STSJ Comunidad de Madrid 11/2012, 13 de Enero de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución11/2012
Fecha13 Enero 2012

RSU 0005644/2011

T.S.J.MADRID SOCIAL SEC.4

MADRID

SENTENCIA: 00011/2012

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN 4ª- (C/ GENERAL MARTÍNEZ CAMPOS, 27)

N.I.G: 28079 4 0050155 /2011, MODELO: 46050

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACIÓN 5644/2011

Materia: DESPIDO

Recurrente/s: Dº Artemio

Recurrido/s: ELSAMEX S.A., ELSAMEX INTERNACIONAL S.L. y MINISTERIO FISCAL

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JDO. DE LO SOCIAL Nº 32 de MADRID, DEMANDA 58/2011

J.S.

Sentencia número: 11/2012

Ilmos/as. Sres/as. D/Dª.

MIGUEL ÁNGEL LUELMO MILLÁN

MARÍA LUZ GARCÍA PAREDES

MARÍA DEL CARMEN PRIETO FERNÁNDEZ

En MADRID a 13 de Enero de 2012, habiendo visto las presentes actuaciones la Sección 4ª de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/as. citados/as, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

en el RECURSO SUPLICACIÓN 5644/2011, formalizado por el/la Sr/a. Letrado D/Dª. Miguel Gil Álvarez en nombre y representación de Dª Artemio, contra la sentencia de fecha seis de abril de dos mil once, dictada por el JDO. DE LO SOCIAL Nº 32 de MADRID, en sus autos número 58/2011, seguidos a instancia de la parte recurrente frente a ELSAMEX S.A., ELSAMEX INTERNACIONAL S.L. y MINISTERIO FISCAL, sobre Despido, ha sido Magistrado-Ponente el/la Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. MIGUEL ÁNGEL LUELMO MILLÁN, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación y previa celebración de los oportunos actos de juicio oral, en el que quedaron definitivamente configuradas las respectivas posiciones de las partes, dictó la sentencia referenciada anteriormente.

SEGUNDO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos en calidad de expresamente declarados probados:

"PRIMERO.- El actor Artemio ha prestado sus servicios para la empresa ELSAMEX INTERNACIONAL SL, con antigüedad reconocida del 15 de mayo de 1981, y un salario de 9.300,73 euros, con la categoría profesional de titulado superior (ingeniero de caminos), incluyendo la parte proporcional de las pagas extraordinarias. La empresa se dedica a la actividad de ingeniería y cuenta con una plantilla de alrededor de 950 trabajadores, siéndole de aplicación el Convenio Colectivo de Ingeniería y Oficinas de Estudios Técnicos.

SEGUNDO

La empresa ha hecho entrega al actor, con fecha 1 de diciembre de 2010, carta con el siguiente tenor literal: "Muy señor nuestro:

La dirección de la empresa ELSAMEX INTERNACIONAL SA a la que usted pertenece y la de ELSAMEX SA, a la que se halla vinculado funcionalmente como responsable del área de concesiones, han decidido la extinción de su contrato de trabajo por causas objetivas, de carácter organizativo con efectos del día de entrega de la presente carta, de acuerdo con lo establecido en el artículo 52.c) del RDL 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundo del ET, en su redacción otorgada por la ley 35/2001, de 17 de septiembre.

La extinción de su contrato viene motivada por la necesidad de proceder a la amortización de su puesto de trabajo por las razones que a continuación se detallan, y que responden básica y originariamente a la falta de expectativas empresariales y razonables en el área de concesiones del que usted es el único miembro y responsable, todo ello en el contexto de la grave crisis sectorial que afecta de forma estructural a las empresas de ingeniería y obra civil, entre las que nos encontramos. Ello nos obliga a adoptar medidas para adecuar la estructura productiva a los requerimientos del mercado al objeto de mejorar la situación de la empresa a través de una más adecuada organización de los recursos.

La compañía.

Elsamex es un grupo dedicado a la ingeniería y obra civil que desarrolla su cuatro líneas de negocio con el siguiente volumen porcentual de actividad:

Conservación de infraestructuras: 24%. Rehabilitación y construcción: 50%. Mantenimiento de edificios e instalaciones: 16%. Mantenimiento de estaciones de servicio: 10%.

La plantilla media gira en torno a los 950 empleados, de los cuales alcanza el personal técnico el 48% de la plantilla (datos todos extraídos de las últimas cuentas anuales cerradas a 31 de diciembre de 2009).

El grupo Elsamex opera en España y el extranjero a través de su empresa de cabecera Elsamex SA, así como de sus distintas filiales, entre las que se encuentran Elsamex Internacional SL, Grusamar Ingeniería y Consulting S.L., Atenea Seguridad y Medio Ambiente SA y otras de menor tamaño, consolidando todas ellas sus resultados en las cuentas anuales de la empresa ELSAMEX S.A.

