SAP Asturias 140/2012, 26 de Marzo de 2012
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 140/2012 |
Fecha | 26 Marzo 2012 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 7
GIJON
SENTENCIA: 00140/2012
AUDIENCIA PROVINCIAL DE
GIJON
Sección 007
- Domicilio : PRENDES PANDO 1-3ª PLANTA
Telf : 985176944-45
Fax : 985176940
Modelo : SEN000
N.I.G.: 33024 42 1 2009 0013901
ROLLO : RECURSO DE APELACION (LECN) 0000362 /2011 Juzgado procedencia : JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 4 de GIJON Procedimiento de origen : JUICIO VERBAL 0000619 /2010 RECURRENTE : Amadeo
Procurador/a : MANUEL FOLE LOPEZ
Letrado/a : RICARDO GONZALEZ FERNANDEZ RECURRIDO/A : Balbino
Procurador/a : ANA ROMERO CANELLADA
Letrado/a : GUILLERMO FERNANDEZ BLANCO
SENTENCIA NÚM. 140/2012
ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:
D. RAFAEL MARTÍN DEL PESO GARCÍA
Dª MARTA MARÍA GUTIÉRREZ GARCÍA
Dª PAZ FERNÁNDEZ RIVERA GONZÁLEZ
En Gijón, a veintiséis de marzo de dos mil doce.
VISTOS en grado de apelación ante esta Sección 007, de la Audiencia Provincial de GIJON, los Autos de JUICIO VERBAL 0000619 /2010, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 4 de GIJON, a los que ha correspondido el Rollo RECURSO DE APELACION (LECN) 0000362 /2011, en los que aparece como parte apelante, Amadeo, representado por el Procurador de los tribunales, Sr./a. MANUEL FOLE LOPEZ, asistido por el Letrado D. RICARDO GONZALEZ FERNANDEZ, y como parte apelada, Balbino, representado por el Procurador de los tribunales, Sr./a. ANA ROMERO CANELLADA, asistido por el Letrado D. GUILLERMO FERNANDEZ BLANCO, sobre negación de firma estampada en letras de cambio en su oposición a juicio cambiario, siendo Magistrada Ponente la Ilma. Sra. DÑA. PAZ FERNÁNDEZ RIVERA GONZÁLEZ.
El Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Gijón dictó en los referidos autos Sentencia de fecha 29 de diciembre de 2.010, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que debo desestimar y desestimo la demanda de oposición cambiaria deducida por la Procuradora Dª Ana Isabel Sánchez Pardía s, en nombre y representación de D . Amadeo, contra D. Balbino, representado por la Procuradora Dª Ana RomeroCanellada y, en consecuencia, se acuerda lo siguiente:
-
/ Se rechazan, en su integridad, las pretensiones del actor, absolviendo a D. Balbino de las mismas. 2º/ Se impone a D. Amadeo el pago del total de las costas causadas."
Notificada la anterior Sentencia a las partes, por la representación de D. Amadeo se interpuso recurso de apelación y admitido a trámite se remitieron a esta Audiencia Provincial, y cumplidos los oportunos trámites, se señaló para la deliberación y votación del presente recurso el día 20 de marzo de 2.012.
En la tramitación de este recurso se han cumplido las correspondientes prescripciones legales.
Reproduce en esta alzada la parte apelante, como cuestiones del recurso en las que sustenta su pretensión revocatoria, las mismas causas de oposición que en la instancia, siendo la principal la negación de la firma estampada en las dos letras de cambio por la imposibilidad de hacerlo, al no saber leer, escribir, ni por ende firmar, apoyando su argumento en las Escrituras de Préstamo Hipotecario suscritas por él como prestatario en los años 2005 y...
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