESES de prisión y como responsable de un DELITO DE LESIONES, previsto en el artículo 147.1 del Código Penal, a la pena de UN AÑO Y SEIS MESES DE PRISIÓN, con la pena accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena en ambos casos.

Del mismo modo condeno al acusado a indemnizar a Salome en la cantidad de 3.300 euros poro las lesiones sufridas y en la cantidad de 21 euros por los daños y perjuicios causados.

Asimismo, condeno al acusado al pago de las costas del presente procedimiento."

SEGUNDO

Contra referida sentencia se interpuso recurso de apelación por la Procuradora Sra. María Herrera Díaz Aguado, en nombre y representación de Luis Antonio solicitando la revocación de la sentencia recurrida dictando en su lugar otra, en la que se absuelva a su representado de los delitos de los que viene siendo acusado con todos los pronunciamientos favorables. El Mº Fiscal por su parte solicitó la confirmación íntegra de la sentencia de instancia.

TERCERO

Recibidas que fueron en esta Audiencia Provincial referidas diligencias se instruyó el presente rollo, se siguieron las disposiciones procesales de rigor y se señaló día para la votación y fallo del presente recurso de apelación, poniéndose las actuaciones de manifiesto al Ilmo. Sr. Magistrado para dictar resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.- Se apela por la parte recurrente una indebida apreciación de las pruebas por parte del juzgador que le ha supuesto una situación de indefensión y una vulneración de su derecho constitucional a la presunción de inocencia. Argumenta la insuficiencia probatoria en la ausencia de declaración de la víctima en el Juicio Oral, que no estuvo presente en él debido a su enfermedad y que las declaraciones de ésta durante la fase de instrucción en relación a la identificación del condenado...

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