ELSAMEX pertenece a un grupo multinacional de origen indicio a través de dos socios de referencia: ITNL International Ltd. (22,61 % de las acciones) y IL&FS Transportation Networks Ltd. (77,39%).

Crisis general y del sector: recortes presupuestarios en infraestructuras.

Sería redundante pormenorizar los detalles de la crisis económica global y sectorial que afecta a nuestro país, pero sí es preciso apuntar cómo las medidas de contención del déficit público desde la administración están suponiendo un drástico descenso de actividad productiva, bien sea por recortes presupuestarios en las obras ya existentes, o por una ralentización, cuando no paralización, de la puesta en marcha de proyectos de infraestructuras. Es un dato público que en el primer semestre del año la licitación de la obra pública ha caído un 31,7% respecto del mismo período en 2009. Cabe mencionar que sólo en el mes de agosto y septiembre de 2010 el grupo Elsamex ha recibido la notificación de la paralización reducción presupuestaria a de cuatro proyectos con la administración pública española en el marco de las medidas generales ya anunciadas por el Ministerio de Fomento el pasado mes de julio:

1) Suspensión temporal total del contrato de consultoría y asistencia técnica en materia de seguridad y salud durante la ejecución de las obras en la demarcación de las carreteras del estado en la Comunidad Valenciana, ref. SS-V-001, suscrito por la filial Atenea Seguridad y Medioambiente, SA (notificado el 24.09.10).

2) Suspensión temporal total del contrato de asistencia técnica para el control y vigilancia de las obras de conexión con la N-232 y la AP 68 en Recajo, ref. At-LO-5160.B, suscrito por la filial del grupo Grusamar Ingeniería y Consulting SA (notificado el 24.03.10).

3) Reducción presupuestaria para 2010 en el contrato de consultoría y asistencia para el control y vigilancia de las obras de la A- 32 Bailén Albacete, adjudicada a la UTE Linares, participada al 50% por Grusamar (notificado el pasado 03.08.10).

4) Suspensión temporal total del contrato de servicios para el control y vigilancia, seguridad y medio ambiente, durante la ejecución de las obras M-40, remodelación del enlace con la carretera M-501, suscrito por la filial Grusamar, Ingeniería y Consulting SL (notificado el 29.09.10).

Igualmente, y como botón de muestra de la evolución del sector en este año, la empresa ha perdido a lo largo de 2010 tres contratos emblemáticos del sector de conservación, en los que licitamos como últimos adjudicatarios, y que no han sido renovados por parte de la administración adjudicataria, la Dirección General de Carreteras:

1) servicios para la ejecución de las operaciones de conservación y/u explotación de en la autovía del nordeste A6 pk 110,500 a 264,500, tramo Adanero-Benavente, en la provincia de Valladolid.

2) Diversas operaciones de conservación explotación en la N-332, pk 116,339 al 204,643 en la provincia de Alicante.

3) Diversas operaciones de conservación y explotación en la A30, MU31, N301A, CT32, CT33, N343A, A30/VCI, A30/VCD, en la provincia de Murcia.

Es un hecho notorio que las restricciones presupuestarias en el ámbito de la contratación pública no ha hecho más que comenzar afectando de forma general a todos los ámbitos de la empresa, y en particular a departamentos como el suyo, ÁArea de Concesiones, sujeto a las posibles licitaciones que puedan surgir.

En este sentido, se nos ha puesto de manifiesto en este último tramo de 2010 la voluntad de la administración de no renovar en 2011 distintos contratos públicos de los que somos adjudicatarios, al efecto de poder extender el número de empresas adjudicatarias entre empresas del sector de la construcción, afectadas también duramente por la crisis.

Amortización de su puesto de trabajo.

La empresa ha tratado en todo momento de mantener su relación laboral con el grupo Elsamex atendiendo a su cualificación profesional y su extensa trayectoria profesional en la compañía.

Asi, cuando se produjo la compra por el Grupo Elsamex por parte de sus actuales propietarios el pasado 18.03.2008, la empresa compradora ILFS excluyó expresamente de la citada operación la compra de las sociedades del grupo ubicadas en la República Dominicana. Entre ellas, se encontraba la concesionaria dominicana de autopistas y carreteras, CODACSA, para la que usted prestaba servicios en ese momento con el cargo de consejero delegado, desempeñando su actividad en el citado país.

En lugar de proceder a la extinción de su contrato de trabajo en ese momento, por evidentes causas objetivas derivadas de la compraventa, el grupo Elsamex realizó entonces un esfuerzo...

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